MP C/ MARCELA DEL PILAR MILLAR JORQUERA
Rol
O-1497-2022
Fecha
30 de marzo de 2023
Materia
LESIONES LEVES., OTRAS FALTAS CODIGO PENAL.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “Siendo aproximadamente las 02:00 horas del día 27 de marzo de 2022 las víctimas Vladimir Gatica Aliaga, Johana Puente Rivas y Kristen Gatica Puente, se encontraban en las afueras de su domicilio, inmueble ubicado en calle Volcán Tinguiririca N° 0451 Temuco lugar hasta donde llegó el imputado CHRISTIAN CRUCES CARRASCO, acompañado de doña Marcela Millar Jorquera, quienes junto con insultar a las víctimas y gritarles que los agredirían, provocando temor en estos últimos, los golpearon en diversas partes de su cuerpo, a causa de lo cual Vladimir Gatica Aliaga, sufrió contusiones en su cara, Kristen Gatica Puente, heridas en sus dedos y Johana Puente Rivas, contusiones el brazo, en su rodilla y su cabeza.” II. La fiscalía, representada por la Fiscal Adjunta Sra. CLAUDIA PEREZ NEGRON, para efectos del artículo 395 del Código Procesal Penal, modificó el requerimiento y tuvo los hechos como una FALTA de LESIONES LEVES, descrita y sancionada en los artículos 494 Nº 5 del Código Penal en concurso real con la FALTA PENAL DE COACCIONES del artículo 494 N° 16 del Código Penal, ambas en grado de CONSUMADAS, le atribuye la calidad de AUTOR DIRECTO, reconoce las atenuantes del artículo 11 N° 6 y 9 y solicitó dos penas de MULTA DE UTM cada una, sin costas. III. La defensa solicita se reconozcan las atenuantes del artículo 11 N° 6 y 9 del Código Penal, solicita que se impongan las penas de multa, sean rebajadas y tenidas por cumplidas o se concedan cuotas para pagarlas. Código: THXKXEGJFXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl JUZGADO DE GARANTÍA DE TEMUCO IV. Oídas en audiencia las víctimas Vladimir Gatica Aliaga, Johana Puente Rivas y Kristen Gatica Puente, junto a su abogado Sr. Stephan Smitmanns, estuvieron a lo que se resolviera. V. Por estar suficientemente fundado el requerimiento y conteste el tribunal con la calificación jurídica del hecho y naturaleza de las penas solicitadas se acogerá y se dan por
Fallo
Por lo expuesto y atendido a lo dispuesto en el artículo 297 en relación con el 340 348 388 389 390 393 y 395 del Código Procesal Penal artículos 1º 7° 11 N° 9 14 N° 1 15 Nº 1 30 49 67 70 y 494 N° 5 y 16 del Código Penal, RESUELVO: I. Que se condena a CHRISTIAN RODRIGO CRUCES CARRASCO, RUN - , a la PENA de MULTA ASCENDENTE A UNA ( ) UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como AUTOR de una FALTA PENAL CONSUMADA DE LESIONES LEVES, en perjuicio de Vladimir Gatica Aliaga, Johana Puente Rivas y Kristen Gatica Puente, cometida en esta jurisdicción el 27 de marzo de 2022. II. Que se condena a CHRISTIAN RODRIGO CRUCES CARRASCO, RUN - , a la PENA de MULTA ASCENDENTE A UN TERCIO ( / ) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como AUTOR de una FALTA PENAL DE COACCIONES, en perjuicio de Vladimir Gatica Aliaga, Johana Puente Rivas y Kristen Gatica Puente, cometida en esta jurisdicción el 27 de marzo de 2022. Código: THXKXEGJFXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl JUZGADO DE GARANTÍA DE TEMUCO III. Que, la multa impuesta en el número I. deberá ser pagada en pesos en el equivalente que tenga la respectiva unidad tributaria mensual al momento de su pago mediante depósito directo en Tesorería General de la Republica, autorizándose al sentenciado a pagarla hasta en DOS CUOTAS a partir del de mayo del año 0 . Si no tuviese bienes sufrirá por vía de sustitución y apremio en primer término, bajo su consentimiento, la pena de prestación de servicios com
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JUZGADO DE GARANTÍA DE TEMUCO SENTENCIA DEFINITIVA: Temuco, treinta de marzo de dos mil veintitrés.- I. La Fiscalía Local formuló requerimiento en procedimiento simplificado en contra de CHRISTIAN RODRIGO CRUCES CARRASCO, RUN - , empleado, domiciliado en calle Volcán Tinguiririca Nº 0447, Temuco, asistido por el abogado defensor penal público Sr. ROBERTO WESTERMEYER CABEZAS, y el imputado debidame
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