Juzgado de Familia Temuco

ANONIMIZADO

Rol

P-832-2023

Fecha

10 de abril de 2023

Materia

VULNERACIÓN DE DERECHOS

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos denunciados por el padre del adolescente, no son suficientes para sostener la hipótesis de una nueva y grave vulneración de derechos; y, visto además lo prescrito en los artículos 1°, 3°, 4°, 12 y 18 de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, artículo 224 del Código Civil y 8° N°7, 16 y 32 de la Ley 19.968, se resuelve: Que no se da curso a la denuncia por vulneración de derechos. Sin perjuicio lo anterior remítase los antecedentes a OPD Padre Las Casas, a fin de que se investigue la...

Fallo

se resuelve: Que no se da curso a la denuncia por vulneración de derechos. Sin perjuicio lo anterior remítase los antecedentes a OPD Padre Las Casas, a fin de que se investigue la...

Texto Completo (Preview)

Temuco, diez de abril del año dos mil veintitrés. A sus antecedentes informe de opinión de la Consejero Técnico del Tribunal. Vistos; Atendido que en la pauta de evaluación de riesgo se concluye que los hechos denunciados por el padre del adolescente, no son suficientes para sostener la hipótesis de una nueva y grave vulneración de derechos; y, visto además lo prescrito en los artículos 1°, 3°, 4°

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