Juzgado de Garantía de Temuco.

MP C/ HERNÁN SEGUNDO VENEGAS ORELLANA

Rol

O-5264-2022

Fecha

28 de marzo de 2023

Materia

CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos ocurridos en la ciudad de Temuco el día 29 de agosto de 2022, a las penas de TRESCIENTOS (300) días de presidio menor en su grado mínimo. II.- Que se le condena además a la suspensión de cargo y oficio público mientras dure la condena. III.- Que reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 11 de la Ley N°18.216 y, concurriendo la expresa voluntad del sentenciado, se le sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de 400 horas de PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN FAVOR DE LA COMUNIDAD, debiendo presentarse al CRS respectivo dentro 15 días contados desde que el fallo esté ejecutoriado bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. En caso de revocarse esta pena sustitutiva le servirán de abonos 1 día que estuvo privado de libertad por esta causa. IV.- Que se le exime del pago de las costas por su actitud procesal en la causa. Dese oportuno cumplimiento en lo dispuesto en los artículos: - 468 del Código Procesal Penal Regístrese esta sentencia y archívese en su oportunidad. RIT : 5264 - 2022 RUC : 2200844758-K PRONUNCIADA POR DOÑA LETICIA ANDREA RIVERA REYES JUEZ DE GARANTIA DE TEMUCO. Código: PRVGXEENXDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-04-03T13:38:52-0400

Fallo

fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los Art. 1, 3, 7, 11 N°9, 14, 15, 24, 25, 26, 30, 49, 50, 67, 69 del Código Penal; artículo 194 de la ley del tránsito y lo dispuesto en el artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, en especial artículo 395, y en la Ley 18.216, se resuelve: I.- Que se CONDENA a HERNÁN SEGUNDO VENEGAS ORELLANA, ya individualizado, como autor del delito consumado de CONDUCCION SIN LA Código: PRVGXEENXDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.

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RESUMEN RIT : 5264 - 2022 RUC : 2200844758-K MATERIA : CONDUCCION SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO. IMPUTADO : HERNÁN SEGUNDO VENEGAS ORELLANA CÉDULA DE IDENTIDAD : 0015110393-6 DOMICILIO : Calle VENEZUELA N°0298, VILLA JARDIN DEL NORTE , Quilicura. ATENUANTES : Artículo 11 N°9 del Código Penal AGRAVANTES : No Concurre RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO El 29 de ago

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