CARABINERO GERARDO ANDRÉS PIZARRO MARIN C/ MARCO ANTONIO CHOQUE COLQUE
Rol
O-974-2022
Fecha
27 de marzo de 2023
Materia
CONDUC.BAJO INFLUEN DEL ALCOHOL CON O SIN DAÑOS O LES.LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS El día 20 de febrero de 2021, siendo las 16:55 horas aproximadamente, personal de Carabineros de Chile que realizaba labores preventivas por el kilómetro 12,700 de la Ruta A-16, de esta comuna, fiscalizó al acusado Marco Antonio Choque Colque quien conducía el vehículo placa patente única JF.XV-62, y al proceder a solicitarle su documentación se pudieron percatar que se encontraba en manifiesto estado de ebriedad por cuanto mantenía el rostro congestionado, hablar incoherente y fuerte hálito alcohólico, razón por la cual es detenido y trasladado hasta el servicio de atención de urgencia donde se le practicó la alcoholemia respectiva, la cual arrojó que el acusado conducía el vehículo ya señalado con 1,63 gramos de alcohol por mil en su sangre. Señalar además que al tiempo de estos hechos el acusado no mantenía licencia de conducir dado que nunca la había obtenido. Pozo Almonte, a veintisiete de marzo de dos mil veintitrés Vistos y
Fundamentos
considerando:
Fallo
SE DECLARA: Que se condena a MARCO ANTONIO CHOQUE COLQUE, cédula de identidad N° 14.881.283-7, domiciliado en Alto Hospicio el Boro, como autor del delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR, ilícito que se encuentra descrito y sancionado en los artículos 110 y 196 en relación con el inciso 2 del artículo 209 todos de la Ley de Tránsito N° 18.290, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el 20 de febrero de 2021, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 61 días Presidio menor en su grado mínimo Pena Sustitutiva Extensión Lugar de cumplimiento Código: VPWXXEEWRXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Remisión condicional 1 año CRS Alto Hospicio Observación : a) Que cumpliéndose los requisitos legales en la especie de la ley 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo someterse a las observaciones y vigilancia de Gendarmería de Chile, correspondiente a su domicilio. b) Con tal propósito el sentenciado deberá presentarse dentro de 10 corridos a contar de esta fecha, al Centro de Reinserción social de Gendarmería de Chile, esto es CRS Alto Hospicio, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra, si así no lo hiciere. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada el condenado cumplirá íntegra y ef
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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obrado
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