CARLOS ANTONIO ULE MENDOZA C/ NICOLÁS ANTONIO MENDOZA TOLOZA
Rol
O-473-2022
Fecha
27 de marzo de 2023
Materia
CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: En la comuna de Curanilahue, el día . . , alrededor de las horas, personal policial efectúo un control vehicular en Ruta , kilómetro . de esta comuna, procediendo a fiscalizar el camión marca Volvo, modelo FM x, año , color blanco, patente DVPR- , conducido por el requerido NICOLAS ANTONIO MENDOZA TOLOZA, quien no contaba con la licencia debida, infringiendo el artículo de la Ley N° . razón por la que se procedió a su detención. Fiscal modificación de pena en conformidad artículo CPP. SI X NO Admisión de responsabilidad SI X NO Alegatos defensa SI X NO Traslado Ministerio Público SI X NO Código: TDELXEXCYML Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SENTENCIA: Curanilahue, veintisiete de marzo de dos mil veintitrés. VISTO, OIDO Y TENIENDO PRESENTE (Sentencia íntegra en audio) PARTE RESOLUTIVA: Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto, en los artículos °, °, °, N° , N° , , , y siguientes, , y demás normas pertinentes del Código Penal; artículos , , , , y siguientes, y siguientes del Código Procesal Penal; artículo de la Ley . artículos y de la Ley . modificada por la Ley . , SE DECLARA: I.- Que se condena, a don NICOLÁS ANTONIO MENDOZA TOLOZA, cédula de identidad N° - , ya individualizado, como AUTOR del delito de CONDUCCiÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO SIN LA LICENCIA DEBIDA, previsto y sancionado en el artículo de la Ley . , en grado de desarrollo de CONSUMADO, cometido en Curanilahue, el dia de Abril de , a las PENAS DE CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, ACCESORIA LEGAL DE SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO POR EL TIEMPO QUE SE EXTIENDA LA PRESENTE CONDENA. II.- Que, atendida a la admisión de responsabilidad se le exime del pago de las costas de la causa, ya que por su disposición evito un juicio oral y los costos que ello implica. III.- Que en lo que refiere a la pena corporal impuesta y cumpliéndose en la especie con los requisitos del artículo ° Y ° de la Ley . , se
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto, en los artículos °, °, °, N° , N° , , , y siguientes, , y demás normas pertinentes del Código Penal; artículos , , , , y siguientes, y siguientes del Código Procesal Penal; artículo de la Ley . artículos y de la Ley . modificada por la Ley . , SE DECLARA: I.- Que se condena, a don NICOLÁS ANTONIO MENDOZA TOLOZA, cédula de identidad N° - , ya individualizado, como AUTOR del delito de CONDUCCiÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO SIN LA LICENCIA DEBIDA, previsto y sancionado en el artículo de la Ley . , en grado de desarrollo de CONSUMADO, cometido en Curanilahue, el dia de Abril de , a las PENAS DE CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, ACCESORIA LEGAL DE SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO POR EL TIEMPO QUE SE EXTIENDA LA PRESENTE CONDENA. II.- Que, atendida a la admisión de responsabilidad se le exime del pago de las costas de la causa, ya que por su disposición evito un juicio oral y los costos que ello implica. III.- Que en lo que refiere a la pena corporal impuesta y cumpliéndose en la especie con los requisitos del artículo ° Y ° de la Ley . , se le sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo el sentenciado permanecer bajo la sujeción y vigilancia de la sección correspondiente de Gendarmería de Chile conforme lo ya ordenado en la causa RIT - del Juzgado de Garantía de Arauco, haciéndose la acumulación respectiva conforme lo dispon
Texto Completo (Preview)
INDIVIDUALIZACIÓN DE AUDIENCIA DE PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. (VIDEOCONFERENCIA) Fecha Curanilahue, veintisiete de marzo de dos mil veintitrés Magistrado NATALIA INÉS SANDOVAL JARA Fiscal PAMELA SEGUEL ACEVEDO Defensor EMMANUEL ARREDONDO HERNÁNDEZ Hora inicio Hora termino Sala Sala Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Curanilahue. Acta Claudia Hormazábal Pedreros Coordinador Bernardo Ulloa L
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