LUIS ANDRES ELGUETA BARRERA C/ JORGE PATRICIO JORQUERA PÉREZ
Rol
O-1209-2020
Fecha
22 de marzo de 2023
Materia
ATENTADOS Y AMENAZAS CONTRA LA AUTORIDAD. ART. 261N? 1Y.
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que en esta audiencia, se conoció y resolvió el requerimiento en procedimiento simplificado deducido en contra de don JORGE PATRICIO JORQUERA PÉREZ, cédula de identidad N° 16.542.541-3, declarado efectivo el apercibimiento del artículo 26 del Código Procesal Penal. La audiencia se desarrolló con la presencia del fiscal adjunto, doña CLAUDIA RUIZ JOFRE, del mencionado imputado y de su abogado defensor, doña MARIANELA DEL CARMEN GATICA GATICA, todos con domicilio y formas de notificación también ya registradas en el Tribunal. En el requerimiento se imputó la calidad de AUTOR, por el ilícito de AMENAZAS A FUNCIONARIOS DE CARABINEROS, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código de Justicia Militar, en grado CONSUMADO. El día 30 de marzo del año 2020, siendo las 20:05 horas, funcionarios de Carabineros de la comuna de Quilpué, se encontraban realizando un patrullaje preventivo por el centro de la ciudad, oportunidad en que al llegar a la intersección de avenida Los Carrera con calle Aníbal Pinto, sorprendieron al requerido JORGE PATRICIO JORQUERA PÉREZ, orinando en la vía pública, quien al ser fiscalizado amenazo al Cabo 1° LUIS ANDRÉS LEGUETA BARRERA, en los siguientes términos:”que queri paco concha de tu madre, yo soy boxeador . . . ya tengo un fiano en el cuerpo, así que no me costaría nada matarte . . . les voy a sacar la chucha y los matare!”, causando temor en la víctima. SEGUNDO: Que la acusación penal que entabló el Ministerio Público de esta ciudad en contra del acusado de este juicio, se fundamenta en los hechos indicados, los que califica jurídicamente, atribuye el grado de participación del encartado en aquéllos, señala la concurrencia de causales modificatorias de responsabilidad, y solicita las penas a imponer. Código: XRHSXEFEMXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl TERCERO: Que el Ministerio Público en sus argumentaciones preliminares y aleg
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, se ABSUELVE a don JORGE PATRICIO JORQUERA PÉREZ, cédula de identidad N° 16.542.541-3, del requerimiento que lo tuvo como autor del delito de AMENAZAS A FUNCIONARIOS DE CARABINEROS, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código de Justicia Militar, en grado CONSUMADO, hecho que habría ocurrido en esta jurisdicción con fecha 30 de marzo del año 2020, en el territorio jurisdiccional de este tribunal.- II.- Que, cada parte soportará sus costas. Ejecutoriado que sea el presente fallo, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Código: XRHSXEFEMXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por don MILENKO GRBIC MIRANDA, Juez de Garantía. Código: XRHSXEFEMXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-03-27T12:34:06-0300
Texto Completo (Preview)
PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO RUC N° : 2000337592-8 RIT N° : 1209 - 2020 DELITO : AMENAZAS A FUNCIONARIOS DE CARABINEROS SENTENCIADO : JORGE PATRICIO JORQUERA PÉREZ Quilpué, veintidós de marzo de dos mil veintitrés Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que en esta audiencia, se conoció y resolvió el requerimiento en procedimiento simplificado deducido en contra de don JORGE PATRICIO JORQUERA PÉREZ,
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