PEDRO ANTONIO VALENZUELA VALDES C/ JACOB ENRIQUE SAZO ARANDA
Rol
O-105-2022
Fecha
27 de marzo de 2023
Materia
CONDUC.EBRIEDAD RESUL.LESIONES GRAVE.ART 196 INC.2LEY.TRANS.
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: El día 21 del actual, en esta Sala del Tribunal Oral para el juicio oral en lo Penal, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral, para conocer la acusación dirigida en contra de JACOB ENRIQUE SAZO ARANDA, chileno, natural de Talca, 40 años de edad, ingeniero informático, educación superior completa, soltero, cédula de identidad N° 15.136.836-0, nacido el 20 de enero de 1983, domiciliado en Villa Perú, calle 19 ½ Sur B 491, Talca.- Fue parte acusadora en el presente juicio, el Ministerio Público, con domicilio en calle 4 Norte 703, Talca, representado por el Fiscal don Francisco Soto Toro.- El querellante, don Pedro Antonio Valenzuela Valdés, fue representado por el abogado Luis Alberto González Adasme, domiciliado en calle 31 ½ Oriente, 22 Norte 2460, Talca.- La defensa del acusado estuvo a cargo del Defensor Penal Privado, abogado, don Marcelo Vásquez Fernández y doña Evelyn, domiciliado en Zañartu 173, Rancagua.-
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la imputación efectuada por el Ministerio Público en contra del acusado, según el auto de apertura, es del siguiente tenor: LOS HECHOS: “Con fecha 23 de noviembre del 2019, aproximadamente a las 04:30 horas, en circunstancias que el imputado JACOB ENRIQUE SAZO ARANDA, conducía en estado de ebriedad la camioneta marca Nissan, modelo Navara, año 2016, color rojo, Placa Patente Única HRKH-78, por calle 2 Norte de la ciudad de Talca y al llegar a la intersección con la calle 1 Poniente, colisionó en el costado derecho al automóvil marca Hyundai, modelo Accen, color blanco, año 2012, Placa Patente Única DSWJ-77, el que era conducido por PEDRO ANTONIO VALENZUELA VALDES, que transitaba por calle 1 Poniente en dirección al norte, quien producto del impacto perdió el control de su móvil subiéndose a la acera, chocando con un semáforo, llegando al lugar Carabineros, quienes procedieron a realizar una prueba respiratoria a los conductores involucrados, logrando establecer que el imputado Sazo Aranda, conducía en estado de ebriedad, por cuanto su prueba respiratoria arrojó un resultado de 1,90 gramos por litro de alcohol en la sangre, procediendo a su detención y traslado al Hospital de Talca, donde se le realizó el examen de alcoholemia el que en definitiva dio un resultado de 1,96 gramos por mil de alcohol en la sangre. Producto de la colisión la víctima PEDRO VALENZUELA VALDÉS resultó con lesiones consistentes en "FRACTURA DE BORDE ANTERIOR DE Código: FEXSXEKEFDL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 GLENOIDES DESPLAZADA", de carácter grave y su vehículo resultó con daños de consideración en toda su estructura, rueda trasera izquierda desprendida y parachoque trasero abollado, de igual forma y a raíz del choque resultó con daños un semáforo”. El Ministerio Público señaló que los hechos descritos son constitutivos del delito de conducción en estado de ebriedad causando lesiones graves y daños, descrito y sancionado en el artículo 196 en relación con los artículos 110 y 111 de la ley de Tránsito N° 18.290, delito que se encuentra consumado y en el que le corresponde al acusado participación en calidad de autor, según lo disponen los artículos 7 y 15 N° 1 del Código Penal. Al parecer del Ministerio Público, concurre respecto del acusado, la circunstancia atenuante de responsabilidad penal del artículo 11 N° 6 del Código Penal, esto es, la irreprochable conducta anterior, dado que su extracto de filiación y antecedentes se encuentra libre de anotaciones pretéritas. Por tales consideraciones, el Ministerio Público solicita que se condene al acusado JACOB ENRIQUE SAZO ARANDA, a la pena de ochocientos dieciocho días de presidio menor en su grado medio, multa de ocho unidades tributarias mensuales y la suspensión de su licencia de conducir por el plazo de cinco años, por el delito de conducción en estado de ebriedad causando lesiones graves y daños, más la accesoria ge
Fallo
Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y de conformidad, además, a lo dispuesto en los artículos 1, 3, 11 N° 6 y 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 24, 25, 30, 49, 50, 65, 67, 69 y 70, del Código Penal; 110, 111 y 196 de la Ley 18.290; y artículos 1, 45, 46, 47, 108, 109, 259, 295, 296, 297, 315, 329, 331, 333, 340, 341, 342, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, SE CONDENA al acusado JACOB ENRIQUE SAZO ARANDA, ya individualizado, como autor del delito de desempeñarse en la conducción de un vehículo motorizado en estado de ebriedad causando lesiones graves a Pedro Antonio Valenzuela Valdés y daños a su vehículo marca Hyundai, modelo Accen, color blanco, año 2012, PPU DSWJ-77, perpetrado en esta ciudad, el día 23 de noviembre de 2019, a sufrir una pena de TRESCIENTOS SESENTA DIAS de presidio menor en su grado mínimo; MULTA de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES; accesoria de SUSPENSIÓN DE LA LICENCIA para conducir vehículos motorizados por el término de TRES AÑOS; suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; y al pago de las costas del procedimiento. La multa impuesta la podrá pagar en CUATRO CUOTAS iguales y sucesivas y para el caso que el sentenciado no tuviere bienes para satisfacerla, se actuará conforme a lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal. II.- Que, reuniéndose en este caso, los requisitos del artículo 4 de la ley N° 18.216, modificada por la Ley 20.063, se sustituye al condenado el cumplimiento
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1 Talca, veintisiete de marzo de dos mil veintitrés. Vistos: El día 21 del actual, en esta Sala del Tribunal Oral para el juicio oral en lo Penal, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral, para conocer la acusación dirigida en contra de JACOB ENRIQUE SAZO ARANDA, chileno, natural de Talca, 40 años de edad, ingeniero informático, educación superior completa, soltero, cédula de identidad N° 15.
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