Juzgado de Garantía de Quillota.

MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LOCAL C/ FÉLIX ANÍBAL ASENJO BERRÍOS

Rol

O-2686-2022

Fecha

27 de marzo de 2023

Materia

DAÑOS SIMPLES., DESACATO (ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS: El día 20 de octubre del año 2022, aproximadamente a las 16:50 horas, personal de Carabineros concurre hasta el domicilio ubicado en Los Maitenes N° 945 Villa Santa Teresita Quillota, correspondiente a doña Oriana Berríos Valencia, quien es la madre del acusado Félix Asenjo Berrios, en dicho lugar se entrevistan con ella, manifestando que el imputado habría ingresado al inmueble antes indicado, manteniendo una orden de prohibición de acercamiento a la víctima y a su domicilio, por lo que personal de carabineros encontrándolo en el inmueble al imputado lo detienen en ese momento, pasando a audiencia de control de detención, donde fue formalizado por el delito de Desacato el día 21 de octubre de 2022. Posteriormente el día 23 de octubre del año 2022, aproximadamente a las 14.20 horas, personal de Carabineros es llamado con la finalidad de que concurran hasta el inmueble de calle Los Maitenes N° 945 Villa Santa Teresita, en razón de que se recibe información de que el imputado había ingresado ha dicho inmueble por el techo de la casa y una vez el interior había comenzado a hacer destrozos en la casa quebrando diferentes enseres y electrodomésticos como refrigerador, un TV, un mueble tipo vitrina, además de distintos accesorios. Se deja constancia que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, el cual es el registro íntegro de la misma, y la resolutiva es del siguiente tenor: Y visto lo dispuesto en los artículos 11 N° 9, 15, 68 bis, 70 y 487 del Código Penal; artículo 240 del código de procedimiento civil; artículos 406, 412 y 413 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que SE CONDENA a FÉLIX ANÍBAL ASENJO BERRÍOS, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS (3) DE Código: NTHJXEXFNEL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO y a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la

Fallo

se declara: I.- Que SE CONDENA a FÉLIX ANÍBAL ASENJO BERRÍOS, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS (3) DE Código: NTHJXEXFNEL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO y a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad de autor de dos delitos de Desacato del artículo 240 del código de procedimiento civil, en contexto de violencia intrafamiliar del artículo 1, 5 y 9 de la ley 20.066, ejecutado ambos en grado de consumado, en Quillota, el día 20 y 23 de octubre de 2022. II.- Que SE CONDENA a FÉLIX ANÍBAL ASENJO BERRÍOS, ya individualizado, a la pena del pago de una multa de UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, a beneficio fiscal, por su responsabilidad de autor del delito de Daños simples del artículo 487 del código penal, en contexto de violencia intrafamiliar del artículo 1, 5 y 9 de la ley 20.066, ejecutado en grado de consumado, en Quillota, el día 23 de octubre de 2022. III.- Que la pena de multa impuesta en el N° II, por el delito de daños, se tiene por cumplida por el tiempo que el imputado ha estado privado de libertad con motivo de esta causa. IV.- Que no reuniéndose los requisitos que establece la Ley 18.216, no se confiere al sentenciado ninguna pena sustitutiva y en consecuencia deberá cumplir de manera efectiva la pena que se le aplica, esto es, tres años de presidio menor en su grado medio.

Texto Completo (Preview)

TRIBUNAL JUZGADO DE GARANTIA DE QUILLOTA RUC: 2201050471-K RIT: 2686 - 2022 CONDENADO: FÉLIX ANÍBAL ASENJO BERRÍOS RUN IMPUTADO: DOMICILIO: 0018510168-1 CALLE MAIPU Nº 953 QUILLOTA DELITO: DESACATO DESACATO DAÑOS SIMPLES. PROCEDIMIENTO ABREVIADO Quillota, veintisiete de marzo de dos mil veintitrés HECHOS: El día 20 de octubre del año 2022, aproximadamente a las 16:50 horas, personal de Carabinero

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica