LUQUE/GAMA BETA DESARROLLOS SA
Rol
O-1758-2021
Fecha
30 de noviembre de 2021
Materia
Despido injustificado, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que constan en registro de audio: 1) Javier Ignacio Véliz Tuma, RUT N°12.264.630–0. 2) Héctor Luis Guzmán Castillo, RUT N°7.899.811-3 Oficios: Se incorporan las respuestas a los oficios emitidos a las siguientes instituciones: 1) Dirección del Trabajo LA PARTE DEMANDANTE INCORPORÓ LOS SIGUIENTES MEDIOS DE PRUEBA: Documental: 1) Contrato de Trabajo de 09 de abril de 2018 entre Salomón Luque Atencio y GAMA BETA DESARROLLOS S.A.; 2) Liquidaciones de remuneraciones de los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2020 de Salomón Luque Atencio; 3) Comprobante de Licencia Médica Electrónica de 20 de enero de 2021. El Tribunal tiene por incorporada la prueba documental de la parte demandante. Confesional y testimonial: La parte demandante se desiste de estos medios de prueba. Observaciones a la prueba: Las partes realizan las observaciones a la prueba rendida en juicio, lo cual consta en el respectivo registro de audio. Sentencia Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. Parte resolutiva: Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1 al 11, 66 y siguientes, 73, 160, 162, 453, 454, 456 y 459 del Código del Trabajo, SE DECLARA: I.- Que se rechaza la demanda por despido indebido, y solo se da lugar al cobro de prestaciones por feriado legal y proporcional, ordenado que la demandada GAMA BETA DESARROLLOS S.A., deberá pagar al demandante don SALOMÓN OMAR LUQUE ATENCIO, la siguiente suma: i. 869.921, por feriado legal y proporcional. II. Que la suma antes mencionada deberá ser pagada con los reajustes e intereses que establece el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. III. Que cada parte soportará sus costas al haber tenido motivo plausible para
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1 al 11, 66 y siguientes, 73, 160, 162, 453, 454, 456 y 459 del Código del Trabajo, SE DECLARA: I.- Que se rechaza la demanda por despido indebido, y solo se da lugar al cobro de prestaciones por feriado legal y proporcional, ordenado que la demandada GAMA BETA DESARROLLOS S.A., deberá pagar al demandante don SALOMÓN OMAR LUQUE ATENCIO, la siguiente suma: i. 869.921, por feriado legal y proporcional. II. Que la suma antes mencionada deberá ser pagada con los reajustes e intereses que establece el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. III. Que cada parte soportará sus costas al haber tenido motivo plausible para litigar. IV.- Ejecutoriada que sea la presente sentencia, dese cumplimiento a lo ordenado en ella dentro de quinto día, en caso contrario certifíquese el incumplimiento y remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. Regístrese, notifíquese en virtud de lo dispuesto en el artículo 457 del Código del Trabajo, dese copia autorizada a la parte que lo requiera y archívense los antecedentes en su oportunidad. RIT : O-1758-2021 RUC : 21-4-0326941-4 Dictada por don Daniel Alejandro Ricardi Mac-Evoy, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia don DANIEL RICARDI MAC-EVOY, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de San
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ACTA DE CONTINUACIÓN DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 30 DE NOVIEMBRE DE 2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 8 RUC 21-4-0326941-4 RIT O-1758-2021 MAGISTRADO DANIEL RICARDI MAC-EVOY ADMINISTRATIVA DE ACTAS MA. VICTORIA ACUÑA PETERSSEN HORA DE INICIO 13:51 HORAS HORA DE TÉRMINO 15:31 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2140326941-4
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