MP C/ CRISTIAN ANDRÉS ORTEGA RUCKOLDT
Rol
O-469-2022
Fecha
24 de marzo de 2023
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: “El día 7 de septiembre de 2021, aproximadamente a las 03:00 horas, en Avenida Alessandri, altura del número 4085, Gómez Carreño, Viña del Mar, funcionarios de Carabineros efectuaron un control de tránsito respecto del vehículo marca Toyota, modelo Yaris, placa patente CFWL.75, el que se desplazaba por el lugar y era conducido por el imputado Cristian Ortega Ruckoldt y en el que viajaban, además, el imputado Willington Osorio Otálvaro, como acompañante, y el imputado Johan Montoya Ospina, en el asiento posterior. En esas circunstancias, uno de los funcionarios policiales, observó que Willington Osorio lanzó hacia los asientos posteriores un envoltorio de papel en forma de óvalo cubierto con plástico, dentro del cual los imputados guardaban, con fines de venta o transferencia a terceros, 109,5 gramos netos, de una sustancia que resultó corresponder a ketamina. Efectuada una revisión de las vestimentas y equipajes de los imputados y del vehículo en el que se movilizaban, se determinó que éstos guardaban, con fines de venta o transferencia a terceros, lo siguiente: Al interior de una mochila, que se encontraba en el asiento del acompañante, lugar donde viajaba el imputado Willington Osorio Otálvaro, una bolsa plástica contenedora de 1,7 gramos netos de marihuana, una bolsa plástica contenedora de 0,3 gramos netos de cocaína, veinticuatro cápsulas de color blanco y verde correspondientes a Tramadol, treinta comprimidos de color amarillo correspondientes a quetiapina, diez ampollas de plástico contendoras de un líquido transparente correspondiente a lidocaína, una bolsa plástica contenedora de 2,1 gramos netos de ketamina y una bolsa plástica transparente Código: XJQXXETHCLK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl - - con una sustancia de color rosado correspondiente a 1,3 gramos netos de MDMA (éxtasis), además de
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Antecedentes, Tribunal e intervinientes. Que el veinte de marzo en curso, ante la sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, presidida por el juez presidente de sala Fernán Rioseco Pinochet e integrada por las juezas Marcela Nash Álvarez y Viviana Poblete Vera, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en causa RUC - , RIT - , seguido en contra de Cristian Andrés Ortega Ruckoldt, sin apodo, cédula nacional de identidad N° - , nacido el de diciembre de , en Valparaíso, de años de edad, conductor profesional, divorciado, con domicilio en pasaje Nº , Chorrillos, Viña del Mar Sostuvo la acusación fiscal el Ministerio Público, representado por su Fiscal Fernando Hood Grosser, en tanto que la defensa fue asumida por la Defensora Penal Público Constanza Pérez Llanos, todos con domicilios y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación. Que los hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: “El día 7 de septiembre de 2021, aproximadamente a las 03:00 horas, en Avenida Alessandri, altura del número 4085, Gómez Carreño, Viña del Mar, funcionarios de Carabineros efectuaron un control de tránsito respecto del vehículo marca Toyota, modelo Yaris, placa patente CFWL.75, el que se desplazaba por el lugar y era conducido por el imputado Cristian Ortega Ruckoldt y en el que viajaban, además, el imputado Willington Osorio Otálvaro, como acompañante, y el imputado Johan Montoya Ospina, en el asiento posterior. En esas circunstancias, uno de los funcionarios policiales, observó que Willington Osorio lanzó hacia los asientos posteriores un envoltorio de papel en forma de óvalo cubierto con plástico, dentro del cual los imputados guardaban, con fines de venta o transferencia a terceros, 109,5 gramos netos, de una sustancia que resultó corresponder a ketamina. Efectuada una revisión de las vestimentas y equipajes de los imputados y del vehículo en el que se movilizaban, se determinó que éstos guardaban, con fines de venta o transferencia a terceros, lo siguiente: Al interior de una mochila, que se encontraba en el asiento del acompañante, lugar donde viajaba el imputado Willington Osorio Otálvaro, una bolsa plástica contenedora de 1,7 gramos netos de marihuana, una bolsa plástica contenedora de 0,3 gramos netos de cocaína, veinticuatro cápsulas de color blanco y verde correspondientes a Tramadol, treinta comprimidos de color amarillo correspondientes a quetiapina, diez ampollas de plástico contendoras de un líquido transparente correspondiente a lidocaína, una bolsa plástica contenedora de 2,1 gramos netos de ketamina y una bolsa plástica transparente Código: XJQXXETHCLK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl - - con una sustancia de color rosado correspondiente a 1,3 gramos netos de MDMA (éxtasis), además de $620.000.- en dinero efectivo, una pesa gramera, una licuadora, dos cucharas
Fallo
por tanto, la exactitud de los datos que contienen. Con tales antecedentes documentales fue posible determinar que la droga incautada en el caso sublite en la fecha y oportunidad precedentemente indicada correspondió a la señalada precedentemente. Atendida la cantidad de droga incautada, la diversidad de sustancias, las sumas de dinero halladas y la presencia de elementos conocidamente ocupados para la dosificación de la droga, como lo es una pesa gramera , los hechos establecidos son susceptibles de encuadrar en el delito de tráfico ilícito de estupefacientes, contemplado en el artículo ° en relación al artículo ° de la ley . No obstante, se ha decidido la absolución del encartado por no haberse acreditado su participación en calidad de autor que se le imputa en el referido ilícito. En efecto, ya desde la lectura del libelo acusatorio es posible advertir que la imputación que se efectúa a Ortega Rucoldt consiste en conducir el vehículo en el que se efectuaron los hallazgos de droga, evidencia y dinero ya referidos y que, a su registro, le fue encontrado un teléfono celular y $ El acusado Ortega Rucoldt en su declaración entregó una explicación razonable acerca del motivo por el cual conducía el vehículo, un taxi colectivo, así como el origen de $ que mantenía en el interior del automóvil Señaló que el vehículo es un taxi colectivo de propiedad de su hermano, el que maneja en el recorrido de Miraflores - para lo cual cuenta con licencia profesional - lo que había realizado
Texto Completo (Preview)
- - DELITO : Tráfico ilícito de drogas. RUC N° : - ROL INTERNO : - ACUSADO : Cristian Andrés Ortega Ruckoldt FISCAL : Fernando Hood Grosser DEFENSORA PENAL PÚBLICO: Constanza Pérez Llanos ________________________________________________________/ Viña del Mar, a veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés VISTOS, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Antecedentes, Tribunal e intervinientes. Que el veinte d
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica