ANONIMIZADO
Rol
C-305-2023
Fecha
6 de abril de 2023
Materia
DIVORCIO DE COMUN ACUERDO
Resultado
No especificado
Hechos
Quilpué, seis de abril de dos mil veintitrés. Por cumplido lo ordenado. Proveyendo derechamente la solicitud de folio 1: A LO PRINCIPAL, PRIMER, SEGUNDO, CUARTO y QUINTO OTROSÍ: Atendido lo dispuesto en el artículo 64 bis de la Ley 19.968 incorporado por la Ley 21.394, y habiéndose acompañado antecedentes suficientes para formarse convicción, se resolverá de plano la solicitud. AL TERCER OTROSÍ: Téngase presente la forma especial de notificación. AL SEXTO Y SÉPTIMO OTROSÍ: Téngase presente el patrocinio y poder conferido. Quilpué, cinco de abril de dos mil veintitrés.
Fundamentos
Considerando: 1° Que comparecen don Andrés y doña Grace, solicitando se declare terminado por divorcio de mutuo acuerdo su...
Texto Completo (Preview)
Quilpué, seis de abril de dos mil veintitrés. Por cumplido lo ordenado. Proveyendo derechamente la solicitud de folio 1: A LO PRINCIPAL, PRIMER, SEGUNDO, CUARTO y QUINTO OTROSÍ: Atendido lo dispuesto en el artículo 64 bis de la Ley 19.968 incorporado por la Ley 21.394, y habiéndose acompañado antecedentes suficientes para formarse convicción, se resolverá de plano la solicitud. AL TERCER OTROSÍ: T
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