DISTRIBUCIÓN Y EXCELENCIA S.A./INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO NORTE CHACABUCO
Rol
I-353-2021
Fecha
30 de noviembre de 2021
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS NO CONTROVERTIDOS X · CONCILIACION (llamado) X · RECIBE LA CAUSA A PRUEBA X · OFRECE E INCORPORA PRUEBA X · 1. RECLAMANTE · A. DOCUMENTAL X · 1. RECLAMADA · A. DOCUMENTAL X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA X · SENTENCIA X Al escrito “Delega poder” por la parte demandante: Téngase presente. Al escrito “Delega poder” por la parte demandada: Téngase presente. RELACION DE LOS HECHOS: Consta íntegramente en audio. CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA: Consta íntegramente en audio. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, no se produce. La parte reclamada no tiene facultades para conciliar, por lo que se tiene por frustrado el llamado a conciliación. HECHOS CONTROVERTIDOS: 1. Efectividad de haberse incurrido en algún error de hecho con objeto de la aplicación de la resolución 4514/21/46 de fecha 09 de agosto del año 2021, de la Inspección del Trabajo Norte Chacabuco. MEDIOS DE PRUEBA: PARTE RECLAMANTE OFRECE E INCORPORA: Documental: 1. Copia de resolución de multa Nº4514/21/46-1-2, con su respectiva acta de notificación personal. 2. Dos (2) comprobantes de entrega de elementos de protección personal suscritos por el trabajador don Hernán Bacho Villegas. 3. Dos (2) comprobantes de entrega de elementos de protección personal suscritos por el trabajador don Jaime Molina Cayuqueo. 4. Copia del contrato colectivo de trabajo suscrito con fecha 28 de enero de 2020 entre Distribución y Excelencia S.A. y el Sindicato de Empresa Distribución y Excelencia S.A El tribunal tiene por ofrecida e incorporada la prueba documental. PARTE RECLAMADA OFRECE E INCORPORA: Documental: 1. Fotocopia de la Resolución de multa N° 4514.2021.46-1-2 de fecha 09-08- 2021 y su acta de notificación. 2. Fotocopia de Carátula de fiscalización y su Informe de Exposición de fechas 09-08-2021. 3. Fotocopia de Activación de fiscalización. 4. Fotocopia de Notificación de Inicio de procedimiento de fiscalización. 5. Fotocopia de Acta de notificación de requerimiento de document
Fundamentos
Fundamentos constan íntegramente en audio. El Tribunal tiene por ofrecida e incorporada la prueba documental. OBSERVACIONES A LA PRUEBA: Consta íntegramente en audio. SENTENCIA En Santiago, a veintinueve de noviembre del año dos mil veintiuno. Vistos, oídos y teniendo presente. PRIMERO: Que comparece don FERNANDO SANTIBÁÑEZ SOTO, abogado, chileno, cédula de identidad Nº8.689.681-8, en representación de DISTRIBUCIÓN Y EXCELENCIA S.A., Rut Nº96.568.970-2, representada legalmente por don Tomás Agustín Lozano Comparini y don Víctor Emilio Díaz Neghme, todos domiciliados en Flor de Azucena N°111, oficina 41-A, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, quien solicitó respecto de la resolución administrativa de multa Nº4514/21/46 1 y 2 para que se dejen sin efecto o se rebajen las multas en los términos que plantea en lo dispositivo de su reclamo por los argumentos de hecho y de derecho que constan en el mismo los cuales se dan por reproducidos. SEGUNDO: Que válidamente emplazada la reclamada INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO NORTE CHACABUCO, representada por su Inspectora Comunal del Trabajo, doña Mónica Gladys Liberona Pérez, judicialmente representada en audiencia por doña Amanda Inés Gaete Santelices, contestó el reclamo solicitando el rechazo del mismo de forma íntegra, por los argumentos expresados en audiencia los cuales se dan por reproducidos. Teniendo también en consideración lo dispuesto en los artículos 500 y siguientes y 503 del Código del Trabajo
Fallo
se declara: I. Que se rechaza el reclamo de folio 1 en contra de la Inspección Comunal del Trabajo Norte Chacabuco, representada por la Inspectora anteriormente referida respecto de la resolución administrativa de multa Nº4514/21/41 1 y 2 de fecha 09 de agosto del año 2021. II. Que no se condena en costas a la parte reclamante por entender el Tribunal que tenía motivo plausible para litigar. Regístrese y en su oportunidad archívese. Siendo las 12:30 horas, se pone término a la presente audiencia. Dirigió la audiencia don PABLO IGNACIO GOMEZ ZARATE, Juez Suplente del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a veintinueve de noviembre de dos mil veintiuno. REGISTRO DE AUDIO
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO Reclamo FECHA 29/11/2021, Santiago RUC 21- 4-0360537-6 RIT I-353-2021 CARATULADO DISTRIBUCIÓN Y EXCELENCIA S.A./INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO NORTE CHACABUCO MAGISTRADO PABLO IGNACIO GOMEZ ZARATE ADMINISTRATIVO DE ACTAS Paula Francisca Rodas Valenzuela HORA DE INICIO 11:23 HORA DE TERMINO 12:30 SAL
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica