VARGAS/CONSTRUCTORA LIMA SPA
Rol
M-2531-2021
Fecha
29 de noviembre de 2021
Materia
Despido injustificado, Otras Indemnizaciones, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que se han ventilado en el presente juicio dejando a salvo las acciones para hacer cumplir el acuerdo . 4. Cada parte pagará sus costas. El Tribunal tiene por aprobada y ratificada la presente conciliación parcial otorgándosele el valor de sentencia definitiva. RELACION DE LOS HECHOS: Consta íntegramente en audio. SOLICITUD DEMANDANTE :Solicita apercibimiento 453 N° 1 inciso séptimo del código del trabajo teniendo por tácitamente admitidos los hechos señalados en la demanda , omitiendo recibir la causa a prueba y se dicte sentencia de forma inmediata . TRIBUNAL RESUELVE:
Fundamentos
Considerando que la demandada principal CONSTRUCTORA LIMA SPA, se encuentra válidamente notificada de la demanda , que no ha comparecido a la presente audiencia, por lo que no ha contestado la demanda en tiempo y forma y también el tribunal realizó una revisión de los antecedentes documentales acompañados a la demanda, por lo que se hará uso de la facultad del articulo 453 N°1 inciso séptimo del código del trabajo , teniendo por tácitamente admitidos los hechos contenidos en la demanda respecto a la demandada principal y en virtud de lo anterior no se recibe la causa a prueba por no existir hechos sustanciales , pertinentes ni controvertidos , quedando la causa en estado de dictación de sentencia. Se procede a dictar sentencia. CONSTANCIA Se deja constancia que el tribunal procederá a dictar sentencia en este acto y de conformidad a lo establecido en el artículo 62 inciso 3° del acta 71 de la Ilustrísima Corte Suprema, se transcribirá sólo la parte resolutiva, constando la sentencia en su integridad en registro de audio. RIT M-2531-2021 En Santiago, a veintinueve de noviembre de dos mil veintiuno. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Individualización de las partes. Comparece don José Dagoberto Vargas Andrade, Rut N° 7.360.321-8, domiciliado para estos efectos en Morandé N° 835, oficina 1314, comuna y ciudad de Santiago, quien interpone laboral por despido y cobro de prestaciones en contra de la empresa Constructora Lima SPA., RUT N° 89.857.000-2, representada por don Francisco Javier Lira Lea-Plaza, Rut N°10.985.244-9, domiciliados en Calle Meza Bell N° 2963, comuna de Quinta Normal.
Fallo
Por estas consideración y visto además en lo dispuesto en los artículos 7, 8, 9, 63, 67, 73, 42, 160, 162 de Código del Trabajo, 500 y siguientes del mismo cuerpo legal, 1698 del Código Civil, se declara: 1. Que se acoge la demandada interpuesta por don JOSÉ DAGOBERTO VARGAS ANDRADE, en contra de CONSTRUCTORA LIMA SPA., y se condena a pagar a actor las siguientes indemnizaciones y prestaciones en razón del vínculo habido entre las partes entre el día 18 de noviembre de 2020, y el día 16 de agosto de 2021: a) Indemnización sustitutiva del aviso previo por $850.666.- b) Remuneración 16 días de agosto del año 2021, por la suma de $453.696.- A esta cantidad se deberá descontar proporcionalmente las cotizaciones previsionales de Afp Provida y Fonasa, de acuerdo al artículo 58 del Código del Trabajo, toda vez que se cobran además dichas cotizaciones que deberán ser enteradas en las instituciones correspondientes. c) $431.011.- correspondiente feriado proporcional. d) Ofíciese a AFP PROVIDA y FONASA, a fin de que se ejerza la acción de cobro respecto de las cotizaciones correspondientes a los 16 días de agosto trabajados del año 2021, en base de una remuneración $850.666.- mensual. 2. Las sumas antes indicadas deberán ser pagadas con los intereses y reajustes que establece los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. 3. Una vez efectuada la liquidación de crédito por el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional, correspondiente o por quien corresponda, deberá descontarse la su
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO Monitorio FECHA 29/11/2021, Santiago RUC 21- 4-0363294-2 RIT M-2531-2021 CARATULADO VARGAS/CONSTRUCTORA LIMA SPA MAGISTRADO MARIA VERONICA TORRES REYES ADMINISTRATIVO DE ACTAS Javiera Natalia Pino Osorio HORA DE INICIO 11:20 HORA DE TERMINO 12:03 SALA Sala virtual 16 (4.3) Nº REGISTRO DE AUDIO 21
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