Juzgado de Letras de Illapel

VALENCIA/

Rol

V-369-2019

Fecha

13 de julio de 2020

Materia

PERPETUA MEMORIA, INFORMACIÓN

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Con fecha 16 de octubre de 2019, comparece don Diego Segundo Valencia Campos, pensionado, cédula de identidad N° 4.900.270-K, domiciliado en calle Los Robles N° 273, localidad El Huacho, Comuna de Combarbalá, quien viene en solicitar se admita información sobre Perpetua Memoria respecto a acreditar que por error figura en la nómina de la Comunidad de Aguas del “ Canal Silvano”, de la Cuenca del Río Choapa, con un nombre distinto, según consta de la inscripción de dicha comunidad en el Conservador de Bienes Raíces de Illapel. En efecto, en la nómina de regantes de la Comunidad aparece con el nombre de “ Diego Campos Valencia”, desconociendo el motivo del error, pero es un hecho que así aparece individualizado en esa nómina que consta en la sentencia que se redujo a escritura pública, dictada por el Juzgado de Letras de Illapel, según el expediente N° 52.723 del año 1989, sobre Constitución de Comunidad de Aguas del Canal Silvano, la que se encuentra inscrita en el Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Illapel, a fojas 259, N° 124, año 1989. Concluye solicitando se admita Información sobre Perpetua Memoria en el sentido de acreditar en autos: Como es efectivo que el solicitante don Diego Segundo Valencia Campos, es la misma persona que figura como Diego Campos Valencia, en la nómina de la Comunidad de Aguas del Canal Silvano, de la Cuenca del Río Choapa, inscrita a fojas 259, N° 124 del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Illapel, año 1989 y como es efectivo y les consta a los testigos que el solicitante Diego Segundo Valencia Campos, es dueño de 0,49 acciones de agua del Canal Silvano de la Cuenca del Río Choapa, con las cuales riega su predio en Quelén Alto, sitio 16. Consta en autos que se acompañaron, certificado de dominio vigente, inscripción fojas 259, N° 124, del Registro de Aguas, Dominio Comunidad de Aguas, copia de la cédula de identidad de don Diego Segundo Valencia Campos, Compraventa de

Fundamentos

CONSIDERANDO: Que con el mérito de los antecedentes, donde se advierte que se cumplen todos los requisitos para acceder a lo solicitado, toda vez que los testigos son coincidentes en sus declaraciones sobre los hechos que el peticionario aparece erróneamente individualizado en la nómina de comuneros de la Comunidad de Aguas del Canal Silvano, de la Cuenca del Río Choapa, la que se encuentra inscrita a fojas 259, N° 124 del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Illapel, año 1989, como Diego Campos Valencia, siendo su nombre correcto Diego Segundo Valencia Campos, y les consta pues fueron vecinos en Quelén Alto, Salamanca, siendo conocido por todos por su nombre verdadero ignorando el motivo por el cual aparece en la nómina de comuneros del Canal Silvano, como Diego Campos Valencia, lo que dota de la verosimilitud suficiente a sus dichos, y no siendo contraria a los intereses de terceros la pretensión del actor, conforme a lo dispuesto en los artículos 909 y 913 del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se resuelve: Que en la especie se aprueba la información sumaria de testigos rendida para Perpetua Memoria, respecto del hecho que el solicitante, don Diego Segundo Valencia Campos, es la misma persona que aparece individualizada erróneamente como Diego Campos Valencia, en la nómina de comuneros de la Comunidad de Aguas del Canal Silvano, de la Cuenca del Río Choapa, inscrita a fojas 259, N° 124 del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Illapel, año 1989, y que es dueño de 0,49 acciones de aguas de dicho canal. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Dictó don ADRIAN OCTAVIO REYES PARDO, Juez del Juzgado de Letras de Illapel. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. En Illapel, a trece de Julio de dos mil veinte. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-07-13T12:56:28-0400

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Illapel CAUSA ROL : V-369-2019 CARATULADO : VALENCIA/ Illapel, trece de Julio de dos mil veinte. VISTO: Con fecha 16 de octubre de 2019, comparece don Diego Segundo Valencia Campos, pensionado, cédula de identidad N° 4.900.270-K, domiciliado en calle Los Robles N° 273, localidad El Huacho, Comuna de Combarbalá, quien viene en solicita

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