1º Juzgado de Letras de Rengo

GUAJARDO/

Rol

V-77-2019

Fecha

10 de julio de 2020

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, con fecha 16 de mayo de 2019, a folio N 1, compareci don ° ó LUIS GILBERTO GUAJARDO MACIAS, chileno, casado, comerciante, c dula nacionalé de identidad N 7.554.889-3, domiciliado en Apalta s/n, Rosario, comuna de Rengo,° solicitando se declare, en conformidad con la Ley 18.600 modificada por la Ley 19.954, la interdicci n definitiva de su c nyuge do a ó ó ñ ANA MAR A FERN NDEZ CRUZÍ Á , chilena, c dula nacional de identidad N 6.806.058, de su mismo domicilio, y se leé ° designe como curador definitivo de sus bienes. Fund su solicitud en el hecho que su c nyuge do a ANA MAR Aó ó ñ Í FERN NDEZ CRUZ, de 62 a os de edad, padece un grado de discapacidad profundaÁ ñ de un 100%, cuya causa principal es de car cter mental intelectual, y secundaria f sica,á í lo que produce que su movilidad sea reducida. Hizo presente que l es el cuidador de su c nyuge, pero que debido a laé ó discapacidad severa que ella sufre, tuvo que internarla temporalmente en una casa de reposo ubicada en calle Jos Hip lito Salas N 155, casa 5, en la comuna de El Olivar,é ó ° ya que en Rengo no existen casas de reposo adecuadas para aceptar a personas de su condici n.ó Se al que la internaci n en la casa de reposo es provisoria, encontr ndose a lañ ó ó á espera de una pronta indicaci n m dica que le permita a su c nyuge retornar a casa,ó é ó para poder continuar con la vida familiar y con el cuidado permanente que le dedicaba. Refiri que a pesar de que actualmente su c nyuge no habita con l, l la va aó ó é é ver al hogar en el que est internada casi todos los d as, es su tutor y quien asume todasá í las responsabilidades para con ella. Por tanto, previas citas legales, art culos 440, 453, 456 y siguientes, art culo 817í í del C digo Civil, y dem s normas pertinentes, ó á solicit tener por presentada la solicitudó de interdicci n por demencia, en conformidad al art culo 4 de la Ley 18.600, acogerla, yó í en definitiva declarar interdicta por demencia a la discapacitada y designarlo como

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 16 de mayo de 2019, a folio N 1, compareci don° ó LUIS GILBERTO GUAJARDO MACIAS, solicitando se declare, en conformidad con la Ley 18.600 modificada por la Ley 19.954, la interdicci n definitiva de su c nyugeó ó do a ñ ANA MAR A FERN NDEZ CRUZÍ Á , y se le designe como curador definitivo de sus bienes. SEGUNDO: Que seg n lo dispone el art culo 4 de la Ley 18.600, cuando laú í discapacidad mental de una persona se haya inscrito en el Registro Nacional de Discapacidad, su padre, madre o sus parientes m s cercanos, podr n solicitar al juez laá á declaraci n de interdicci n definitiva por demencia y el nombramiento de curador,ó ó debiendo en tal caso, resolver el juez con conocimiento y previa citaci n personal, yó audiencia del discapacitado, lo que aconteci en la especie.ó TERCERO: Que, respecto de la audiencia especial contemplada en el art culoí 4° inciso 2 de la Ley 18.600, con fecha 09 de agosto de 2019, a folio N 16, consta° ° informe de Receptor Judicial don Pablo Eugenio Figueroa Gil, de conformidad a lo resuelto con fecha 01 de agosto de 2019, en Rol E-1671-2019, por el 2 Juzgado Civil° de Rancagua. CUARTO: Que, a fin de acreditar los hechos expuestos, el solicitante adjunt aló proceso la siguiente prueba documental: 1.- Contrato de prestaci n, de fecha 17 de agosto de 2018, celebrado entre do aó ñ Vilma Alejandra Alarc n Cornejo, en representaci n CASACAMPO RESIDENCIAó ó “ ADULTO MAYOR SpA y don Luis Gilberto Guajardo Mac as. 2.- Declaraci n jurada” í ó realizada por don Luis Gilberto Guajardo Mac as, ante Notario P blico de Rengo doní ú Edmundo Antonio Figueroa lvarez, de fecha 18 de enero de 2019. 3.- Certificado deÁ matrimonio celebrado entre don Luis Gilberto Guajardo Mac as y do a Ana Mar aí ñ í Fern ndez Cruz, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n, fecha deá ó emisi n 1 de enero de 2019. 4.- Certificado emitido por do a Marcela Donoso Alarc n,ó ñ ó enfermera, Directo T cnica CasaCampo, de fecha 14 de enero de 2019. 5.- Copia deé credencial de discapacidad a nombre de do a Ana Mar a Fern ndez Cruz, del Registroñ í á Foja: 1 Nacional de Discapacidad, emitida por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n,ó fecha de emisi n 20 de octubre de 2018. 6.- Certificado m dico emitido por el Dr.ó é Muhammad Rashid Usman, CESFAM Rosario, de fecha 16 de enero de 2019. 7.- Copia de c dula de identidad de do a Ana Mar a Fern ndez Cruz. 8.- Copia de c dulaé ñ í á é de identidad de don Luis Gilberto Guajardo Mac as. 9.- Certificado de discapacidad deí do a Ana Mar a Fern ndez Cruz, emitido por el Servicio de Registro Civil eñ í á Identificaci n, fecha de emisi n 9 de enero de 2019. 10.- Copia de 9 talonariosó ó recepci n de CasaCampo, a nombre de paciente Ana Fern ndez, de fecha 11, 13 y 15ó á de enero, 23, 24, 26, 28 y 30 de marzo y 01 de abril de 2019. 11.- Certificado de nacimiento de do a Ver nica Ximena Guajardo Fern ndez, emitido por el Servicio deñ ó á Registro Civil e Identifica

Fallo

Por tanto, previas citas legales, art culos 440, 453, 456 y siguientes, art culo 817í í del C digo Civil, y dem s normas pertinentes, ó á solicit tener por presentada la solicitudó de interdicci n por demencia, en conformidad al art culo 4 de la Ley 18.600, acogerla, yó í en definitiva declarar interdicta por demencia a la discapacitada y designarlo como curador de su c nyuge. ó Que, por resoluci n de fecha 05 de junio de 2019, a folio N 5, se dio curso a laó ° solicitud. Que, respecto de la audiencia especial contemplada en el art culo 4í ° inciso 2 de° la Ley 18.600, con fecha 09 de agosto de 2019, a folio N 16, consta informe de° Receptor Judicial don Pablo Eugenio Figueroa Gil, quien conforme lo resuelto con fecha 01 de agosto de 2019, en Rol E-1671-2019, por el 2 Juzgado Civil de Rancagua, se° Foja: 1 constituy en calle Jos Hip lito Salas N 155, de la comuna de Olivar, donde funcionaó é ó ° la casa de reposo Casa Campo, y pudo constatar que efectivamente do a Ana Mar añ í Fern ndez Cruz, es una persona de aproximadamente sesenta a os de edad, canosa,á ñ autodependiente, pues seg n informaci n del encargado de la casa don Jorge Dolosa, leú ó expres que ella es alimentada por sonda gastrointestinal, que se le hace el aseo personal,ó no se moviliza, no habla y que la mayor parte del d a duerme. í Que, con fecha 12 de diciembre de 2019, a folio N 24, se rindi informaci n° ó ó sumaria de testigos, do a Tamara Teresa Mart nez Reyes y don Sim n Juan Sol sñ í ó í Kunzler. Que,

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Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Rengoº CAUSA ROL : V-77-2019 CARATULADO : GUAJARDO/ Rengo, diez de Julio de dos mil veinte VISTOS: Que, con fecha 16 de mayo de 2019, a folio N 1, compareci don ° ó LUIS GILBERTO GUAJARDO MACIAS, chileno, casado, comerciante, c dula nacionalé de identidad N 7.554.889-3, domiciliado en Apalta s/n, Rosario, comuna de Rengo,° so

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