C/ ALBERTO GALIANO QUIROZ VEGA
Rol
O-5-2023
Fecha
22 de marzo de 2023
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: El día 24 de agosto de 2021, a las 15:40 horas aproximadamente, en el CDP Talagante, ubicado en Manuel Rodriguez Nº 322, comuna de Talagante, el imputado ALBERTO GALIANO QUIROZ VEGA, fue sorprendido por funcionarios de gendarmería, portando y guardando, al interior de una encomienda que contenía supuestamente carne al vació, 06 bolsas de nylon contenedoras de cannabis sativa con un peso bruto de 38.4 gramos y 03 bolsas de nylon trasparentes contenedoras de cocaína base, con peso bruto de 21.5 gramos brutos, no justificando su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo. Código: EXFGXEYQZGJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl A juicio de la Fiscalía los hechos descritos son constitutivos del delito de tráfico en pequeñas cantidades, del artículo 4 de la Ley 20.000, con la circunstancia prevista en el artículo 19 letra h de la ley 20.000, encontrándose el delito en grado de consumado. Le habría correspondido, según lo dispuesto en el artículo 15 del Código Penal, la calidad de autor. Conforme al Ministerio Público respecto del acusado concurre la agravante del artículo 19 letra h de la Ley 20.000. La Fiscalía solicita se condene al acusado a la pena de cinco años de presidio menor en grado máximo, multa de 20 UTM, accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, comiso y autorización de destrucción de especies incautadas y las costas de la causa. Que en el mismo sentido, en su alegato de apertura, el fiscal indica que el acusado fue sorprendido el CDP de Talagante, ingresando droga escondida en contenedores de carne al vacío. La tesis usual es decir que alguien le encargó hacerlo, sin saber el contenido, pero, en este caso, las cantidades son groseras para un consumo próximo en el tiempo, por ejemplo, en la legislación peruana, la pequeña cantidad tiene número,
Fallo
SE DECLARA: Código: EXFGXEYQZGJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I)QUE SE ABSUELVE A ALBERTO GALIANO QUIROZ VEGA, ya individualizado, de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público, como presunto autor del delito de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de estupefacientes, en carácter de consumado, eventualmente perpetrado el 24 de agosto de 2021, en la comuna de Talagante. II) Que no se condena en costas al Ministerio Público, por haber contado con motivo plausible para litigar. Regístrese, y comuníquese en su oportunidad al Juzgado de Garantía de esta ciudad, para los efectos de su cumplimiento. Hecho, archívese. Se deja constancia que el magistrado Cataldo estuvo por condenar al acusado Quiroz Vega, en los términos planteados por el Ministerio Público. En este sentido, concordando en relación a los argumentos frente lo improbable del ingreso de las sustancias en la misma ocasión en que el imputado sostiene que trajo como encomienda, carne y otros productos, considera que lo relevante es, precisamente, analizar el establecimiento de las circunstancias plasmadas en la acusación, y que tienen que ver con la fiscalización practicada en la sección CET del centro de reclusión en comento, cuando un funcionario encuentra la droga al interior del referido comestible. Si bien es llamativa la facilidad con que el aludido descubre el contenido de la bolsa, esta situación no parece suficiente, a j
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ACUSADO: ALBERTO GALIANO QUIROZ VEGA DELITO: TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE ESTUPEFACIENTES (ABSUELTO) RUC: 2100773751-0 RIT: 5-2023 Talagante, veintidós de marzo de dos mil veintitrés. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talagante, se llevó a efecto la audiencia de Juicio Oral en causa R.I.T. Nº 5-2023,
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