MP C/ CRISTOPHER PABLO SALAZAR ORTIZ
Rol
O-995-2023
Fecha
22 de marzo de 2023
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de la acusación y los antecedentes de la investigación y se procede bajo las reglas del procedimiento abreviado. Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Artículo 11 N° 9 y 12 N° 16 del Código Penal. Procedimiento Abreviado. Hechos: El día 30 de enero del año 2023, siendo aproximadamente las 16.20 horas, en circunstancias que la víctima don Alex Gallardo Vega deja estacionada su bicicleta en el lugar de aparcamiento de bicicletas ubicado en Plaza Los Héroes de la comuna de Rancagua, hasta ese lugar llega el imputado quién procede a sacar la bicicleta del lugar y sustraerla siendo visualizado por transeúntes, quienes dan cuenta a la víctima respecto de la sustracción de su bicicleta al momento en que se retira con la especie, siendo retenido por los transeúntes y siendo visualizado por parte de la víctima. Se trata de una bicicleta marca Trek, modelo Marlin 5, color blanco con negro, avaluada en la suma prudencial de $500.000.- (quinientos mil pesos). Sentencia: Rancagua, veintidós de marzo de dos mil veintitrés. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 12 N° 16, 15 N°1, 30, 68, 70, 446 N° 2 del Código Penal, artículos 297, 340, 341, 342, 406 y siguientes del Código Procesal Penal y artículo 7 y 8 de la Ley N° 18.216, se declara: I.- Que, SE CONDENA a CRISTOPHER PABLO SALAZAR ORTIZ, ya individualizado, como autor en grado de frustrado de un delito de hurto, previsto y sancionado en el artículo 446 N°2 del Código Penal, hecho ocurrido en Rancagua el 30 de enero de 2023, a la pena de 301 DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y multa de 1 UTM. Código: PWXFXEXBJFJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl file:///c:/jgrancagua@
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 12 N° 16, 15 N°1, 30, 68, 70, 446 N° 2 del Código Penal, artículos 297, 340, 341, 342, 406 y siguientes del Código Procesal Penal y artículo 7 y 8 de la Ley N° 18.216, se declara: I.- Que, SE CONDENA a CRISTOPHER PABLO SALAZAR ORTIZ, ya individualizado, como autor en grado de frustrado de un delito de hurto, previsto y sancionado en el artículo 446 N°2 del Código Penal, hecho ocurrido en Rancagua el 30 de enero de 2023, a la pena de 301 DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y multa de 1 UTM. Código: PWXFXEXBJFJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl file:///c:/jgrancagua@pjud.cl file:///c:/www.poderjudicial.cl Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl II.- Que, para el cumplimiento de la pena corporal se le concede la pena sustitutiva de RECLUSIÓN PARCIAL en modalidad domiciliaria NOCTURNA y DOMICILIARIA, por el término de 301 días, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, correspondiente a su domicilio, dentro de quinto día de ejecutoriada la presente sentencia, a fin de comenzar su cumplimiento, bajo apercibimiento de modificarla por una pena sustitutiva de mayor intensidad o de revocarla. Se reconoce como abono a la cond
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Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl ACTA DE AUDIENCIA veintidós de marzo de dos mil veintitrés. Ruc: 2300116310-8 Rit: 995 - 2023 Hora Inicio: 09:10 Hora Término: 09:33 Juez: GONZALO CELEDÓN BULNES Tipo de Audiencia: Procedimiento abreviado Imputado: IP Cristopher Pablo Salazar Ortiz C.I. N° 18.336.
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