Juzgado de Garantía de Ovalle.

MINISTERIO PUBLICO C/ MANUEL JESÚS ZÚÑIGA ORTIZ

Rol

O-3652-2022

Fecha

21 de marzo de 2023

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.433, 436 INC. 1:, 438 Y 439., ROBO CON INTIMIDACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 23 de diciembre del 2022, aproximadamente a las 04.35 horas, los imputados Manuel Jesus Zuniga Ortiz y Christopher Wilfredo Varas Varas interceptaron a la víctima Victor Domingo Carmona Riquelme en calle Independencia y en calle Arauco, comuna de Ovalle, a quien golpearon con golpes de puño y pie y tiraron al suelo, e intimidaron con armas corto punzantes, sustrayéndole un bolso y sus zapatillas, huyendo del lugar siendo detenidos por carabineros. A consecuencia de lo anterior la víctima resultó con lesiones leves consistentes en aumento de volumen en región occipital y temporal izquierda, en tórax posterior eritema y aumento de volumen, en ambos brazos eritemas y aumento de volumen. Parte resolutiva Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 11 N°6 y 9, 49, 70, 436 inciso 1 del Código Penal, artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley 18.216 modificada por la Ley 20.603, Ley 19.970, se declara: I.- Que se condena a Manuel Jesús Zúñiga Ortiz, cédula nacional de identidad N° 20.261.383-7 y a Christopher Wilfredo Varas Varas, cédula nacional de identidad N° 19.302.362-2, a sufrir cada uno de ellos la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, por su participación como coautores de un delito de robo con violencia, consumado, hecho perpetrado en la comuna de Ovalle, el 23 de diciembre de 2022. Se les impone asimismo, las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, sin costas por haber aceptado el procedimiento abreviado. II.- Que la pena privativa de libertad, se les sustituye por la libertad vigilada intensiva, quedando sujeto al control de Gendarmería de Chile, debiendo cumplir como condiciones la prohibición de acercarse a la víctima Víctor Carmona Riquelme, fijar un domicilio y la de realizar un trabajo, profesión u oficio y además al plan de intervención que deberá realizar Genda

Fallo

se declara: I.- Que se condena a Manuel Jesús Zúñiga Ortiz, cédula nacional de identidad N° 20.261.383-7 y a Christopher Wilfredo Varas Varas, cédula nacional de identidad N° 19.302.362-2, a sufrir cada uno de ellos la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, por su participación como coautores de un delito de robo con violencia, consumado, hecho perpetrado en la comuna de Ovalle, el 23 de diciembre de 2022. Se les impone asimismo, las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, sin costas por haber aceptado el procedimiento abreviado. II.- Que la pena privativa de libertad, se les sustituye por la libertad vigilada intensiva, quedando sujeto al control de Gendarmería de Chile, debiendo cumplir como condiciones la prohibición de acercarse a la víctima Víctor Carmona Riquelme, fijar un domicilio y la de realizar un trabajo, profesión u oficio y además al plan de intervención que deberá realizar Gendarmería, para lo cual se fija audiencia de aprobación de Plan de Intervención Individual para el día 02 de mayo de 2023, en el bloque de audiencias de las 10:00 horas. III.- Se abona todo el tiempo en que los imputados han permanecido privados de libertad por esta causa, desde el 23 de diciembre de 2022 hasta el día de hoy. IV.- Los sentenciados deberán presentarse ante el Centro de Reinserción Social de Ovalle, dentro de decimo día

Texto Completo (Preview)

/acb SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Fecha Ovalle., a veintiuno de marzode dos mil veintitres Tribunal Juzgado de Garantía de Ovalle Magistrado DARÍO ARTURO DÍAZ PEÑA Y LILLO RUC 2201292337-k RIT 3652-2022 Delito Robo con violencia e intimidación, prescrito y sancionado en el artículo 436 inciso 1 en relación con el artículo 432 y 439 todos del Código Penal Grado de ejecuci

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