12º Juzgado Civil de Santiago

INMOBILIARIA INVERSIONES DON ARTURO S.A./

Rol

V-64-2020

Fecha

9 de julio de 2020

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Al folio 1, compareci don Jos Arturo V squez Barja, factor de comercio,ó é á en representaci n de INMOBILIARIA E INVERSIONES DON ARTURO S.A.,ó ambos domiciliados en calle Puerta del Sol N° 100, dpto. 72. comuna de Las Condes; solicitando ordenar la inscripci n del inmueble que individualiza.ó Relata que INMOBILIARIA E INVERSIONES DON ARTURO S.A. es due a de la nuda propiedad del departamento 304 del tercer piso, de la bodegañ n mero 28 y del estacionamiento n mero 96, ambos del subterr neo del edificio enú ú á Avenida Kennedy n mero 4917 del “Conjunto Parques de Kennedy”, comuna deú Las Condes, de acuerdo al plano archivado con el n mero 2912 y 2912 A a la H;ú y due a adem s de derechos en proporci n a lo adquirido en uni n a los otrosñ á ó ó adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno, cuyos deslindes detalla. Expone que la solicitante, adquiri la nuda propiedad por aporte que le hizoó do a Celsa Barja Y ez, seg n escritura de fecha 9 de noviembre de 2005,ñ áñ ú otorgada en la Notar a de esta ciudad de don Ra l Iv n Perry Pefaur, repertorioí ú á n mero 20727, de acuerdo a la escritura dc constituci n social que acompa a. Elú ó ñ t tulo de dominio, de la nuda propiedad actualmente se encuentra inscrito a nombreí de INMOBILIARIA E INVERSIONES DON ARTURO S.A. a fs. 7559 vuelta N° 12236 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Santiagoí correspondiente al a o 2006.ñ Manifiesta que do a Celsa Barja Y ez, el pasado 15 de mayo de 2019ñ áñ falleci , y, con fecha 16 de marzo de 2020, se solicit al Conservador de Bienesó ó Foja: 1 Ra ces de Santiago, que anotase marginalmente a la inscripci n que rola a fs. 7559í ó vuelta N° 12236 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces deí Santiago correspondiente al a o 2006, la defunci n de do a Celsa Barja Y ez y lañ ó ñ áñ consolidaci n del dominio pleno de la propiedad a nombre de INMOBILIARIA Eó INVERSIONES DON ARTURO S.A., quien caratul la referida solici

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, INMOBILIARIA E INVERSIONES DON ARTURO S.A. solicitó ordenar la inscripci n plena del inmueble consistente en el departamento 304 del terceró piso, bodega n mero 28 y estacionamiento n mero 96, ambos del subterr neo del edificioú ú á en Avenida Kennedy n mero 4917 del “Conjunto Parques de Kennedy”, comuna de Lasú Condes, a su nombre. SEGUNDO: Que, para fundamentar su solicitud, la peticionaria acompa ,ñó entre otros, los siguientes documentos: 1) Copia con vigencia de la inscripci n de la propiedad consistente en eló departamento 304 del tercer piso, bodega n mero 28 y estacionamiento n mero 96, ambosú ú del subterr neo del edificio en Avenida Kennedy n mero 4917 del “Conjunto Parques deá ú Kennedy”, comuna de Las Condes, a fojas 7559 n mero 12236ú del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago correspondiente al a oí ñ 2006. 2) Copia de escritura de constituci n de INMOBILIARIA E INVERSIONESó DON ARTURO SOCIEDAD ANONIMA, de fecha 9 de noviembre de 2005, donde do a Celsa Barja Y ez aporta la nuda propiedad del inmueble sub-lite a dichañ áñ sociedad. 3) Copia de Formulario N°1 del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago,í car tula N°16171820, de fecha 16 de marzo de 2020, con la solicitud deá anotaci n marginal de la defunci n de do a Celsa Barja Y ez y la consolidaci nó ó ñ áñ ó del dominio pleno de la propiedad a nombre de INMOBILIARIA E INVERSIONES DON ARTURO SOCIEDAD ANONIMA, en la inscripci n que rola a fs. 7559ó N°12236, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Santiagoí del a o 2006. Aparece como observaci n: “Previamente, debe inscribirse elñ ó usufructo”. 4) Certificado de defunci n de do a Celsa Barja Y ez (fallecimiento 15ó ñ áñ mayo 2020). Foja: 1 TERCERO: Que, el art culo 18 del Reglamento del Registro deí Conservatorio de Bienes Ra ces dispone que la parte perjudicada con la negativaí del Conservador ocurrir al juez de primera instancia del departamento, quien, ená vista de esta solicitud y de los motivos expuestos por el Conservador, resolver porá escrito y sin m s tr mite lo que corresponda.á á CUARTO: Que, al folio 8 consta Oficio del Conservador de Bienes Ra cesí de Santiago, quien inform al tenor de la solicitud de autos, manifestando que, deó la escritura de constituci n de 9 de noviembre de 2005, mediante la cual do aó ñ Celsa Borja Y ez aport a áñ ó INMOBILIARIA E INVERSIONES DON ARTURO S.A. la nuda propiedad del inmueble sub-lite, se desprende que do a ñ Celsa Borja Y ez solo dispuso de dicha nuda propiedad, sin hacer reserva en forma expresaáñ del derecho real de usufructo, por lo que el Conservador se abstuvo de inscribir el usufructo solicitado en atenci n a que el art culo 767 del C digo Civil dispone que,ó í ó el usufructo que haya de recaer sobre inmuebles por actos entre vivos, no valdr siá no se otorgare por instrumento p blico inscrito.ú QUINTO: Que, con el m rito de lo informado por el Se or Conservador deé ñ Bienes Ra ces de Santiago y l

Fallo

se declara: - Que, se hace lugar a lo pedido, orden ndose al Conservador de Bienesá Ra ces de Santiago a proceder a la anotaci n al margen de la inscripci n de fojasí ó ó 7559 n mero 12236, del Registro de Propiedad ú de Santiago del a o 2006ñ , la consolidaci n de la propiedad plena a nombre de la nuda propietaria,ó INMOBILIARIA E INVERSIONES DON ARTURO S.A., con motivo del fallecimiento de la usufructuaria, do a ñ Celsa Borja Y ezáñ , con fecha 15 de mayo de 2019. Reg streseí , notif quese, í y, ejecutoriada la presente sentencia, obt ngase copiaé impresa por el interesado directamente de la Oficina Judicial Virtual, para ser presentada ante el Conservador de Bienes Ra ces de Santiago.í Rol V-64-2020. PRONUNCIADA POR DO A MAR A SOF A GUTI RREZ BERMEDO,Ñ Í Í É JUEZ TITULAR.// Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, nueve de Julio de dos mil veinte Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-07-09T18:53:31-0400

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Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 12 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-64-2020 CARATULADO : INMOBILIARIA INVERSIONES DON ARTURO S.A./ Santiago, nueve de Julio de dos mil veinte VISTOS: Al folio 1, compareci don Jos Arturo V squez Barja, factor de comercio,ó é á en representaci n de INMOBILIARIA E INVERSIONES DON ARTURO S.A.,ó ambos domiciliados en calle Puerta

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