Juzgado de Letras de Angol

BANCO DE CHILE/ARANEDA

Rol

C-959-2018

Fecha

9 de julio de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

visto lo dispuesto en los artículos 1698 del Código Civil, y artículos 144, 170, 254, 434, 464 y 471 del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes; SE RESUELVE: I. Que se RECHAZA la excepción del número 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil opuesta por la ejecutada, debiendo seguir adelante la ejecución hasta completo pago lo debido. II. Que SE CONDENA en costas al ejecutado, por haber sido completamente vencida. Anótese, regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. En Angol, nueve de julio de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-07-09T16:46:46-0400

Fundamentos

considerando procedente y en relación con las excepciones opuestas por la ejecutada, no se rindió prueba alguna tendiente a acreditar los supuestos fácticos de su defensa, lo que ha sido determinante para tener por acreditado la obligación y el monto adeudado en la forma que señala el actor en su libelo. CUARTO: De esta forma, se acredita en autos la existencia de una obligación de naturaleza mercantil entre las partes y que la ejecutada no la ha solucionado, de manera tal que procede hacer lugar a la demanda de autos acogiéndola en la forma que se dirá en lo resolutivo del fallo. En consecuencia y visto lo dispuesto en los artículos 1698 del Código Civil, y artículos 144, 170, 254, 434, 464 y 471 del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes;

Fallo

se declaran admisibles las excepciones opuestas y se recibe la causa a prueba. A folio 33, se cita a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO. PRIMERO: Comparece Banco de Chile, quien interpone demanda ejecutiva de cobro del pagaré N° 110420 en contra de a OSVALDO JOSÉ ARANEDA PRADO ambos ya individualizados, por la suma de suma de $11.058.691.-, por concepto de saldo de capital adeudado, más los intereses correspondientes, hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas. Por su parte, la contraria opone la excepción de concesión de esperas por parte de la acreedora, contemplada en el artículo 464 No.11 del Código de Procedimiento Civil, sosteniendo en lo medular que se encontraba en proceso de regularización y negociación de la deuda, sorprendiéndole la demanda que se le notifica. Por lo anterior, solicita el rechazo de la demanda, con costas. SEGUNDO: De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1698 del Código Civil, corresponde probar las obligaciones o su extinción a quien alega aquéllas o ésta, correspondiéndole en consecuencia al ejecutado acreditar la incidencia y las excepciones a la ejecución que ha hecho valer en estos autos. TERCERO: Que conforme al considerando procedente y en relación con las excepciones opuestas por la ejecutada, no se rindió prueba alguna tendiente a acreditar los supuestos fácticos de su defensa, lo que ha sido determinante para tener por acreditado la obligación y el monto adeudado en la forma que señala el actor en su libe

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 30.- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Angol CAUSA ROL : C-959-2018 CARATULADO : BANCO DE CHILE/ARANEDA Angol, a nueve de julio de dos mil veinte. VISTO. A folio 1, comparecen CHRISTIAN MARCEL DETRE LOBO y MACARENA FLORES JARA, ambos abogados, en representación convencional del BANCO DE CHILE, sociedad anónima bancaria y financiera, éste representado

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica