1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

RODRIGUEZ/URETA

Rol

O-2036-2020

Fecha

29 de noviembre de 2021

Materia

Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización de trabajadora de casa particular, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 7, 8, 162, 453 y 454, todos del Código del Trabajo, se declara: I. Que SE ACOGE la demanda de declaración de relación laboral, despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones interpuesta por doña Aracely Katherin Rodríguez Córdova, en contra de Tomás Francisco Ureta Vergara, en cuanto se declara: a. Nulo e injustificado el despido de que fue objeto la actora. b. Se declara que el despido ocurrió con fecha 2 de enero de 2020 por necesidades de la empresa. c. Que las partes estaban bajo vínculo de subordinación y dependencia desde el 11 de abril del año 2019 al 2 de enero de 2020. d. Que la demandada deberá pagar la suma de $232.320, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. e. Que la demandada deberá pagar la suma de $114.224 por concepto de pago del feriado proporcional desde el 11 de abril de 2019 al 02 de enero de 2020. f. Que la demandada deberá pagar las remuneraciones y demás prestaciones derivadas del contrato de trabajo desde la fecha del despido esto es desde el 2 de enero de 2020 hasta la convalidación del mismo en base a una remuneración de $232.320 además de las cotizaciones de seguridad social reclamadas durante toda la relación laboral para lo cual se oficiará a las instituciones administrativas en Fonasa y AFP PlanVital para comunicar el cobro de dichas cotizaciones. g. Se acoge la indemnización a todo evento de trabajadora de casa particular por el periodo comprendido entre el 11 de abril de 2019 y 2 de enero de 2020, ascendente a la suma de $80.523.- h. Que se ordena el pago de las cotizaciones íntegras en AFP PlanVital y Fonasa por el periodo de relación laboral antes señalado en base a una remuneración por la suma de $232.500.- II. Que las prestaciones señaladas se pagarán con los reajustes e intereses legales correspondientes de conformidad a los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III. Que no se condena en costas a la demandada por no haber existido opos

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que compareció en juicio doña Aracely Katherin Rodríguez Córdova, ya individualizada en la presente demandada, asesora del hogar, quien interpone demanda en contra de don Tomás Francisco Ureta Vergara, ya individualizado, por declaración de relación laboral, despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones. Y visto además lo dispuesto en los artículos 7, 8, 162, 453 y 454, todos del Código del Trabajo,

Fallo

se declara: I. Que SE ACOGE la demanda de declaración de relación laboral, despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones interpuesta por doña Aracely Katherin Rodríguez Córdova, en contra de Tomás Francisco Ureta Vergara, en cuanto se declara: a. Nulo e injustificado el despido de que fue objeto la actora. b. Se declara que el despido ocurrió con fecha 2 de enero de 2020 por necesidades de la empresa. c. Que las partes estaban bajo vínculo de subordinación y dependencia desde el 11 de abril del año 2019 al 2 de enero de 2020. d. Que la demandada deberá pagar la suma de $232.320, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. e. Que la demandada deberá pagar la suma de $114.224 por concepto de pago del feriado proporcional desde el 11 de abril de 2019 al 02 de enero de 2020. f. Que la demandada deberá pagar las remuneraciones y demás prestaciones derivadas del contrato de trabajo desde la fecha del despido esto es desde el 2 de enero de 2020 hasta la convalidación del mismo en base a una remuneración de $232.320 además de las cotizaciones de seguridad social reclamadas durante toda la relación laboral para lo cual se oficiará a las instituciones administrativas en Fonasa y AFP PlanVital para comunicar el cobro de dichas cotizaciones. g. Se acoge la indemnización a todo evento de trabajadora de casa particular por el periodo comprendido entre el 11 de abril de 2019 y 2 de enero de 2020, ascendente a la suma de $80.523.- h. Que se ordena e

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 26 de noviembre de 2021 RUC 20-4-0259781-0 RIT O-2036-2020 CARATULADO rodriguez/URETA MAGISTRADO Mauricio Alejandro Vidal Caro ADMINISTRATIVO DE ACTAS Rodrigo Valenzuela Ponce HORA DE INICIO 12:26 HORA DE TERMINO 12:57 SALA Sala virtual 15 (2.1) Nº REGISTRO DE AUDIO 2040259781

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