Juzgado de Garantía de San Bernardo

C/ FABIÁN ANDRÉS PÉREZ JARA

Rol

O-1395-2022

Fecha

15 de marzo de 2023

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos : “El día 08 de julio de 2021, siendo aproximadamente las 08:00 horas, y mientras el supervisor de los de los guardias de seguridad de la constructora Los Hidalgos, ubicada en las inmediaciones de calle Manuel Montt intersección calle Rosario González Labarca de la comuna de Buin, llegaba a su lugar de trabajo, tomó conocimiento que uno de sus trabajadores, el acusado FABIAN ANDRES PÉREZ JARA se retiraba del lugar antes del horario del salida del mismo, advirtiendo posteriormente que este último había sustraído desde el interior del lugar y sin la voluntad de su dueño, las siguientes especies: 6 linternas, 4 radios portátiles, diversos accesorios de bicicleta, 2 cascos de seguridad, 2 calefactores, 2 hervidores, 1 microondas, 1 teléfono celular marca Samsung modelo A01 color negro, especies las cuales las había subido el acusado a su vehículo particular para luego retirarse del lugar. Las especies sustraídas con ánimo de lucro por parte del imputado tienen un avalúo que asciende a la suma de 1.000.000. Se precisa finalmente que le imputado de desempeñaba como guardia de seguridad en el lugar ya indicado al momento de los hechos.” Transcripción de lo resolutivo de la sentencia dictada en audiencia. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1°, 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 18, 50, 68, 446 N°2 del Código Penal y 36, 297, 340, 342, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que se condena a FABIÁN ANDRÉS PÉREZ JARA, ya individualizado, como autor del delito de hurto, cometido en grado de desarrollo consumado y perpetrado en el territorio jurisdiccional de este Código: TPYZXEXDKJH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Tribunal el días 8/07/2021, a sufrir la pena de multa de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1°, 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 18, 50, 68, 446 N°2 del Código Penal y 36, 297, 340, 342, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que se condena a FABIÁN ANDRÉS PÉREZ JARA, ya individualizado, como autor del delito de hurto, cometido en grado de desarrollo consumado y perpetrado en el territorio jurisdiccional de este Código: TPYZXEXDKJH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Tribunal el días 8/07/2021, a sufrir la pena de multa de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 11 de la Ley N°18.216, se sustituye a sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de PRESTACIÓN DE SERVICIO EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD POR EL TÉRMINO DE 80 HORAS. Que, condenado deberá cumplir la pena de conformidad a lo establecido en el artículo 12 de la Ley 18.216, no pudiendo exceder de ocho horas diarias, la cual deberá ser compatible con la actividad laboral que desarrolla. En el evento de no cumplir la condena, ésta podrá ser sustituida por la pena privativa de libertad inicialmente impuesta, sin días de abono a considerar. Se deberá presentar en C.R.S. Santiago Sur II para cumplir la cond

Texto Completo (Preview)

ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO CON ADMISIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL IMPUTADO. Fecha : quince de marzo de dos mil veintitrés. Imputado : FABIÁN ANDRÉS PÉREZ JARA, cédula de identidad N° 17.239.400-0, fecha de nacimiento 11 de junio 1989, con domicilio en calle Adriana Pacheco Silva Nº 1711, comuna de Buin. Víctima : FABIÁN ESTEBAN VERDEJO ARELLANO. Fiscal : GUILLERMO TAPI

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica