Juzgado de Garantía de Calama.

ARIEL ANDRES DEVIA GALLARDO C/ MAYCOL ALFONSO CASTILLO ALFARO

Rol

O-3197-2022

Fecha

16 de marzo de 2023

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 24 de Julio de 2022 alrededor de las 02.40 horas en circunstancias que el requerido MAYCOL ALFONSO CASTILLO ALFARO se encontraba conduciendo en manifiesto estado de ebriedad el vehículo marca Chevrolet, placa patente UN-9147 por calle Punta arenas con Avenida Grecia, comuna de Calama, fue sorprendido por personal policial no respetando la señal ética por lo cual personal policial lo fiscalizo, percatándose así que el requerido mantenía halito alcohólico, rostro congestionado e incoherencia al hablar, Posteriormente fue trasladada al HOSPITAL CARLOS CISTERNAS, lugar donde se le practicó la respectiva alcoholemia, la cual arrojo 2.16 g/L según consta en informe de alcoholemia n°02-ANT-OH-2473-2022. El imputado admite responsabilidad y el Tribunal resuelve: Calama, dieciséis de marzo de dos mil veintitrés Y de conformidad con lo previsto en los 196 de la Ley N° 18.290 de Transito en relación al art. 110 y 111 de mismo cuerpo normativo, en relación a los artículos 1, 12 N° 16, 14, 15 N° 1, 30, 67, 69, 70 del mismo cuerpo legal, artículos 1, 2, 7, 9, 93, 297, 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 1, 8 de la Ley 18.216; se declara: I. Que, se condena a MAYCOL ALFONSO CASTILLO ALFARO, cédula de identidad N° 0018183686-5, ya individualizado, a la pena de 301 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 02 unidades tributarias mensuales, pena accesoria de suspensión de licencia de conducir por el periodo de 5 años y la pena accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad a título de autor del delito de CONDUCCIÓN DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, prescrito y sancionado en el artículo 196 de la Ley N° 18.290 de Transito en relación al art. 110 y 111 de mismo cuerpo normativo, en grado de consumado, ocurrido en esta jurisdicción el día 24 de julio de 2022. II. Que, se le otorga la pena sustitutiva de RECLUSIÓN DOMICILIARIA NOCTURNO (con control mediante monito

Fallo

se declara: I. Que, se condena a MAYCOL ALFONSO CASTILLO ALFARO, cédula de identidad N° 0018183686-5, ya individualizado, a la pena de 301 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 02 unidades tributarias mensuales, pena accesoria de suspensión de licencia de conducir por el periodo de 5 años y la pena accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad a título de autor del delito de CONDUCCIÓN DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, prescrito y sancionado en el artículo 196 de la Ley N° 18.290 de Transito en relación al art. 110 y 111 de mismo cuerpo normativo, en grado de consumado, ocurrido en esta jurisdicción el día 24 de julio de 2022. II. Que, se le otorga la pena sustitutiva de RECLUSIÓN DOMICILIARIA NOCTURNO (con control mediante monitoreo telemático), por el mismo periodo de duración de la condena, el que deberá verificarse en el domicilio de Pasaje OJO DE OPACHE 14 KILOMETRO Nº 7400 de Calama, desde las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente, para tales efectos el condenado deberá presentarse ante el Centro de Reinserción Social de El Loa Calama al Código: PJKBXEGKWPG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:libracas_92@hotmail.com 2 quinto día de ejecutoriada la presente sentencia, sin días de abono a considerar. III. La Defensa deberá entregar el informe de factibilidad técnica del domicilio apo

Texto Completo (Preview)

1 ACTA DE AUDIENCIA JUICIO ORAL SIMPLIFICADO EFECTIVO RIT : 3197 - 2022 RUC : 2200714735-3 FECHA : dieciséis de marzo de dos mil veintitrés HORA INICIO : 11:50 hrs. HORA TÉRMINO : 11:55 hrs. DELITO : CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES. JUEZ : MARIANA MILENG CHIANG MUÑOZ FISCAL : EDUARDO ALBERTO PEÑA MARTÍNEZ DEFENSOR : JOSE MELLA IMPUTADO 1 : MAYCOL ALFONSO CASTILLO ALFARO

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