Juzgado de Garantía de Río Negro.

MP C/ LEONARDO ANDRÉS CÁRDENAS TOLEDO

Rol

O-229-2023

Fecha

6 de marzo de 2023

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y oídos. Que, atendido la admisión de responsabilidad del imputado, se dictó sentencia de manera verbal contenida en el registro de audio del Tribunal, y que en la parte resolutiva se impuso lo siguiente: Que el día 05 de marzo de 2023, alrededor de las 08:35 horas aproximadamente, el imputado LEONARDO ANDRÉS CÁRDENAS TOLEDO, transitaba por calle 5 de abril esquina Bernardo O’Higgins de la comuna de Purranque, llevando entre sus vestimentas un arma blanca tipo cuchillo, marca Tramontina, de 10 centímetros de hoja y 12 centímetro de empuñadura, empuñadura cubierta con una huincha de color rojo y la hoja con una funda de huincha negra; no justificando el porte de dicho elemento. Por todas estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 15, 11 N° 9, 14, 15, 24, 25, 30, 67, 68 bis, 69, 288 bis del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: 1.- Que se condena a don LEONARDO ANDRES CARDENAS TOLEDO, C.I. 16.591.106-7, domiciliado en calle 5 de abril N°372, comuna de Purranque, a la pena pecuniaria de un tercio de Unidad Tributaria Mensual, como autor del delito de porte ilegal de arma punzante o cortante, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, en grado de desarrollo de consumado, perpetrado en esta jurisdicción el día 9 de enero de 2023. Código: LBKJXECKPXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl JUZGADO DE GARANTIA RIO NEGRO 2.- Que, atendido el tiempo de privación de libertad con ocasión de la presente causa se dará por cumplida la pena de multa. 3.- Que se decreta el comiso y destrucción de la especie incautada por mantener su origen en la consumación del ilícito condenado. 4.- Que se exime del pago de las costas de la causa, atendido la admisión de responsabilidad del imputado. Ejecutoriado que se encuentre la presente sentencia, cúmplase con lo dispuesto por el artículo 468 del Código Procesal Penal. L

Fallo

SE DECLARA: 1.- Que se condena a don LEONARDO ANDRES CARDENAS TOLEDO, C.I. 16.591.106-7, domiciliado en calle 5 de abril N°372, comuna de Purranque, a la pena pecuniaria de un tercio de Unidad Tributaria Mensual, como autor del delito de porte ilegal de arma punzante o cortante, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, en grado de desarrollo de consumado, perpetrado en esta jurisdicción el día 9 de enero de 2023. Código: LBKJXECKPXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl JUZGADO DE GARANTIA RIO NEGRO 2.- Que, atendido el tiempo de privación de libertad con ocasión de la presente causa se dará por cumplida la pena de multa. 3.- Que se decreta el comiso y destrucción de la especie incautada por mantener su origen en la consumación del ilícito condenado. 4.- Que se exime del pago de las costas de la causa, atendido la admisión de responsabilidad del imputado. Ejecutoriado que se encuentre la presente sentencia, cúmplase con lo dispuesto por el artículo 468 del Código Procesal Penal. Los intervinientes presentes en la audiencia quedan personalmente notificados de todo resuelto. ANÓTESE, REGÍSTRESE Y ARCHÍVESE EN SU OPORTUNIDAD. RIT 229-2023 RUC 2300241512-7 Dictada por don MATÍAS ESTEBAN ALEJANDRO IRRIBARRA OLIVARES, Juez Suplente del Juzgado de Garantía de Río Negro. Código: LBKJXECKPXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl

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JUZGADO DE GARANTIA RIO NEGRO RIT : 229 - 2023 RUC : 2300241512-7 PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO MATERIA : PORTE ILEGAL DE ARMA PUNZANTE O CORTANTE RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA IMPUTADO : LEONARDO ANDRÉS CÁRDENAS TOLEDO Río Negro, seis de marzo de dos mil veintitrés. Vistos y oídos. Que, atendido la admisión de responsabilidad del imputado, se dictó sentencia de manera verbal contenida en el re

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