MP C/ JUAN ALEJANDRO FLORES CONCHA
Rol
O-2-2023
Fecha
15 de marzo de 2023
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Que el día diez de marzo pasado, ante esta Sala del Tribunal Oral en lo Penal de Talca se llevó a efecto la audiencia de juicio oral para conocer la acusación fiscal dirigida contra JUAN ALEJANDRO FLORES CONCHA, cédula de Identidad número 21.356.919-8, soltero, temporero, con estudios hasta 1° año de enseñanza media, nacido en Talca el día 30 de julio de 2003, de diecinueve años de edad, con domicilio en calle 27 ½ Norte, 5 ½ Oriente N°1330, Villa Don Ricardo III, Talca, asistido por la abogada defensora penal público, doña Marcela Cameron Maureira, con domicilio registrado en la carpeta judicial. Fue parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público, representado por la fiscal adjunto, doña Paola González Díaz, con domicilio también registrado en carpeta virtual.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la imputación relativa a los hechos efectuada por el Ministerio Público en contra del acusado, según el auto de apertura, es del siguiente tenor: El día 23 de junio de 2022 en horas de la tarde el imputado Juan Alejandro Flores Concha con el propósito de sustraer especies se dirigió junto a otras dos personas cuya identidad hasta ahora se desconoce abordo del móvil marca Ford modelo Ecosport PPU HFDF-91 mismo que le había facilitado la pareja de su madre dirigiéndose hasta el domicilio de la víctima Doña Mabel Sáez Ortiz ubicado en pasaje 21 ½ norte b número 3343 de Talca aprovechándose que la víctima no se encontraba en el lugar premuniéndose de elementos contundentes y accediendo hasta el interior de este en primera instancia realizando una palanca en la reja perimetral forzando la chapa y luego ejecutando similar acción en un ventanal trasero de 1.80 metros de largo por 1.30 metros de ancho, procedieron a ingresar al interior del inmueble y sustraer con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño un televisor Smart Tv marca AOC color negro de 43”, un play station 4 color negro con un joystick de color negro, un notebook marca HP de 15”, un teléfono celular marca Samsung modelo A50 color negro, diferentes tipos de joyas de plata y fantasía, diferentes cremas de belleza, un manojo de llaves con acceso a todo el domicilio, un casco de motocicleta color negro-verde y moto motocicleta marca Husqvarna modelo svartpilen año 2021 color negro-gris PPU PHV-074, motocicleta que se encontraba en al patio posterior, cargándolas en el móvil en que se transportaban y dándose a la fuga con las especies en su poder, en tanto que la motocicleta fue retirada del lugar siendo conducida por uno de los imputados. Se indica por el Ministerio Público que los hechos antes descritos son constitutivos del delito de robo con fuerza en lugar habitado previsto y sancionado en el artículo 440 N°1, en relación con el artículo 432, ambos del Código Penal. Le atribuye al acusado participación en calidad de autor. Ilícito que el Ministerio Público estima se encuentra en grado de desarrollo consumado. Código: DDBBXECSMXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Agrega el órgano persecutor que respecto del acusado Flores Concha concurre la circunstancia atenuante contemplada en el artículo 11 N°6 del Código Penal, esto es, irreprochable conducta anterior y solicita en la acusación que se le imponga la pena de siete años de presidio mayor en su grado mínimo; accesorias legales del artículo 28 del Código Penal; el comiso de las especies incautadas; se disponga el registro de Huella Genética de conformidad al artículo 17 de la ley 19.970, y; se le condene al pago de las costas de la causa. SEGUNDO: Que en su alegato de apertura la representante del Ministerio Público dio por reproducidos los hechos contenidos en la acusación. Sostuvo que para acreditar los hechos y la participación del acusad
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°6, 11 N°9, 14 N° 1, 15 N°1, 18, 21, 24, 28, 31, 50, 432, 440 N° 1 y 449 del Código Penal y artículos 45, 46, 47, 129, 130, 295, 296, 297, 329, 333, 340, 341, 342, 343, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal, SE DECLARA: Código: DDBBXECSMXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que SE CONDENA a JUAN ALEJANDRO FLORES CONCHA, ya individualizado, como autor del delito consumado de robo con fuerza en las cosas perpetrado en lugar destinado a la habitación, de especies de propiedad de Mabel Sáez Ortiz, cometido en Talca el día 23 de junio de 2022 y se le impone la pena de CINCO AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO MÍNIMO, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. II.- Que, en atención a la extensión de la pena corporal impuesta, por no ser procedente, no se sustituye por alguna de las que contempla la Ley 18.216, por lo que el sentenciado deberá cumplirla efectivamente, computándose desde el día 23 de junio de 2022, fecha desde la que ha permanecido ininterrumpidamente privado de libertad, según consta en el auto de apertura. En consecuencia, para efectos del cómputo de la pena, hasta la fecha de comunicación de esta sentencia, deben considerarse doscientos sesenta y cinco (265) días
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Talca, quince de marzo de dos mil veintitrés VISTO: Que el día diez de marzo pasado, ante esta Sala del Tribunal Oral en lo Penal de Talca se llevó a efecto la audiencia de juicio oral para conocer la acusación fiscal dirigida contra JUAN ALEJANDRO FLORES CONCHA, cédula de Identidad número 21.356.919-8, soltero, temporero, con estudios hasta 1° año de enseñanza media, nacido en Talca el día 30 de
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