3º Juzgado de Garantía de Santiago

MP C/ HOLMAN DAVID SILVA CORREDOR

Rol

O-2344-2022

Fecha

13 de marzo de 2023

Materia

ROBO CON INTIMIDACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos referidos en la acusación son los siguientes: El día 01 de junio de 2022, cuando la víctima, doña Verónica Vásquez Bulboa, se encontraba manipulando su teléfono celular en la plaza ubicada en la intersección de las calles Aníbal Pinto y Vivaceta, en la comuna de Independencia, se le acercó el acusado, quien la apuntó con un cuchillo logrando de este modo que le entregara dicho aparato, especie con la causal se dio a la fuga, Estos hechos fueron calificados como constitutivos de un delito de robo con intimidación, previsto y sancionado en el inciso primero del artículo 436 del Código Penal, en grado de consumado , en el intervino el acusado como autor. El Ministerio Público consideró concurrentes las atenuantes previstas en los números 6 y 9 del código del ramo y pidió se sancionara al acusado con las penas de tres años y un día de presidio menor en su grado mínimo, más las accesorias de inhabilitación perpetua para derechos políticos y de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. En la audiencia, el ente persecutor dio a conocer los antecedentes de la investigación. 2° En conocimiento, además, de sus derechos y preguntado por este juez, el acusado aceptó los hechos de la acusación y los antecedentes que la fundaban, expresó que renunciaba al juicio oral y que no había sido presionado. 3° La defensa señaló que no haría alegaciones sobre el fondo de la pretensión punitiva y pediría se sustituyera la sanción privativa de libertad por la expulsión del territorio nacional. 4° Así las cosas, sobre la base de los antecedentes referidos en la audiencia y el consentimiento expresado por el acusado, se tendrá como establecidos los hechos antes Código: LPTYXEZLQKF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl referidos, en los mismo términos en que fueron planteados, los que constituyen el delito materia de la acusación y en que tomó parte el acusado como autor. 5

Fallo

se declara que don Holman David Silva Corredor es autor de un delito de robo con intimidación, previsto y sancionado en el inciso primero del artículo 436 del Código Penal, en grado de consumado; en tal calidad, deberá cumplir las penas de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo y las accesorias de inhabilitación perpetua para derechos políticos y de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. Se sustituye la ejecución de la sanción privativa de libertad por la expulsión del territorio nacional en los términos que establece el artículo 34 de la Ley N° 18.216. En caso de que se deje sin efecto la pena sustitutiva, se imputará al cumplimiento de la pena el tiempo en que el sentenciado llegue a estar privado de libertad con motivo de esta causa, desde el 01 de junio de 2022 y hasta que se lleve efecto la expulsión. Comuníquese al Servicio de Registro Civil, a la Contraloría General de la República, a Gendarmería de Chile, al Ministerio del Interior y Seguridad Pública y a la Policía de Investigaciones de Chile. RUC N° 2200533582-9 RIT N° 2344 - 2022 Dictada por Pedro Advis Moncada, juez titular, Tercer Juzgado de Garantía de Santiago. Código: LPTYXEZLQKF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-03-14T13:00:33-0300

Texto Completo (Preview)

Santiago, trece de febrero de dos mil veintitrés. Oídos y teniendo presente: 1° En esta audiencia se conoció la acusación deducida verbalmente contra don Holman David Silva Corredor, cédula de identidad N° 14.887.360-7, nacido el 01 de septiembre de 2001, domiciliado en avenida Independencia N° 801, departamento 1622, comuna de Independencia. En lo esencial, los hechos referidos en la acusación

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