Jgdo. L. y G. de Panguipulli

ANONIMIZADO

Rol

F-221-2019

Fecha

31 de marzo de 2023

Materia

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Primero: Que en la presente causa sobre Violencia Intrafamiliar, con fecha 1 de diciembre del año 2020, se suspendió condicionalmente la dictación de la sentencia, imponiéndose como condiciones al denunciado don Benito , Run N°NUM000, La Prohibición de acercarse a la víctima doña Perla , Run NUM001; condición aplicada por el lapso de 1 año. Segundo: Que no consta en la carpeta judicial que el denunciado haya incumplido la condición impuesta. Tercero: Que ha transcurrido más de un año desde la fecha de la resolución por medio de la cual se suspendió condicionalmente la dictación de la sentencia. Por lo anterior, y teniendo presente lo...

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Panguipulli, treinta y uno de Marzo de dos mil veintitrés | Vistos: Primero: Que en la presente causa sobre Violencia Intrafamiliar, con fecha 1 de diciembre del año 2020, se suspendió condicionalmente la dictación de la sentencia, imponiéndose como condiciones al denunciado don Benito , Run N°NUM000, La Prohibición de acercarse a la víctima doña Perla , Run NUM001; condición aplicada por el lapso

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