Juzgado de Garantía de Puente Alto

MICHAEL ALEXIS INOSTROZA CASTILLO C/ JUAN ANDRÉS CARVAJAL GONZÁLEZ

Rol

O-58-2022

Fecha

8 de marzo de 2023

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos señalados en la acusación y en la sentencia dictada el día ocho de marzo de dos mil veintitrés, toda vez que se indica el día 11 de enero de 2022, en circunstancias que corresponde al 11 de enero de 2021, de oficio, en uso de la facultad prevista en el artículo 184 del Código de Procedimiento Civil, en relación con lo dispuesto en el artículo 52 del Código Procesal Penal, se rectifica el fallo dictado, sólo en lo mencionado, quedando en lo demás igual. Forme la presente resolución como parte integrante de la sentencia de fecha ocho de marzo de dos mil veintitrés. Sin perjuicio de lo anterior, y a fin de que exista total claridad respecto al contenido exacto e íntegro de la parte resolutiva del fallo ya referido, se transcribe ésta a continuación con su enmendadura, en la forma que debe quedar de manera definitiva: Notifíquese vía correo electrónico a Fiscalía y Defensoría. RUC: 2100038170-2 RIT: 58 – 2022 /nfm Código: XZDVXEBJCXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Individualización de Audiencia de Acusación.. Fecha Puente Alto, ocho de marzo de dos mil veintitrés Magistrado GRICELDA MARGARITA VALENZUELA RODRÍGUEZ Fiscal RODRIGO PEÑA BRICEÑO Defensor ALEJANDRO GARCIA Hora inicio 11:42AM Hora termino 12:00PM Sala SALA 1 Tribunal Juzgado de Garantía de Puente Alto Acta FGM RUC 2100038170-2 RIT 58 - 2022 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA JUAN ANDRÉS CARVAJAL GONZÁLEZ (COMPARECE) 0019229721- 4 Calle EL ESPINO Nº 14148. EL CASTILLO Nº . La Pintana. Actuaciones efectuadas • Audiencia de carácter virtual. • Se da lectura a la acusación. • El imputado acepta los hechos de la acusación y el procedimiento abreviado. • Se ordena su ingreso en calidad de condenado rematado. • Sentencia ejecutoriada. Apercibimiento: RUC RIT Ambito afectado Detalle del Hito Valor 210003817 0-2 58-2022 PARTICIPANTES.: Denunciado. - CARVAJAL GONZÁLEZ JUAN ANDRÉS Art. 26 1 Sentencia.: RUC RIT Ambito afectado Detalle de

Fallo

fallo dictado, sólo en lo mencionado, quedando en lo demás igual. Forme la presente resolución como parte integrante de la sentencia de fecha ocho de marzo de dos mil veintitrés. Sin perjuicio de lo anterior, y a fin de que exista total claridad respecto al contenido exacto e íntegro de la parte resolutiva del fallo ya referido, se transcribe ésta a continuación con su enmendadura, en la forma que debe quedar de manera definitiva: Notifíquese vía correo electrónico a Fiscalía y Defensoría. RUC: 2100038170-2 RIT: 58 – 2022 /nfm Código: XZDVXEBJCXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Individualización de Audiencia de Acusación.. Fecha Puente Alto, ocho de marzo de dos mil veintitrés Magistrado GRICELDA MARGARITA VALENZUELA RODRÍGUEZ Fiscal RODRIGO PEÑA BRICEÑO Defensor ALEJANDRO GARCIA Hora inicio 11:42AM Hora termino 12:00PM Sala SALA 1 Tribunal Juzgado de Garantía de Puente Alto Acta FGM RUC 2100038170-2 RIT 58 - 2022 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA JUAN ANDRÉS CARVAJAL GONZÁLEZ (COMPARECE) 0019229721- 4 Calle EL ESPINO Nº 14148. EL CASTILLO Nº . La Pintana. Actuaciones efectuadas • Audiencia de carácter virtual. • Se da lectura a la acusación. • El imputado acepta los hechos de la acusación y el procedimiento abreviado. • Se ordena su ingreso en calidad de condenado rematado. • Sentencia ejecutoriada. Apercibimiento: RUC RIT Ambito afectado Detalle del Hito Valor 210003817 0-2 58-2022 PARTICIPANTES.

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Puente Alto, trece de marzo de dos mil veintitrés Advirtiendo el Tribunal que existe en un error en la fecha de ocurrencia de los hechos señalados en la acusación y en la sentencia dictada el día ocho de marzo de dos mil veintitrés, toda vez que se indica el día 11 de enero de 2022, en circunstancias que corresponde al 11 de enero de 2021, de oficio, en uso de la facultad prevista en el artículo 1

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