M.P. C/ DANIEL ANTONIO JAQUE ROJAS
Rol
O-4429-2022
Fecha
10 de marzo de 2023
Materia
CONDUC.VEHIC DURANTE VIG ALG.SANCI IMPUEST ART209 LEY 18290.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 31 de agosto del año 2022, alrededor de las 12:10 horas, mientras funcionarios de carabineros realizaban controles vehiculares selectivos en la ruta J-440, a la altura del km. 1, de la comuna de Teno, fiscalizan la motocicleta marca sanlg, modelo sl 150 6, año 2012, color rojo, placa patente única JC-0365, conducida por el imputado DANIEL ANTONIO JAQUE ROJAS, quien al ser requerido por los aprehensores manifestó que su licencia estaba retenida, no obstante se pudo comprobar que su licencia de conducir le fue cancelada en las causas RUC 1200620884-1, Rit N° 4718-2012 del Juzgado de garantía de Curicó de fecha 02 de enero de 2013; por sentencia dictada con fecha 16 de agosto de 2013, en causa ruc 1300131279-5, Rit N° 787-2013, del Juzgado de garantía de Curicó, el imputado fue condenado, entre otras penas, a la cancelación de su licencia de conducir y por sentencia dictada por el Tribunal oral en lo penal de Curicó de fecha 10 de junio de 2016, en causa R.U.C.: N° 1500564267-9, Rit N° 66-2016 a la CANCELACION DE SU LICENCIA DE CONDUCIR como AUTOR del delito de MANEJO EN ESTADO DE EBRIEDAD CON LICENCIA CANCELADA.” S E D E C L A R A: I).- Que, SE CONDENA a don DANIEL ANTONIO JAQUE ROJAS, ya individualizado, en calidad de AUTOR del ilícito de CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO CON LICENCIA CANCELADA, previsto y sancionado en el artículo 209 de la Ley 18.290, el que se encuentra en grado de desarrollo de CONSUMADO, cometido en este territorio jurisdiccional, el día 31 de agosto del año 2022, a sufrir la pena de CIENTO OCHENTA DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, más las accesorias legales del artículo 30 del Código Penal, esto es, LA SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA. Código: CXSRXEQSYME Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II).- Que, atendido el tiempo que el imputado ha estado con la medida cautelar de arresto domiciliario total en esta causa, a sabe
Fallo
fallo ejecutoriado a contar de esta fecha. VI).- Se hace presente que la presente sentencia no contiene presupuestos de anonimización contemplada en el acta 44/2022 de fecha 15.02.2022 de la Excelentísima Corte Suprema. REGISTRESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE, en su oportunidad Dese estricto cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 468 del Código Procesal Penal. RUC : 2200854603-0 RIT : 4429 - 2022 Dirigió la audiencia y resolvió - ROBERTO GARCIA GIL. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Certifico: Que la firma de la presente sentencia corresponde al Magistrado que la suscribe. Curicó, diez de marzo de dos mil veintitrés FERNANDO MALDONADO BRAVO Ministro de Fe Juzgado de Garantía Curicó Código: CXSRXEQSYME Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-03-13T07:27:57-0300
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Curicó., diez de marzo de dos mil veintitrés Tribunal JUZGADO DE GARANTÍA DE CURICÓ Magistrado ROBERTO GARCIA GIL Imputado 1) DANIEL ANTONIO JAQUE ROJAS C.I. 0012910194-6 Fecha de Nacimiento 09/11/1975 Dirección Calle LA FORTUNA , COMALLE Nº S/N, TENO DELITO CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO CON LICENCIA CANCELADA Participación Autor Grado desarrollo C
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