Juzgado de Garantía de Curico.

M.P. C/ CRISTINA DEL PILAR ALCAPÁN ANTIHUALA

Rol

O-5357-2022

Fecha

6 de marzo de 2023

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: 1. Que el Ministerio Público ha presentado requerimiento en procedimiento simplificado contra del imputado CRISTINA DEL PILAR ALCAPÁN ANTIHUALA por el delito de Hurto simple fundado en los siguientes hechos: “El día 26 de octubre del año 2022, alrededor de las 11:25 horas, la imputada CRISTINA DEL PILAR ALCAPAN ANTIHUALA, con el ánimo de robar se dirigió hasta el local comercial LIQUIMAX, ubicado en calle peña n 685, comuna de curicó, Ya una vez al interior del local procedió a apropiarse con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño de diversas especies de valor que oculto en una bolsa reutilizable, consiste en 01 colonia marca AMMEN 210 ml, 01 colonia marca AMMEN 5 M Y 14 crema de hidratación ELVIVE, especies avaluadas en la suma de $49.000, traspasando las paletas de seguridad de dicho local comercial sin cancelar los producto, incorporando a su ámbito exclusivo de protección, huyendo del local comercial siendo sorprendida por carabineros con las especies en su poder.” El día 3 de diciembre 2022 en horas de la tarde aproximadamente a las 13:00 horas, al interior de supermercado Mayorista 10, ubicado en Avenida Camilo Henríquez 898 Curicó, la imputada que se encontraba al interior de dicho supermercado le imputada CRISTINA DEL PILAR ALCAPÁN ANTIHUALA sustrajo para así con ánimo de lucro unas especies del dicho supermercado, especies consistentes en 3 botellas de licor en particular un licor de menta, Código: LQGXXECFHNE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl un licor spritz Rosy, un cóctel sour avaluado en la suma total de $33.790, especie con la que pasó la línea de caja sin pagar por las especies. 2. .Que con el mérito de los antecedentes que obran en la carpeta investigativa y la admisión de responsabilidad del requerido son suficientes para estimar que se encuentran acreditados los hechos contenidos en el requerimiento, los que se encuadran en el tipo penal del artículo 446 N° 3 del C

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo prescrito en el artículo 1, 14 N° 1, 15 N° 1 11 N° 9, 12 N° 16 y 446 del Código Penal; y artículos 45, 388 y 395 del Código Procesal Penal, se RESUELVE: I).- Que, SE CONDENA a CRISTINA DEL PILAR ALCAPÁN ANTIHUALA, cédula de identidad 0020269955-3, ya individualizada, en calidad de AUTORA de DOS ilícitos de Hurto simple, previstos y sancionados en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, el que se encuentra en grado de desarrollo de CONSUMADO, cometidos en este territorio jurisdiccional, el día 26 de octubre del año 2022 y 3 de diciembre 2022, a cumplir DOS penas de CINCUENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, más las accesorias legales del artículo 30 del cuerpo de normas citado, esto es, LA SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, al pago de DOS MULTAS a beneficio fiscal de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II) Que, NO reuniendo la sentenciada CRISTINA DEL PILAR ALCAPÁN ANTIHUALA, el requisito estatuido en la Ley 18.216, se declara que NO SE LE CONCEDEN PENAS SUSTITUTIVAS, debiendo cumplir íntegramente la pena impuesta, considerándose como abono 94 días que ésta permaneció privada de libertad en razón de esta causa, a saber, el día 26 de octubre de 2022 y del 03 de diciembre de 2022 la fecha actual. Iníciese el cumplimiento de esta pena privativa de libertad, al día siguiente a aquel en que el presente fallo se encuentre ejecutoriado. Cúmplase dicha pena en el CENTRO DE CUMPLIMIENTO PENITENCIARIO

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Curicó, seis de marzo de dos mil veintitrés Tribunal JUZGADO DE GARANTÍA DE CURICÓ Magistrado JORGE OMAR VALENZUELA NAVARRO Imputada CRISTINA DEL PILAR ALCAPÁN ANTIHUALA C édula identidad 0020269955-3 Fecha de nacimiento 24 de enero de 2000 Dirección Calle SIERDA GORDA Nº 1226, CURICO DELITO Hurto simple (2). Participación AUTORA Grado desarrollo CONSU

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