CALDERÓN/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA
Rol
C-29056-2019
Fecha
3 de julio de 2020
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En presentaci n de 25 de septiembre de 2019 comparece do aó ñ ELISABETH ALEJANDRA CALDERON Z IGA, domiciliada en calleÚÑ Garrido N 13.791, departamento 401-A, comuna de Lo Barnechea,° interponiendo demanda de prescripci n extintiva sobre las acciones deó cobro de derechos de aseo municipales en contra de la MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA, representada por su alcalde don FELIPE GUEVARA STEPHENS, ambos domiciliados en Avenida El Rodeo N 12.777, comuna Lo Barnechea.° Se ala que es deudora de derechos municipales por la prestaci n delñ ó servicio recolecci n de residuos domiciliarios, correspondientes a laó propiedad ubicada en calle Garrido N 13.791, departamento 401-A,° comuna de Lo Barnechea, por el per odo que se extiende desde el d a 30 deí í abril de 2009 hasta el d a 30 de noviembre de 2013, por la suma deí $1.365.003. Indica que el cobro extrajudicial formulado por la demandada se fundamenta en la ley 11.704, que fija el texto refundido de la Ley de Rentas. En esta, no se centran normas relativas a la prescripci n de lasó acciones que tienen las Municipalidad para el cobro de las obligaciones tributarias que gravan a los deudores de dichos rganos edilicios, raz n poró ó la cual corresponde aplicar las reglas generales de prescripci n estatuidas enó el C digo Civil, espec ficamente establecida en el art culo 2521, y enó í í subsidio la norma del art culo 2515.í Sostiene que los derechos de aseo que se cobran se enmarcan por su naturaleza jur dica dentro de lo que son los impuestos o tributos obligatoriosí y peri dicos. Siendo aplicable el art culo 2521 del C digo Civil,ó í ó procediendo entonces la declaraci n de prescripci n de las deudas poró ó servicios de aseo cuyos vencimientos se hayan producido desde 30 de abril de 2009 hasta 30 de noviembre de 2013. En presentaci n de 12 de diciembre de 2019, la ó demandada evacuó contestaci n, allan ndose a la demandada.ó á Adem s, dedujo demanda reconvencional de cobro de derechos deá aseo por la suma de $111.6
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece do a Elisabeth Alejandra Calder nñ ó Z igaúñ , demandando de prescripci n extintiva sobre las acciones de cobroó de derechos de aseo municipales en contra de la Municipalidad de Lo Barnechea, representada por su alcalde don Felipe Guevara Stephens. SEGUNDO: Que por su parte la demandada se allan a laó pretensi n de la parte actora.ó A su vez, dedujo demanda reconvencional de cobro de derechos de aseo por la suma de $111.657. I.- Respecto de la demanda principal: TERCERO: Que seg n lo se alan los art culos 6 y 7 del D.L.ú ñ í N 3.063, sobre Rentas Municipales, las municipalidades cobrar n un° á derecho por el servicio domiciliario de extracci n de basuras.ó CUARTO: Que al respecto, el art culo 2514 del C digo Civil,í ó establece La prescripci n que extingue las acciones y derechos ajenos exige“ ó solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligaci n se haya hechoó exigible .” A su vez, el inciso primero del art culo 2515 del mismo cuerpo legalí agrega Este tiempo es en general de tres a os para las acciones ejecutivas y“ ñ de cinco para las ordinarias , regla que debe aplicarse en la especie por” tratarse de derechos municipales y no de impuestos. Finalmente, el art culo 2518 del C digo Civil se ala que Laí ó ñ “ prescripci n que extingue las acciones ajenas puede interrumpirse, yaó natural, ya civilmente. Se interrumpe naturalmente por el hecho de reconocer el deudor la obligaci n, ya expresa, ya t citamente .ó á ” QUINTO: Que a fin de acreditar su pretensi n la demandanteó acompa informe de deuda derechos de aseo, emitido por lañó Municipalidad de Lo Barnechea el 5 de diciembre de 2019, respecto del inmueble ubicado en calle calle Garrido 13.791, departamento 401 A, en el periodo comprendido entre el 30 de abril de 2009 y 30 de noviembre de 2019. SEXTO: Que seg n se desprende del Informe de deuda derechos deú “ aseo el actor es deudor de derechos por la extracci n de basura del” ó inmueble de su propiedad a cuyo pago se encontraba obligado, los que vencieron entre el 30 de abril de 2009 y 30 de noviembre de 2019. S PTIMO: Que desde el vencimiento de las obligaciones hasta laÉ presentaci n de la demanda de autos, ha transcurrido el plazo de 5 a osó ñ para declarar prescrita la acci n para el cobro de los derechos de aseo cuyosó vencimientos corresponden al per odo comprendido entre el í 30 de abril de 2009 y el 30 de noviembre de 2013, raz n por la que se acoger laó á demanda. II.- En cuanto a la demanda reconvencional. OCTAVO: Que la demandada reconvencional ha reconocido adeudar a la Municipalidad de Lo Barnechea la suma de $111.657.- por concepto de morosidad en el pago de derechos de aseo desde el 30 de abril de 2019, por lo que se acoger esta demanda.á NOVENO: Que cada parte pagar sus costas. á En consecuencia y visto adem s lo dispuesto en los art culos 1698,á í 2514 y siguientes del C digo Civil; y, art culos 144, 17
Fallo
se resuelve:ó I.- Que se acoge la demanda principal, declar ndose prescrita laá acci n para perseguir el cobro de derechos de aseo del inmueble de respectoó del inmueble ubicado en calle Garrido N 13.791, departamento 401 A,° cuyos vencimientos corresponden al per odo comprendido entre el 30 deí abril de 2009 y 30 de noviembre de 2013. II.- Que se acoge la demanda reconvencional, conden ndose a laá demandada reconvencional a pagar a la suma de $111.657, por concepto de pago de derechos de aseo devengados desde el 30 de abril de 2019. III.- Que cada parte pagar sus costas.á Reg strese, notif quese y arch vese.í í í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, tres de Julio de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-07-03T11:10:44-0400
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-29056-2019 CARATULADO : CALDER N/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LOÓ BARNECHEA Santiago, tres de Julio de dos mil veinte VISTOS: En presentaci n de 25 de septiembre de 2019 comparece do aó ñ ELISABETH ALEJANDRA CALDERON Z IGA, domiciliada en calleÚÑ Garrido N 13.791, departamento 401-A, comuna de Lo Barnechea,° interponi
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