DILLMAN LEANDRO RAMIREZ CACERES C/ TULIO IGINIO ALEXANDER DURAN RENGEL
Rol
O-5514-2022
Fecha
10 de marzo de 2023
Materia
POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “Que a partir de Agosto del 2022, previo a interceptaciones telefónicas legalmente autorizadas, se estableció la participación de un funcionario de carabineros identificado como: Martin Aguayo Salinas, quien facilitaba (convención) su arma de fuego particular que corresponde a una pistola marca Taurus, número de serie TMB32075, por intermedio del imputado: Pablo GARROTE TIRADO a distintas personas entre ellas a un sujeto de nacionalidad venezolana, identificado como Tulio Iginio Alexander DURAN RENGEL, lo cual queda de manifiesto en las escuchas telefónicas. Código: YDNSXEXHJXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Así las cosas el día 8 de noviembre del año 2022, funcionarios de carabinero de la 1° Comisaría de Arica, que realizaban labores de patrullaje preventivo por el sector, en Av. 18 de septiembre divisan un vehículo marca FORD, modelo Focus, PPU RCXW-27, el cual es fiscalizado dado que mantenía sus vidrios polarizados; al ser consultado el conductor identificado como: Jonathan Herrera Suarez, no portaba ningún documento, en dicho instante dos ocupantes más del vehículo se bajan y es que en ese momento los funcionarios observan que uno de los ocupante del vehículo de nombre Tulio Alexander Duran Rengel, asomaba desde la pretina del pantalón la empuñadura de una arma, por lo que al revisar al sujeto portaba un arma de fuego marca Taurus, modelo 9x19, 9 mm., con su respectivo cargador el cual mantenía un total de 16 cartuchos 9 mm, serie n° TMB32075, de la cual no mantenía permiso para su porte y tenencia arma propiedad del imputado Martin Gabriel Aguayo Salinas, la cual fue facilitada por intermedio del imputado Pablo GARROTE TIRADO. Calificación jurídica: A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos configuran el delito de porte ilegal de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 9 inciso 1°, en relación con el artículo 2 de la Ley 17.798. Se atribuye al a
Fallo
se declara: I.- Que se condena a MARTÍN GABRIEL AGUAYO SALINAS, cédula de identidad N° 19.364.292-6, ya individualizado, a las penas de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y al comiso del arma incautada, como autor del delito consumado de porte ilegal de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 9 inciso 1° de la Ley 17.798, hecho cometido en Arica el día 08 de noviembre de 2022. II.- Que se sustituye la pena privativa de libertad impuesta, por la de libertad vigilada intensiva, quedando el sentenciado sujeto al control del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile por el mismo tiempo de la condena, debiendo cumplir durante este período con el plan de intervención individual que se apruebe en su oportunidad y con las condiciones establecidas en el artículo 17 letras a), b) y c) de la ley 18.216. El sentenciado deberá presentarse, en un plazo de cinco días, en dependencias del Centro de Reinserción Social de Cañete, a fin de comenzar el cumplimiento de la pena sustitutiva. Si fuere revocada dicha pena sustitutiva deberá cumplir efectivamente la pena corporal, sirviéndole de abono los ciento dieciséis días que el sentenciado permaneció privado de libertad con motivo de esta causa. Se fija audiencia de Ley 18.216 para la aprobación del plan de intervención individual, para el
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ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, diez de marzo de dos mil veintitrés Magistrado GABRIEL ALEJANDRO ORMEÑO VALDEBENITO Fiscal BRUNO WALTER HERNÁNDEZ TUÑÓN Defensor privado JUAN CARLOS CASANOVA FAÚNDEZ Tipo Audiencia Procedimiento Abreviado Hora inicio 10.06 Hora termino 10:36 Sala 2 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica. Registro de audio 2201113191-7-992-230310-00-09 - PABR GOV ACG RIT 5514 22 Acta A
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