MP C/ GONZALO MARTÍN TOLEDO ALVIAL
Rol
O-217-2022
Fecha
11 de marzo de 2023
Materia
POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, ROBO CON VIOLENCIA. ART.433, 436 INC. 1:, 438 Y 439., ROBO CON INTIMIDACION.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Los días 3 y 6 de marzo de este año 2023 se constituyó la Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Linares, integrada por los Magistrados don Gabriel Ortiz Salgado, quien presidió, doña Scarlet Quiroga Jara y don Christian Leyton Serrano, para conocer de la acusación deducida por el Ministerio Público, representado por el Fiscal Adjunto doña Carola D´Agostini Ibáñez, domiciliado en calle Freire N° 226 de la ciudad de Linares, en contra de GONZALO MARTÍN TOLEDO ALVIAL, cédula nacional de identidad N° 21.010.449-6, nacido en Longaví el día 1 de mayo del año 2002, trabajador agrícola, domiciliado en la población El Nevado, pasaje 3 ½ Norte N° 3 de Longaví, representado por el Defensor Penal Privado doña Carmen Greco Burgos, domiciliado en calle Independencia N° 85 oficina 504 de la ciudad de Linares, por estimarlo autor de los delitos consumados de robo con violencia y robo con intimidación, ilícitos descritos y sancionados en los artículos 432 y 436 del Código Penal, y de porte y tenencia ilegal de arma de fuego y municiones, tipificado y castigado en los artículos 2 y 9 de la Ley sobre Control de Armas.
Fundamentos
CONSIDERANDO: Código: BHHQXEQGHKE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 PRIMERO: Que el Ministerio Público sostuvo acusación por los siguientes hechos que textualmente se transcriben: “HECHO N° 1: El 12 de junio de 2020, alrededor de las 20:30 horas, en circunstancias que la víctima RONAD PETIT FREDE, haitiano, permanecía en el interior de su domicilio ubicado en Villa Longaví de la comuna de Longaví, en el instante en que abría la puerta aparecieron dos individuos de sexo masculino, uno de ellos el imputado GONZALO MARTÍN TOLEDO ALVIAL, quien procedió a colocarle un revólver color negro en su cabeza mientras el otro sujeto le registraba sus vestimentas, sustrayéndole desde el bolsillo de su pantalón un teléfono celular marca SAMSUNG color negro de la Empresa WOM, y desde el otro bolsillo su billetera color negro, al proceder la víctima a voltearse con el fin de defenderse el mismo individuo que le sustrajo las especies lo golpeó con un palo en el brazo izquierdo, dándose a la fuga del lugar ambos imputados, saliendo la víctima tras ellos, momento en que el imputado volteó y disparó el arma. Las especies sustraídas fueron avaluadas en $100.000 (cien mil pesos). A consecuencia de la agresión, la víctima resultó con contusión de hombro y del brazo de carácter leve. HECHO N° 2: El 05 de julio de 2020, alrededor de las 12 horas, la víctima EXUME WIDMARC, haitiano, se encontraba en la intersección de calles 7 Norte con 3 Poniente, Villa Los Conquistadores, comuna de Longaví, fue abordado por dos sujetos, uno de ellos el imputado GONZALO MARTÍN TOLEDO ALVIAL, quien portaba un revolver en su mano con el cual lo intimidó, mientras que el otro sujeto lo obligó a entregar su celular, accediendo la víctima sin oponer resistencia, sacándole además su billetera que portaba en el bolsillo trasero de su pantalón, sustrayendo $50.000 (cincuenta mil pesos) en dinero efectivo que portaba en el interior, para luego tirar la billetera al suelo, huyendo ambos del lugar, avaluando en total lo sustraído en $200.000 (doscientos mil pesos). Código: BHHQXEQGHKE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 HECHO N° 3: El día 18 de agosto de 2020, alrededor de las 13:30 horas, al interior del Fundo Porvenir del Sector Las Mercedes de la comuna de Longaví, fue sorprendido el imputado GONZALO MARTÍN TOLEDO ALVIAL por personal de la Policía de Investigaciones portando entre sus vestimentas, una pistola marca JENNING FIREARMS, calibre .380, serie N° 926546, con un cartucho sin percutir calibre 9 mm., sin tenerla inscrita ni contar con permiso otorgado por la autoridad competente para su tenencia o porte, todo esto al momento de proceder a detenerlo en virtud de la orden de detención existente en su contra”. Tales presupuestos fácticos fueron calificados por la Fiscalía como constitutivos de los delitos consumados de robo con violencia y robo con intimi
Fallo
Por tanto, hay duda razonable Código: BHHQXEQGHKE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 8 para condenar al acusado. Aún más, la víctima dijo que lo asaltaron dos sujetos y con un revólver, y diferenciaba el revólver como más corto que la pistola más larga y al acusado nunca se le encontró un revólver. Se contradice con lo señalado por el Ministerio Público porque Ronald no habla del otro sujeto que le pegó con un palo o que tuvo con él un encontrón, inclusive se señala que el otro sujeto sacó el celular, que los golpes en la víctima son producto del palo que tenía el otro sujeto. El Ministerio Público no acreditó legalmente la participación del acusado en los hechos porque no hubo un reconocimiento objetivo. Pregunta como Ronald no recuerda la vestimenta o el pelo de la persona a la que reconoce porque vive cerca. Acá hubo una inducción de la señora Pilar, la policía derechamente tenía resuelto el asunto y por ello exhibió la fotografía y se produjo el reconocimiento. Ronald tampoco es capaz de describir al segundo sujeto, lo que es dudoso. En el hecho 2 tampoco hay prueba, no sólo porque don Exume no declaró, sino que porque supuestamente se exhibieron fotos que según la policía debían ser este sujeto y que ya estaba inducido como el autor. Lo único que pudieron rescatar fueron las cámaras de seguridad que dan cuenta de dos sujetos delgados vestidos de oscuro que tampoco permiten reconocer la cara o quienes era
Texto Completo (Preview)
1 PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL LINARES CONTRA : GONZALO MARTÍN TOLEDO ALVIAL DELITO : ROBO CON VIOLENCIA, ROBO CON INTIMIDACIÓN (ABSUELTO) Y PORTE ILEGAL DE ARMA DE FUEGO R. U. C. : N° 2000677137-9.- R. I. T. : N° 217-2022.- Linares, a once de marzo del año dos mil veintitrés. VISTOS: Los días 3 y 6 de marzo de este año 2023 se constituyó la Primera Sala del Tribunal de Juici
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