C/ HÉCTOR BUDDY AHUMADA JARA
Rol
O-61-2022
Fecha
10 de marzo de 2023
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia de la acusación contenida en el auto apertura del juicio oral, reproducidos textualmente, son los siguientes: “El día 22 de octubre de 2019, alrededor de las 14.10 horas, el imputado HECTOR BUDDY AHUMADA JARA, ingresó al patio de la casa habitación ubicada en calle Domeyko N° 646, comuna de Cabildo, lo que hizo por la parte posterior del inmueble, mediante el escalamiento del muro perimetral que limita con la piscina municipal, una vez al interior, desde el patio sustrajo una artesanía de greda y un saco con paltas de los árboles existentes en el lugar, huyendo con las especies en su poder, las que son avaluadas por el ofendido JOEL BASUALTO ALAMOS, en la suma de $120.000”. A juicio de la Fiscalía los hechos antes mencionados son constitutivos del delito consumado de robo con fuerza en las cosas Código: XXLQXEXTXDE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 en lugar destinado a la habitación, previsto y sancionado en el artículo 440 Nro. 1 del Código Penal y le atribuye una participación culpable en calidad de autor directo, según lo dispuesto en el Artículo 15 Nº 1 del Código Penal, indicando que concurre a su respecto la circunstancia agravante de reincidencia prevista en el artículo 12 N°15 del Código Penal por lo que solicita se le imponga las penas de 8 años de presidio mayor en su grado medio, accesorias legales, incorporación de su huella genética al registro nacional de condenados y se le condene en costas. TERCERO: Alegatos de inicio. Que, el Ministerio Público en su apertura, señaló que se trata de un delito de robo con escalamiento, el acusado es conocido en el sector de Cabildo por este tipo de hechos como relatará la testigo Rosa, quien logró ver al imputado dentro del patio de su casa cuando venía saliendo con las especies del domicilio afectado, ella lo vio, lo enfrenta, el imputado le hace un gesto, por lo que logra identificarlo, la víctima además dará las características
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, el día seis de marzo en curso, ante la sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota integrada por las Juezas Leticia Morales Polloni, quien presidió la audiencia e integrada además por las juezas Genoveva Matteucci Vega y Mónica Oliva Rybertt, se llevó a efecto el juicio oral de la causa RUC N°1901159424-K, RIT N° 61-2022, seguido en contra de HÉCTOR BUDDY AHUMADA JARA, cédula de identidad N°15.058.269-5, nacido en Cabildo el 21 de octubre de 1981, 41 años, soltero, obrero agrícola, educación básica completa, apodado “el laucha”, domiciliado en Domeyko, S/N, Cabildo, actualmente en prisión preventiva en el Centro de Detención Preventiva de Quillota, representado legalmente por la abogada de la Defensoría Penal Pública María Alejandra Olivares Vásquez. Fue parte acusadora el Ministerio Público, representado por el fiscal adjunto José Ramírez Núñez. SEGUNDO: Acusación. Que, los hechos materia de la acusación contenida en el auto apertura del juicio oral, reproducidos textualmente, son los siguientes: “El día 22 de octubre de 2019, alrededor de las 14.10 horas, el imputado HECTOR BUDDY AHUMADA JARA, ingresó al patio de la casa habitación ubicada en calle Domeyko N° 646, comuna de Cabildo, lo que hizo por la parte posterior del inmueble, mediante el escalamiento del muro perimetral que limita con la piscina municipal, una vez al interior, desde el patio sustrajo una artesanía de greda y un saco con paltas de los árboles existentes en el lugar, huyendo con las especies en su poder, las que son avaluadas por el ofendido JOEL BASUALTO ALAMOS, en la suma de $120.000”. A juicio de la Fiscalía los hechos antes mencionados son constitutivos del delito consumado de robo con fuerza en las cosas Código: XXLQXEXTXDE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 en lugar destinado a la habitación, previsto y sancionado en el artículo 440 Nro. 1 del Código Penal y le atribuye una participación culpable en calidad de autor directo, según lo dispuesto en el Artículo 15 Nº 1 del Código Penal, indicando que concurre a su respecto la circunstancia agravante de reincidencia prevista en el artículo 12 N°15 del Código Penal por lo que solicita se le imponga las penas de 8 años de presidio mayor en su grado medio, accesorias legales, incorporación de su huella genética al registro nacional de condenados y se le condene en costas. TERCERO: Alegatos de inicio. Que, el Ministerio Público en su apertura, señaló que se trata de un delito de robo con escalamiento, el acusado es conocido en el sector de Cabildo por este tipo de hechos como relatará la testigo Rosa, quien logró ver al imputado dentro del patio de su casa cuando venía saliendo con las especies del domicilio afectado, ella lo vio, lo enfrenta, el imputado le hace un gesto, por lo que logra identificarlo, la víctima además dará las características de su domicilio. También vendrán los efect
Fallo
se acuerda si la casa estaba el día de los hechos como se veía en la foto. La casa estaba habitable, antes era una casa de madera, se derribó y se comenzó a construir en ladrillo, don Joel residía en Santiago y viajaba periódicamente a Cabildo. La denuncia la hizo el 24 de octubre porque esperó a que llegara don Joel. Ese día cuando ocurrieron las cosas ella conversó con su vecina Sandra, no es que haya estado averiguando cosas, es Sandra la que le dijo que era El Laucha, porque lo vio, y ella sabía que él pasaba por el patio porque él se lo había reconocido a un familiar. El tribunal no formuló preguntas aclaratorias. JOEL LEONARDO BASUALTO ALAMOS, RUN 7.804.603-1, nacido en Cabildo, el 17 de noviembre de 1956, casado, inspector en establecimiento educacional, con domicilio reservado, previo Código: XXLQXEXTXDE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 6 juramento respondió al fiscal, que es el perjudicado del robo que se hizo en la casa. Esto fue el 22 de octubre del 2019, le robaron varias cosas, figuras, antigüedades, paltas. En dos o tres oportunidades sufrió robos. Ese robo fue en su domicilio de Cabildo. Tenía figuras antiguas de yeso, de greda, típicas de huasos, riendas, estribos, ellas estaban en la parte del pasillo de la casa, es interior. Las paltas estaban en los árboles. Tenía figuras de 20 y de 80 centímetros, tanto de yeso como se greda. Dice que eran antigüedades porque eran estribos tallados, las
Texto Completo (Preview)
1 MINISTERIO PUBLICO DE QUILLOTA/ HÉCTOR BUDDY AHUMADA JARA ROBO EN LUGAR HABITADO RUC Nº: 1901159424-K RIT Nº: 61-2022 Quillota, diez de marzo de dos mil veintitrés. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, el día seis de marzo en curso, ante la sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota integrada por las Juezas Leticia Morales Polloni, quien presidió la
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica