6º Juzgado Civil de Santiago

ORDÓÑEZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPI

Rol

C-23928-2019

Fecha

2 de julio de 2020

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que, a fojas 1, comparece Marta Ordo ez Villanueva, due a de casa,ñ ñ domiciliada en Pasaje Ariel Arancibia N 255, Villa Pehu n IV, comuna de Maip e° é ú interpone demanda en juicio ordinario de declaraci n de prescripci n de acciones deó ó cobro de derechos de aseo domiciliario en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, persona jur dica de derecho p blico, representada legalmente por su alcaldesa Catherineí ú Barriga Guerra, ambos domiciliados en Avenida Cinco de abril N 260, comuna de° Maipú. Fundamenta su presentaci n, se alando que es due a de la propiedad ubicada enó ñ ñ Pasaje Ariel Arancibia N 255, Villa Pehu n IV, comuna de Maip , para lo cual° é ú acompa a a estos autos copia del certificado de dominio vigente, del Conservador deñ Bienes Ra ces de Santiago. í Indica que respecto de su propiedad, ya individualizada, existen derechos de aseo que se encuentran pendientes de pago, correspondiente al per odo comprendido entre elí 30 de junio de 2009 y el 30 de junio de 2019, seg n consta en el documentoú denominado Informe de deuda derechos de aseo, acompa ado en autos.ñ Agrega que consta en dicho documento que el per odo comprendido entre el í 30 de abril de 2009 y el 30 de noviembre de 2013, se encontrar a prescrito, atendido queí ha transcurrido el plazo establecido en la ley. Previas citas legales, solicita se declaren prescritas las acciones de cobro de derechos de aseo municipal impagos, m s sus respectivos reajustes, intereses y eventualesá multas respecto de la propiedad ubicada en Pasaje Ariel Arancibia N 255, Villa Pehu n° é IV, comuna de Maip ,ú correspondientes al periodo comprendido entre el 30 de junio de 2009 y el 30 de noviembre de 2013, ascendentes a la suma de $447.674. Que, con fecha 17 de junio de 2020, consta la notificaci n expresa de la entidadó demandada, de la demanda y su prove do.í C-23928-2019 Foja: 1 Asimismo, con igual fecha, contesta la demanda, allan ndose completamente a laá demanda, en los mismos t rminos solicit

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a fin de acreditar la efectividad de que las acciones emanadas de la deuda correspondiente a derecho de aseo municipal respecto del domicilio correspondiente a Pasaje Ariel Arancibia N 255, Villa Pehu n IV, comuna de Maip ,° é ú consta en autos el certificado emitido por la Municipalidad de Maip , que da cuenta deú sumas adeudadas entre el 30 de junio de 2009 y el 30 de junio de 2019, ambos inclusive. SEGUNDO: Que el art culo 2.514 del C digo Civil dispone que la prescripci ní ó ó que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones, cont ndose este tiempo desde queá la obligaci n se hizo exigible. ó TERCERO: Que por su parte el art culo 2.521 del mencionado cuerpo legalí se ala que prescriben en tres a os las acciones a favor o en contra del Fisco y de lasñ ñ Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos. CUARTO: Que es posible se alar que para que resulte procedente declarar lañ prescripci n de las acciones y derechos en comento, es necesario que hayan transcurridoó los plazos que establece la ley desde que se hizo exigible la obligaci n y que el titular deó aquellos no los haya ejercido manteni ndose inactivo a su respecto. é QUINTO: Que en cuanto a los periodos correspondientes a las deudas por concepto de derechos de aseo municipal devengadas entre el 30 de junio de 2009 y el 30 de noviembre de 2013, ambos inclusive, es posible colegir que sus acciones para el cobro se encuentran indefectiblemente prescritas, por cuanto han transcurrido m s de tres a osá ñ desde la fecha de vencimiento de las cuotas adeudadas y la notificaci n de la demandadaó del libelo pretensor, acaecida el d a 17 de junio de 2019, de acuerdo a lo que dispone elí art culo 2.521 del C digo Civil.í ó SEXTO: Que, habi ndose allanado a la demanda la Municipalidad demandada,é no se le condenar en costas, como se dir en la parte resolutiva de este fallo.á á

Fallo

Por estas consideraciones, citas legales, y visto adem s lo dispuesto en los 2492,á 2497, 2514, 2515 y 2521 y siguientes del C digo Civil, y art culos 144, 160, 253 yó í siguientes, del C digo de Procedimiento Civil y dem s normas pertinentes, se declara: ó á C-23928-2019 Foja: 1 I.- Que se acoge la demanda de fojas 1 declar ndose en consecuencia que lasá acciones para perseguir el cumplimiento del pago de las cuotas por concepto de derechos emanados de derechos de aseo municipal adeudados por la demandante a la Ilustre Municipalidad de Maip , correspondiente a las comprendidas ú entre el 30 de junio de 2009 y el 30 de noviembre de 2013, ambos inclusive, se encuentran prescritas, debiendo dichas cuotas eliminarse del estado de deuda por concepto de dichos derechos por parte de la demandada de autos, ejecutoriada que sea la presente sentencia. II-. Que, no se condena en costas a la parte demandada por haberse allanado a la demanda. An tese, reg strese y arch vese en su oportunidad. ó í í ROL N C-23.928-2019° DICTADA POR DO A ROMMY MULLER UGARTE, JUEZ TITULAR DELÑ SEXTO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. AUTORIZA MINDY VILLAR SIMON, SECRETARIA TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, dos de Julio de dos mil veinte C-23928-2019 Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020,

Texto Completo (Preview)

C-23928-2019 Foja: 1 FOJA: 14 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-23928-2019 CARATULADO : ORD EZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DEÓÑ MAIPI Santiago, dos de Julio de dos mil veinte VISTOS: Que, a fojas 1, comparece Marta Ordo ez Villanueva, due a de casa,ñ ñ domiciliada en Pasaje Ariel Arancibia N 255, Villa Pehu n IV, comuna de Maip e° é ú interpone de

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica