INMOBILIARIA LOS ANDES SPA/ANTILAF
Rol
C-389-2019
Fecha
2 de julio de 2020
Materia
REIVINDICACIÓN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que don Pablo Arriagada D az, abogado, domiciliado en calle Brasil N°213,í La Serena, en representaci n de Inmobiliaria Los Andes S.P.A, interpuso demandaó reivindicatoria en juicio ordinario en contra de don Juan Jos Antilaf Cea, ignoraé profesi n u oficio, domiciliado en pasaje Condell N°963, Coquimbo, fundada enó que su representada es due a y poseedora del inmueble consistente en un terrenoñ que corresponde a la quebrada que atraviesa el antiguo Balneario La Herradura desde el lado Sur Oriente hasta la carretera Panamericana, de la comuna de Coquimbo, seg n plano que se encuentra agregado bajo el N°144-A al final delú Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Coquimbo,í correspondiente al a o 1987. Contin a se alando que su representado adquiri elñ ú ñ ó inmueble por tradici n que le hizo don H ctor Domingo Arce Cerda, representadoó é por don H ctor Miguel Arce Trivi o y do a Gilda Silvia Trivi o Mu oz, sirviendoé ñ ñ ñ ñ de t tulo traslaticio de dominio la compraventa otorgada mediante escritura p blicaí ú de fecha 28 de enero de 2013, ante notario do a Claudia Alejandra Encina,ñ notario p blico y Conservador de Minas de Coquimbo, suplente del Titular deú Coquimbo don Mariano Torrealba Ziliani. Precisa que la inscripci n respectiva seó practic a favor de su representado a fojas 2.483 N°1.238 en el Registro deó Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Coquimbo, correspondiente al a oí ñ 2013. Expone que el inmueble consistente en un terreno que corresponde a la quebrada que atraviesa el antiguo Balneario La Herradura desde el lado Sur Oriente hasta la carretera Panamericana, de la comuna de Coquimbo, se encuentra ocupado ilegalmente por el demandado, quien se encuentra en posesi n material deló inmueble, en su totalidad, siendo su posesi n ilegal, pues no cuenta con t tulosó í v lidos que lo faculten para ocuparlo; no obstante lo anterior, se encuentraá habit ndolo y desarrollando todo tipo de actos que implican la usurpaci n delá ó
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don Pablo Arriagada D az, en representaci n deí ó Inmobiliaria Los Andes S.P.A, dedujo demanda reivindicatoria en juicio ordinario en contra de don Juan Jos Antilaf Cea, a fin de que se le restituya a sué representada, un terreno que corresponde a la quebrada que atraviesa el antiguo Balneario La Herradura desde el lado Sur Oriente hasta la carretera panamericana, de la comuna de Coquimbo, seg n plano que se encuentra agregado bajo elú N°144-A al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces deí Coquimbo, correspondiente al a o 1987, puesto que sta es due a de dichañ é ñ propiedad, inscrita a fojas 2.483 N°1.238 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Coquimbo, correspondiente al a o 2013 y elí ñ referido inmueble se encuentra ocupado ilegalmente por el demandado, quien está en posesi n material del mismo, en su totalidad, sin t tulos v lidos que lo facultenó í á para ocuparlo. En virtud de lo expuesto, previas citas legales, solicita en definitiva que se declare que el inmueble singularizado es de propiedad de su representado, por lo que se debe considerar como nico due o de este, que el demandado noú ñ tiene derecho de dominio alguno sobre el inmueble y en consecuencia debe restituirlo dentro de tercero d a desde que quede ejecutoriada la sentenciaí definitiva, bajo apercibimiento de lanzamiento de l y todos los dem s ocupantes;é á Asimismo solicita que se condene al demandado a restituir a su representado todos los frutos naturales y civiles del inmueble, incluidos los que se hubieran podido obtener con mediana inteligencia y actividad si se hubiese tenido el poder en manos de su representado desde el d a en que entr en posesi n material de la propiedad,í ó ó debi ndose considerar su tenencia como de mala fe para todos los efectos legales,é reserv ndose el derecho de pedir la determinaci n del valor de los frutos en laá ó poca de cumplimiento del fallo, y que se condene al demandado a indemnizar aé su representado por todos los deterioros que, por su culpa o hecho, ha sufrido la propiedad reivindicada, reserv ndose tambi n el derecho de pedir la determinaci ná é ó del valor de los deterioros en la poca de cumplimiento del fallo, con costas.é SEGUNDO: Que el demandado se mantuvo en rebeld a.í TERCERO: Que a fin de acreditar sus pretensiones la parte demandante rindi la siguiente prueba documental: ó a) Copia de inscripci n de dominio deló inmueble consistente en un terreno que corresponde a la quebrada que atraviesa el antiguo Balneario La Herradura desde el lado Sur Oriente hasta la carretera Panamericana de la comuna de Coquimbo, inscrito a nombre de Inmobiliaria Los Andes Limitada; b) Copia de escritura p blica de compraventa de fecha 28 deú enero de 2013, suscrita entre don H ctor Domingo Arce Cerda, representado poré don H ctor Miguel Arce Trivi o, y do a Gilda Trivi o Mu oz, como parteé ñ ñ ñ ñ vendedora, e Inmobiliaria Los Andes Limitada, como compradora, en relaci n a
Fallo
fallo favorable a las pretensiones del demandante, como consecuencia de la indeterminaci n del terreno que se debe restituir.ó DECIMOTERCERO: Que la cosa que se reivindica en estos autos es un terreno que, en el plano adjuntado por la demandante, se aprecia como un rect ngulo que seg n su inscripci n conservatoria, corresponde a una quebrada queá ú ó atraviesa el Balneario de La Herradura, hasta la Carretera Panamericana, cuyo deslinde SUR corresponde a la suma de dos tramos en l nea quebrada de 229 yí 116 metros cada uno, en tanto que el deslinde Oriente corresponde a una l neaí recta de 198 metros. Dicho inmueble es descrito por ambas testigos de la demandante como un terreno “grande” o “muy grande” que corresponde a la Quebrada Las Rosas. Lo anterior, aunado al hecho que el demandado reconoce que ocupa un espacio en dicha quebrada, agregando que rellen y emparej paraó ó hacerse dos piezas ya que no ten a donde vivir, permite colegir que, tal como loí manifiesta la testigo Cecilia Rodr guez Pizarro, es efectivo que el demandado ocupaí solo una parte del inmueble de dominio de la actora. DECIMOCUARTO: Que lo razonado en los considerandos anteriores lleva a su vez, a descartar que el demandado ocupe la totalidad del inmueble de propiedad de la actora (una quebrada de gran extensi n), y en estas circunstancias, se echaó de menos en la demanda, el se alamiento de los antecedentes o se ales precisas queñ ñ permitan identificar de alguna forma el terreno objeto de su acci n. Es
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FOJA: 57 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Coquimboº CAUSA ROL : C-389-2019 CARATULADO : INMOBILIARIA LOS ANDES SPA/ANTILAF Coquimbo, dos de Julio de dos mil veinte VISTOS: Que don Pablo Arriagada D az, abogado, domiciliado en calle Brasil N°213,í La Serena, en representaci n de Inmobiliaria Los Andes S.P.A, interpuso demandaó reivindicatoria en juicio ordinari
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