EDUARDO ANDRES FIGUEROA COFRE C/ ESTIVEN JESÚS ARAYA VALLADARES
Rol
O-4661-2022
Fecha
6 de marzo de 2023
Materia
RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de la acusación y los elementos fundantes de esta. • Tribunal dicta Sentencia. • El Ministerio Público renuncia a los plazos. Defensa no renuncia a los plazos. • A la fecha de la ejecutoría de la sentencia se dejará sin efecto las medidas cautelares y se dará orden ingreso en calidad de rematado. Sentencia.: RUC RIT Ambito afectado Detalle del Hito Valor Código: MXPGXEMDXEE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2200630658 -K 4661-2022 CAUSA.: R.U.C=2200630658- K R.U.I.=4661-2022 Fecha de deliberación 2023/03/06 Juez redactor GRICELDA MARGARITA VALENZUELA RODRÍGUEZ RELACIONES.: ARAYA VALLADARES ESTIVEN JESÚS / RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS Resultado Condenado. PARTICIPANTES.: Defensor privado. - RIVERA MIRANDA RODRIGO ALEJANDRO - - RELACIONES.: ARAYA VALLADARES ESTIVEN JESÚS / RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS Procedimiento Abreviado. HECHOS ACREDITADOS: El día 29 de junio de 2022 en acceso sur N° 696 en intersección con Av. Gabriela de la comuna de Puente Alto, el imputado ESTIVEN JESÚS ARAYA VALLADARES, fue sorprendido manteniendo en su poder, la motocicleta marca bajaj, modelo pulsar 135 color azul 2022, placa patente JB-0248 de propiedad de Fabián Jiménez Acevedo, las que previamente había sido robada y denunciado mediante el parte 281, de fecha 16 de abril del año 2022, conociendo su origen ilícito o no pudiendo menos que conocerlo. A juicio del Ministerio los hechos anteriormente descritos configuran un delito de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO previsto y sancionado en el artículo 456 bis a del Código Penal. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE RESPONSABILIDAD PENAL: artículo 11 N°9 y artículo 12 N° 15 del Código Penal. Puente Alto, a seis de marzo de dos mil veintitrés. - La parte expositiva y considerativa de la sentencia consta íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada. En atención a lo antes señalado y en virtud de lo previsto en los artículos 1, 3, 5,
Fallo
se resuelve: I.- Que se condena a ESTIVEN JESÚS ARAYA VALLADARES, cedula de identidad Nº 19.442.861-8, ya individualizado como autor de un delito consumado de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, por los hechos ocurridos en la comuna de Puente Alto con fecha 29 de junio de 2022, a la pena de quinientos cuarenta y un días (541) de presidio menor en su grado medio, a la accesorias legales del artículo 30 del Código Penal, esto es la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y a la pena de multa de un tercio de UTM. II.- Que, la pena de multa esta será sustituida por un día de privación de libertad y por ende se tendrá por cumplida por el día que permaneció privado de libertad con ocasión de esta causa. III.- Que, la pena corporal por no reunirse los requisitos de la ley 18.216 deberá ser de carácter real y efectiva abonándose todo el tiempo que ha pasado privado de libertad por la presente causa, menos el día que ya se imputó al cumplimiento de la multa, desde al 30 de junio de 2022 hasta la fecha. IV.- Que, se le exime del pago de las costas de la causa. Dese cumplimiento a lo prescrito en el artículo 468 del Código Procesal Penal una vez que la sentencia quede firme y ejecutoriada. Cúmplase, anótese, regístrese y archívese en su oportunidad.- RUC 2200630658-K RIT 4661 – 2022 Resolvió doña GRICELDA MARGARITA VALENZUELA RODRÍGUEZ, Juez (S) Juzgado de Garantía de Puente Alto. o La prese
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Rectifica acta de audiencia en lo destacado Individualización de Audiencia de Acusación. Fecha Puente Alto, seis de marzo de dos mil veintitrés Magistrado GRICELDA MARGARITA VALENZUELA RODRÍGUEZ Fiscal JAVIER CARREÑO LAVIN Defensor privado RODRIGO RIVERA Abogado GENCHI CLAUDIO CHANDIA Hora inicio 10:17AM Hora termino 10:35AM Sala 2vcz Tribunal Juzgado de Garantía de Puente Alto Acta Bárbara Olave
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