C/ HERICKSON HERNÁN CASTILLO CANALES
Rol
O-3007-2022
Fecha
8 de marzo de 2023
Materia
POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS “El día 17 de octubre del año 2022, siendo las 11:20 horas aproximadamente, funcionarios policiales de la 13° comisaria de la granja sorprendieron al imputado HERICKSON HERNAN CASTILLO CANALES, quien al ver la presencia policial se dio a la fuga e ingresando un inmueble ubicado en calle padre juan Meyer ° 0925, comuna de la granja quien mantenía en su parte trasera del pantalón al cinto un armamento tipo pistola marca Bersa S.A, modelo Thunder 40 pro, calibre 40, número de serie c24803 realizando una revisión del inmueble percatándose que el individuo se encontraba recostado sobre un colchón tapado y al realizar la revisión superficial se le encontró en su bolsillo del pantalón derecho 01 bolsa de nylon trasparente contenedora de una sustancia color beige alusiva a pasta base de cocaína y 20 bolsas transparente de nylon dosificadoras arrojando un pesos total de 86.5 gramos de pasta base de cocaína ”. Vistos y
Fundamentos
considerando Lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11Nº6,11N° 9, 14 Nº 1,15 Nº1, 24, 25, 29, 65, y siguientes del Código Penal, artículo 9° en relación con el artículo 1° de la Ley 17.798, artículos 4°, 52 de Ley 20.000, y 47, 297, 340, 341, 342,348, 406 y siguientes, 468 del Código Procesal Penal; disposiciones de la Ley 18.216.
Fallo
Se declara: I.- Que, se condena a HERICKSON HERNAN CASTILLO CANALES, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor del delitos previsto y sancionado en el artículo 9° en relación con el artículo 1° de la Ley 17.798, el que se encuentra en grado de desarrollo consumado, cometido el día 17 de octubre de 2022,en la comuna de La Granja. Código: EWMTXETXVFE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que, se condena a HERICKSON HERNAN CASTILLO CANALES, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, y a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y al pago de un multa, de SEIS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, como autor del delito de TRÁFICO ILÍCITO EN PEQUEÑAS CANTIDADES, previsto y sancionado en el artículo 4° en relación con el artículo 1°de la Ley 20.000 , el que se encuentra en grado de desarrollo consumado, cometido el día 17 de octubre de 2022, en la comuna de La Granja. III.- Que, la pena de multa precedentemente impuesta, se le tiene por cumplida con el tiempo que ha permanecido privado de libertad y con motivo de esta causa, esto es, desde el 17 de octubre de 2022, al día de hoy, según consta en Audiencia de Control de la Dete
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RESUMEN: RIT : - RUC : - MATERIA : PORTE ILEGAL DE ARMA DE FUEGO /MICROTRÁFICO. IMPUTADO : HERICKSON HERNAN CASTILLO CANALES RUT : . 5. -K DOMICILIO : PASAJE FRAY ANDRES Nº 5 , LA REINA. FISCAL : ALEXIS AGUILAR DEFENSOR PRIVADO : JORGE NUÑEZ SILVA ATENUANTE : Nº y 9. CODIGO PENAL AGRAVANTES : NO CONCURREN RESOLUCIÓN : SENTENCIA PROCEDIMIENTO ABREVIADO. Santiago, ocho de marzo de dos mil veintit
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