2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

GARRIDO/PARADA

Rol

O-6668-2020

Fecha

23 de noviembre de 2021

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones Previsionales, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización de trabajadora de casa particular, Otras Indemnizaciones, Prestaciones, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos señalado en la demanda; si eso hubiera ocurrido lo habría sabido materialmente. Señala que es igualmente falso que fuera contratada para el cuidado de su tía María Domitila García Marabolí, pues ella vivía en otro domicilio, en la comuna de Recoleta, con una vida totalmente independiente de la de su padre; ni contratada para el cuidado material de sus padres; su madre en septiembre del 2018 y padre en agosto del 2.020, eran personas totalmente sanas, de 73 y 78 años respectivamente, totalmente autovalentes, sin necesidad de cuidados especiales. Su madre, lamentablemente sufrió una falla multisistémica y su padre, sufrió un derrame gástrico severo causándole su muerte de manera instantánea, pero siempre fue autovalente. Don Luis Parada García, trabajó hasta noviembre del año 2.019, fecha que se pensionó, como funcionario del Cementerio General. Jamas requirieron asistencia especial de persona ajena, de ningún tipo. Como hijo único los asistió en sus últimos días. Nunca hubo entre la demandante y este demandado relación laboral alguna en los términos que previenen los artículos 1ro al 7° del Código del Trabajo, porque dicho cuerpo normativo requiere un contacto o contrato escrito, o consensual entre las partes contratantes. Tampoco fue demandado, ni requerido ante la inspección del trabajo. Señala que solo “por la gravísima situación social, y sanitaria, que nos ha emponzoñado, es que, en mi natural y humano compromiso social, después del fallecimiento de mi padre, llamé por teléfono a la señora Teresa Garrido, al saber que había concurrido en algunas oportunidades a asistir a mi progenitor, comunicándole la triste noticia, y que no era necesario que siguiera con su rutina esporádica laboral, por cuya razón y en atención a la situación económica que estaba viviendo Chile, le pregunté si mi padre le estaba debiendo algo, como agradecimiento a su preocupación. Ella me respondió que no me preocupara, que entendía la pena que yo tenía por la muerte de mi padre y qu

Fallo

se resuelve: I.- Hacer lugar a demandado a sus partes declarándose la relación laboral existente entre Teresa de Los Ángeles Garrido Cáceres y Luis Eugenio Parada García, entre el 12 de mayo de 1999 y el 30 de agosto de 2020, quedando condenado obligado en calidad de heredero universal de éste, don Claudio Parada Deneken, al pago de las siguientes prestaciones por los conceptos que se indican: a) Indemnización a todo evento de los trabajadores de casa particular del artículo 163 inciso final del Código del Trabajo, por monto de $2.655.180 b) Feriado legal y proporcional adeudado, por monto de $1.444.457. c) Las cotizaciones de seguridad social correspondientes a fondo de pensión y fondo de salud durante todo el tiempo servido esto es desde mayo de 1999 al 30 de agosto de 2020, las que deberán solucionarse sobre la base imponible de $489.416. Las sumas ordenadas pagar deberán actualizarse conforme al artículo 63 del Código del Trabajo y las cotizaciones de seguridad social, de acuerdo a lo dispuesto en los estatutos previsionales pertinentes. II. Imponer las costas al demandado, regulándose las costas personales en la suma de $600.000. Notifíquese por correo electrónico a los apoderados, en atención al régimen de funcionamiento extraordinario del tribunal RIT O-6668-2020 Dictada por Álvaro Flores Monardes, juez titular.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintitrés de noviembre de dos mil veintiuno. ANTECEDENTES Doña Teresa de los Angeles Garrido Cáceres, chilena, trabajadora de Casa Particular, domiciliada en Santiago dedujo demanda en procedimiento de aplicación general del trabajo en contra de CLAUDIO EUGENIO PARADA DENEKEN, en su calidad de heredero universal del empleador directo de la trabajadora, don LUIS EUGENIO PARADA GARCÍA, q

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