FISCALIA C/ JULIO TAPIA VILLALOBOS
Rol
O-226-2022
Fecha
9 de marzo de 2023
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y Teniendo Presente: I.- Que ante este Juzgado de Letras y Garantía de Petorca, tuvo lugar la presente audiencia de procedimiento abreviado con la presencia de la asistente de fiscal doña María Elsa Salinas Silva y del Defensor Penal Privado don Cristopher Veas Bermúdez y de los imputados don JULIO ALFREDO TAPIA VILLALOBOS y NIVALDO FABIAN BRUNA LOPEZ, ya individualizados, respecto de quienes, el Ministerio Público dedujo acusación verbal por la responsabilidad que les correspondería en el delito de Tráfico Ilícito de sustancias sicotrópicas y estupefacientes, hecho previsto y sancionado en el artículo 3º en relación con el artículo 1° de la Ley 20.000, en calidad de autores, en grado de desarrollo consumado. La acusación se fundamenta en que con ocasión de una orden de investigar expedida por parte de la Fiscalía Local de La Ligua diligenciada por personal de la sección de investigación criminalística OS7 de Carabineros de Aconcagua, se mantenían escuchas telefónicas y otros antecedentes relacionados a la comisión de un delito de Tráfico ilícito de Drogas, en el sentido que los blancos investigados, NIVALDO FABIAN BRUNA LOPEZ, juntos a otros sujetos, entre los cuales se Código: HXRGXEEXVMD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS Y GARANTÍA PETORCA encuentra el imputado JULIO ALFREDO TAPIA VILLALOBOS, se dedicaban a la comercialización de drogas, específicamente Marihuana elaborada, para su distribución a nivel provincial y regional, manteniendo importantes cantidades de dicha sustancia almacenadas en el domicilio de Pasaje Estadio 105, La Ñipa, de la comuna de Petorca. que correspondía al imputado TAPIA VILLALOBOS. De este modo, el día 28 de noviembre de 2022, alrededor de las 21:48 horas, previa instrucción del fiscal de turno, se concurrió al inmueble ya individualizado y previa lectura de derechos y autorización del encargado del mismo, correspondiente al imput
Fundamentos
fundamentos de la solicitud de la Fiscalía admitió a tramitación el procedimiento abreviado, después de interrogar a los acusados y verificar su libre, Código: HXRGXEEXVMD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS Y GARANTÍA PETORCA espontánea y plenamente informada voluntad en orden a proceder de esta forma por los hechos antes referidos y teniendo en consideración, además, que la pena solicitada por el Fiscal en la acusación no supera el límite legal de cinco años. Que después de haber oído a la asistente de Fiscal, quien reafirmó su pretensión y reiteró la acusación formulada, resumiendo los antecedentes en que se funda, se ofreció la palabra a la defensa quien solicitó se le concediera a sus representados la pena sustitutiva de Libertad Vigilada Intensiva, por cumplir éstos con las exigencias legales, para lo cual hace valer informe social, económico y sicológico. Asimismo solicitó que se les rebajará la pena de multa a 2 Unidades Tributarias Mensuales, o en subsidio se le concediera facilidades para su pago consistente en cuatro cuotas. Finalmente solicitó se hiciera aplicación respecto de sus representados de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 18.216. Acto seguido se preguntó a los acusados si tenían algo que manifestar y se procedió a dictar sentencia: CONSIDERANDO: PRIMERO: Que sobre la base del reconocimiento de los acusados de los hechos que fundan la acusación, se tiene por establecido que con ocasión de una orden de investigar expedida por parte de la Fiscalía Local de La Ligua diligenciada por personal de la sección de investigación criminalística OS7 de Carabineros de Aconcagua, se mantenían escuchas telefónicas y otros antecedentes relacionados a la comisión de un delito de Tráfico ilícito de Drogas, en el sentido que los blancos investigados, NIVALDO FABIAN BRUNA LOPEZ, juntos a otros sujetos, entre los cuales se encuentra el imputado JULIO ALFREDO TAPIA VILLALOBOS, se dedicaban a la comercialización de drogas, específicamente Marihuana elaborada, para su distribución a nivel provincial y regional, manteniendo importantes cantidades de dicha sustancia almacenadas en el domicilio de Pasaje Estadio 105. La Nipa, de la comuna de Petorca. que correspondía al imputado TAPIA VILLALOBOS. De este modo, el día 28 de noviembre de 2022, alrededor de las 21:48 horas, previa instrucción del fiscal de turno, se concurrió al inmueble ya individualizado y previa lectura de derechos y autorización del encargado del mismo, correspondiente al imputado JULIO ALFREDO TAPIA VILLALOBOS, se encontró al interior de dicho inmueble la cantidad de 850 gramos de Marihuana Elaborada, al Código: HXRGXEEXVMD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS Y GARANTÍA PETORCA interior de un tambor, dispuestos en dos paquetes envueltos en Nylon en su interior. Acto seguido, siend
Fallo
fallo configuran el delito de Tráfico Ilícito de sustancias sicotrópicas y estupefacientes, hecho previsto y sancionado en el artículo 3º en relación con el artículo 1º de la Ley 20.000, en grado de desarrollo de consumado. CUARTO: Que en cuanto a la participación de los acusados debe tenerse ella por establecida a título de autor, pues a partir de sus reconocimientos y restantes antecedentes de la investigación fiscal se ha establecido que tomaron parte en la ejecución del hecho de una manera inmediata y directa, en los términos del artículo 15 N°1 del Código Penal. QUINTO: El Tribunal tendrá presente que favorece a los imputados la circunstancia modificatoria de responsabilidad criminal del artículo 11 N° 6 del Código Penal, esto es, la de irreprochable conducta anterior, toda vez que los imputados no registran anotaciones prontuariales pretéritas y la del artículo 11 N° 9 del Código Penal, esto es, la de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos, por haber aceptado este procedimiento abreviado, lo que permitió al Código: HXRGXEEXVMD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS Y GARANTÍA PETORCA Ministerio Público solicitar la pena en un grado inferior al mínimo establecido por la ley. SEXTO: Que en cuanto a la solicitud de la defensa, en orden a rebajar el monto de la multa el tribunal no accederá a lo solicitado, teniendo para ello en consideración que ambos imputad
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PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS Y GARANTÍA PETORCA RUC : 2201194818-2 RIT : 226-2022 DELITO : Tráfico Ilícito de sustancias sicotrópicas y estupefacientes GRADO DESARROLLO : Consumado IMPUTADO : Julio Alfredo Tapia Villalobos CEDULA DE IDENTIDAD : 18.287.426-4 DOMICILIO : Calle Estadio N°105, La Ñipa, Petorca. PROCEDIMIENTO : Abreviado ATENUANTES : 11 N° 6 y 11 N° 9 del Código Penal AGRAVANTES :
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