9º Juzgado Civil de Santiago

HILL/

Rol

V-2-2020

Fecha

10 de julio de 2020

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En presentaci n de 3 de enero de 2020, comparece do a Mar aó ñ í Soledad Vallejo Lemus, abogada, en representaci n de do a VIRGINIAó ñ MARIE HILL JOBET, profesora, domiciliados en calle Morand 920,é oficina 908, comuna de Santiago, solicitando inscripci n de usufructo en eló Conservador de Bienes Ra ces y en subsidio anotaci n al margen.í ó Se ala que su madre, Berta Adriana Jobet Ojeda, adquiri porñ ó escritura p blica de 7 de noviembre de 1967, el dominio pleno del inmuebleú ubicado frente a la calle Arquitecto Bendjerot, antes Doctora Figueroa N 4.750, tambi n con frente a la calle Bartolom de las Casas N 2.111, que° é é ° corresponde al sitio n mero 17 del plano respectivo, comuna de Vitacura,ú cuyo t tulo fue inscrito a fojas 24.756 N 28.894 del Registro de propiedadí ° de 1967 del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago.í Por escritura p blica de 25 de mayo de 1992, do a Adriana Jobetú ñ Ojeda, vendi la nuda propiedad del referido inmueble a su nica hija,ó ú do a Virginia Marie Hill Jobet. Esta nuda propiedad se inscribi a fojasñ ó 36.704 N 27.114 del Registro de Propiedad de 1992 del Conservador de° Bienes Ra ces de Santiago.í La intenci n de la vendedora era clara en cuanto a que el prop sitoó ó era disponer exclusivamente de la nuda propiedad y conservar para sí misma el usufructo, aun cuando no se se alara de forma expresa en lañ escritura de compraventa, ni fuera inscrito en el Conservador de Bienes Ra ces. Quedando ello m s claro a n, dado que do a Berta Adriana Jobetí á ú ñ Ojeda, nunca constituy usufructo en favor de terceros, manteni ndolo paraó é s hasta su fallecimiento el 25 de septiembre de 1996.í Atendido que el usufructo nunca fue inscrito y que la vendedora ha fallecido y con el objeto de consolidar el dominio pleno sobre el inmueble en favor de la nuda propietaria se ingres la escritura de compraventaó citada para inscribir el usufructo que se reserv la vendedora, en eló Conservador de Bienes Ra ces de Santiago el 12 de diciembre de 2

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que do a Mar a Soledad Vallejo Lemus, enñ í representaci n de do a Virginia Marie Hill Jobet, solicita se ordene aló ñ Conservador de Bienes Ra ces de Santiago inscribir usufructo en favor deí do a Berta Adriana Jobet Ojeda, tambi n conocida como Adriana Jobetñ é Ojeda, respecto del inmueble cuyo t tulo fue inscrito a fojas 24.756í N 28.894 del Registro de propiedad de 1967 del Conservador de Bienes° Ra ces de Santiago.í En subsidio, solicita que se declare la extinci n del usufructo noó inscrito por el fallecimiento de do a Berta Adriana Jobet Ojeda, acaecido elñ 25 de septiembre de 1996 y la consolidaci n de la propiedad plena en favoró de la nuda propietaria, do a Virginia Marie Hill Jobet, e instruya hacer lasñ anotaciones pertinentes al margen de las respectivas inscripciones de dominio, fundado en las mismas consideraciones de hecho y derecho se aladas en la demanda principalñ SEGUNDO: Que en su informe el se or Conservador de Bienesñ Ra ces de esta ciudad se ala que no se accedi a dicha petici n porque elí ñ ó ó usufructo referido no se otorg de conformidad a lo establecido en eló art culo 767 del C digo Civil.í ó TERCERO: Que el art culo 582 del C digo Civil dispone que Elí ó “ dominio (que se llama tambi n propiedad) es el derecho real en una cosaé corporal, para gozar y disponer de ella arbitrariamente; no siendo contra la ley o contra derecho ajeno. La propiedad separada del goce de la cosa, se llama mera o nuda propiedad.” Por su parte el art culo 767 del mismo cuerpo normativo se ala queí ñ El usufructo que haya de recaer sobre inmuebles por acto entre vivos, no“ valdr si no se otorgare por instrumento p blico inscrito.á ú ” A su vez el art culo 1563 del c digo del ramo establece que Ení ó “ aquellos casos en que no apareciere voluntad contraria deber estarse a laá interpretaci n que mejor cuadre con la naturaleza del contrato. Lasó cl usulas de uso com n se presumen aunque no se expresen.á ú ” Finalmente, el Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Ra ces se ala en su art culo 18 que La parte perjudicada con la negativaí ñ í “ del Conservador, ocurrir al juez de primera instancia del departamento, quien en vista de esta solicitud y de los motivos expuesto por el Conservador, resolver por escrito y sin m s tr mite lo que corresponda.á á á ” CUARTO: Que para dar sustento a su relato y petici n la solicitanteó acompa : ñó - escritura p blica de compraventa de nuda propiedad celebrada el 25ú de mayo de 1992 celebrada entre do a Berta Adriana Jobet Ojeda, comoñ vendedora, y la solicitante, como compradora. - copia de inscripci n de dominio de fojas 24.756 N 28.894 deló ° Registro de Propiedad de 1967 del Conservador de Bienes Ra ces deí Santiago de la propiedad se alada, a nombre de do a Berta Adriana Jobetñ ñ Ojeda. - copia de inscripci n de dominio de fojas 36.704 N 27.114 deló ° Registro de Propiedad de 1992 del Conservador de Bienes Ra ces deí Santiago de la propiedad se alada, correspondiente a la nud

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-2-2020 CARATULADO : HILL/ Santiago, diez de Julio de dos mil veinte VISTOS: En presentaci n de 3 de enero de 2020, comparece do a Mar aó ñ í Soledad Vallejo Lemus, abogada, en representaci n de do a VIRGINIAó ñ MARIE HILL JOBET, profesora, domiciliados en calle Morand 920,é oficina 908, comuna de Santiago, solicit

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