Juzgado de Garantía de Talca.

MP C/ MANUEL ENRIQUE VÁSQUEZ CASTILLO

Rol

O-1280-2023

Fecha

7 de marzo de 2023

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos del requerimiento. TRIBUNAL RESUELVE Sentencia.: RUC RIT Ambito afectado Detalle del Hito Valor 230024801 1280-2023 CAUSA.: Fecha de 2023/03/07 Código: XBVBXEXRRJD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 1-5 R.U.C=230024801 1-5 R.U.I.=1280- 2023 deliberación Juez redactor CARINA DAYAN HONORATO GAJARDO RELACIONES.: VÁSQUEZ CASTILLO MANUEL ENRIQUE / Hurto simple por un valor de media a menos de 4 Resultado Condenado. RELACIONES.: VÁSQUEZ CASTILLO MANUEL ENRIQUE / Hurto simple por un valor de media a menos de 4 Procedimiento Simplificado. SENTENCIA DEFINITIVA Talca, siete de Marzo de dos mil veintitres.- Por estas consideraciones y VISTO además lo dispuestos por los Artículos 1, 3, 5, 7, 494 BIS del Código Penal; Artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I. Que SE CONDENA a MANUEL ENRIQUE VÁSQUEZ CASTILLO, cédula de identidad número 13.552.616-9, ya individualizado, a la pena de UN DÍA de Prisión en su Grado Mínimo, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al pago de una multa de UNA Unidad Tributaria Mensual, como autor, de la falta de HURTO DE ESPECIE del Artículo 494 Bis del Código Penal, cometida el 06 de Marzo del año 2023, en Talca. II. La pena corporal se le tiene por cumplida.- III. En cuanto a la pena de multa se le dará el lapso de un mes para el pago de la misma desde que la sentencia se encuentre firme y ejecutoriada y en caso de no contar con los bienes para la solución de la misma se procederá conforme al art. 49 del Código Penal, esto es, que pueda sustituirse por trabajos comunitarios o por la privación de libertad. Sin abonos que considerar. IV. Que se le exime del pago de las costas de la causa. Cúmplase con lo dispuesto en el Artículo 468 del Código Procesal Penal. REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE. Código: XBVBXEXRRJD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl R

Fallo

Por estas consideraciones y VISTO además lo dispuestos por los Artículos 1, 3, 5, 7, 494 BIS del Código Penal; Artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I. Que SE CONDENA a MANUEL ENRIQUE VÁSQUEZ CASTILLO, cédula de identidad número 13.552.616-9, ya individualizado, a la pena de UN DÍA de Prisión en su Grado Mínimo, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al pago de una multa de UNA Unidad Tributaria Mensual, como autor, de la falta de HURTO DE ESPECIE del Artículo 494 Bis del Código Penal, cometida el 06 de Marzo del año 2023, en Talca. II. La pena corporal se le tiene por cumplida.- III. En cuanto a la pena de multa se le dará el lapso de un mes para el pago de la misma desde que la sentencia se encuentre firme y ejecutoriada y en caso de no contar con los bienes para la solución de la misma se procederá conforme al art. 49 del Código Penal, esto es, que pueda sustituirse por trabajos comunitarios o por la privación de libertad. Sin abonos que considerar. IV. Que se le exime del pago de las costas de la causa. Cúmplase con lo dispuesto en el Artículo 468 del Código Procesal Penal. REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE. Código: XBVBXEXRRJD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RENUNCIA A LOS TÉRMINOS LEGALES Tanto Ministerio Público, la parte querellante y defensa renuncian a los plazos para interponer recursos legales, por lo anterior la sentencia queda

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de control de la detención. Fecha Talca., siete de marzo de dos mil veintitrés Magistrado CARINA DAYAN HONORATO GAJARDO Fiscal JORGE ALEJANDRO ARAVENA ROJAS Querellante PAMELA PALACIOS GONZALEZ Defensor CLAUDIA ANGÉLICA LANDEROS GARRIDO Hora inicio 11:11AM Hora termino 11:26AM Sala QUINTA SALA Tribunal Juzgado de Garantía de Talca. Acta cga Audio Nº 04 RUC 230024801

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