2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

MIRANDA/LATAM AIRLINES GROUP S.A.

Rol

O-6787-2020

Fecha

23 de noviembre de 2021

Materia

Costas, Despido injustificado, Otras Indemnizaciones, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Demanda. Compareció don JORGE DANIEL MIRANDA VILLALOBOS, cedula de identidad N° 14.589.917-6, cesante, domiciliado en Rodolfo Jaramillo Bruce N° 2489, Melipilla, quien interpuso demanda en juicio ordinario laboral del Trabajo en contra de su ex empleador la empresa LATAM AIRLINES GROUP S.A., rol único tributario N° 89.862.200-2, empresa del giro de transporte aéreo, representada legalmente por doña Viviana Vallecillo Marchant, cedula de identidad N° 11.635.059-9, ambos con domicilio en Av. Américo Vespucio N° 901, Renca. Solicita que, en definitiva, se declare lo siguiente: a) Improcedente la causal de despido invocada por el empleador. b) Recargo del 30% sobre la indemnización por años de servicio: $2.929.016. c) Devolución seguro cesantía, la suma de $2.281.503. d) Que se condene en costas a la demandada. Expone que ingresó a la empresa el día 26 de noviembre de 2010, desempeñando el cargo de Agente Servicio al Pasajero. Al momento de su despido se desempeñaba como Ejecutivo Contact Center III. El 16 de abril de 2020 la empresa puso término a su contrato de trabajo mediante la entrega de la respectiva carta de despido invocando la causal establecida en el artículo 161 numero 1 esto es “necesidades de la empresa”, fundando esta causal en la baja de la productividad de la compañía debido a los cambios en las condiciones del mercado que ha producido la pandemia generada por el coronavirus COVID- 19 tanto en chile como en el extranjero. Indica que remuneración ascendía a la suma de $1.084.821. Agrega que el motivo de su despido fue la pandemia producida por el virus COVID-19, que lamentablemente azota nuestro país, sin perjuicio de ello y de la misma forma es de público conocimiento que la empresa LATAM solo dos semanas antes de que se acogiera al “Capítulo 11” de la Ley de Bancarrota estadounidense, debido a la crisis financiera derivada del COVID-19, la familia Cueto se apresuró a pagar una cuantiosa deuda que años antes había contraído con Inversione

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Audiencia preparatoria. Llamado a conciliación. Hechos pacíficos. Hechos controvertidos. Que en la audiencia preparatoria se verificaron los siguientes trámites procesales: Llamado a conciliación: resultó frustrado. Hechos pacíficos: 1) Existencia de relación laboral. 2) Fecha de inicio y termino. 3) Causal de despido invocada por el empleador. 4) Monto de remuneración. 5) Monto del descuento por aporte del empleador al seguro de cesantía, por la suma de $2.281.503. Hechos controvertidos: 1) Procedencia del despido por la causal invocada. Hechos y circunstancias que lo acrediten. SEGUNDO: Medios de prueba de la demandada. Que la demandada incorporó los siguientes medios de prueba: Documental 1) Contrato de trabajo de 26 de noviembre de 2010 con Lan Airlines S.A. 2) Anexo de contrato de trabajo de fecha 1 de enero de 2020 entre el actor y LATAM Airlines Group S.A. 3) Carta de despido del actor de fecha 16 de abril de 2020. 4) Finiquito del actor de 16 de abril de 2020, firmado el 5 de mayo de 2020. 5) Documento titulado simulación de finiquito del señor Miranda de fecha 16 de abril de 2020. 6) Comunicado interno enviado por LATAM, denominado “Plan de retiro voluntario”. 7) Comunicado interno enviado por LATAM, denominado “Permiso sin sueldo- Preguntas Frecuentes”. 8) Comunicado interno enviado por LATAM, denominado “Cambio en las condiciones laborales para mitigar impacto coronavirus-Preguntas frecuentes”. 9) Documento interno denominado “Opciones plan retiro voluntario y permiso sin sueldo para empleados grupo LATAM en Chile”. 10) Documento interno denominado “LATAM Airlines Group-Chapter 11/Preguntas Frecuentes”. 11) Comunicaciones internas de la empresa de las siguientes fechas: 24 de marzo de 2020; 25 de marzo de 2020; 26 de marzo de 2020; 26 de marzo de 2020; 27 de marzo de 2020; 28 de marzo de 2020; 28 de marzo de 2020; 29 de marzo de 2020; 29 de marzo de 2020; 2 de abril de 2020; 2 de abril de 2020;2 de abril de 2020; 8 de abril de 2020; 9 de abril de 2020; 15 de abril de 2020; 17 de abril de 2020; 22 de abril de 2020; 24 de abril de 2020; 24 de abril de 2020; 24 de abril de 2020; 29 de abril de 2020; 29 de abril de 2020; 29 de abril de 2020; 30 de abril de 2020; 4 de mayo de 2020; 4 de mayo de 2020; 6 de mayo de 2020; 7 de mayo de 2020; 8 de mayo de 2020; 13 de mayo de 2020; 15 de mayo de2020; 20 de mayo de 2020; 22 de mayo de 2020; 24 de mayo de 2020; 26 de mayo de 2020; 26 de mayo de 2020; 28 de mayo de 2020; 29 de mayo de 2020; 3 de junio de 2020; 12 de junio de 2020; 16 de junio de 2020; 17 de junio de 2020; 17 de junio de 2020; 25 de junio de 2020; 26 de junio de 2020; 26 de junio de 2020; 29 de junio de 2020; 29 de junio de 2020; y, 1 de julio de 2020. 12) Comunicado Operación en Chile sobre vuelos domésticos realizados en el mes de junio 2020. 13) Informe sobre Operaciones del Grupo LATAM del periodo junio 2018 a mayo 2020. 14) Presentación sobre Junta Extraordinaria de Accionistas, de fech

Fallo

Por estas consideraciones y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 1, 2, 5, 7 a 12, 161 inciso 1°, 162, 163, 168, 172, 173, 177, 415, 420, 423, 425 a 432, 434 a 438, 440 a 462 del Código del Trabajo; 13 de la Ley N° 19.728; se resuelve: I) Que se rechaza en todas sus partes la demanda interpuesta por don JORGE DANIEL MIRANDA VILLALOBOS, cedula de identidad N° 14.589.917-6, en contra de la sociedad LATAM AIRLINES GROUP S.A., rol único tributario N° 89.862.200-2, representada legalmente por doña Viviana Vallecillo Marchant. II) Que cada parte pagará sus costas. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RUC: 20-4-0258343-7 RIT: O-1878-2020 Proveyó don Jorge Luis Escudero Navarro, Juez suplente del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a veintitrés de noviembre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución precedente. 1

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Sentencia definitiva RIT: O-6787-2020 RUC: 20-4-0303018-0 __________________/ Santiago, veintitrés de noviembre de dos mil veintiuno. VISTO: Demanda. Compareció don JORGE DANIEL MIRANDA VILLALOBOS, cedula de identidad N° 14.589.917-6, cesante, domiciliado en Rodolfo Jaramillo Bruce N° 2489, Melipilla, quien interpuso demanda en juicio ordinario laboral del Trabajo en contra de su ex empleador la

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