Juzgado de Garantía de Quilpué.

TAMARA DEL PILAR ARMONA SALAZAR C/ ARMANDO CÉSAR VILLARROEL CORTEZ

Rol

O-2836-2020

Fecha

8 de marzo de 2023

Materia

CONTRA SALUD PUBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: Con fecha 16 de Junio del año 2020, alrededor de las 13:00 horas, ARMANDO CESAR VILLARROEL CORTÉS con domicilio en la ciudad de Valparaíso, se trasladaba en el METROTREN proveniente de esa ciudad, sin haber obtenido permiso ni salvoconducto para salir de la ciudad de Valparaíso que se encontraba en cuarentena total, dispuesto por la autoridad sanitaria siendo controlado por personal de la Armada de Chile en la ciudad de Quilpué en la Código: VXVWXEGYEKE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl estación de metro de Vicuña Mackenna con Irarrázaval, en cuya fiscalización además se obtuvo la información que el imputado se encontraba con prescripción de cuarentena preventiva por tratarse de caso sospecho de COVID-19, encontrándose el resultado de su examen de PCR pendiente, poniendo el imputado de esta manera en peligro la salud pública, al infringir la medida dispuesta por la autoridad sanitaria a través de Resolución Exenta del Ministerio de Salud N°448 de fecha 10/06/2020, consistente en la obligación para los habitantes de las comunas de Viña del Mar y Valparaíso, entre otras, de permanecer en sus domicilios, como medida de aislamiento total, desde las 22:00 hrs del día 12 de junio del 2020, al infringiendo por tanto las reglas de salubridad vigentes publicadas por la autoridad sanitaria a raíz del brote de COVID-19 así como también la Resolución Exenta N° 188 de fecha 18 de marzo, publicada en el diario oficial el 19 de marzo de 2020, que obligaba a todas las personas diagnosticadas con COVID-19 a cumplir una cuarentena por un lapso de 14 días desde el diagnóstico. La medida de aislamiento sanitario antes identificada se impartió para dichas comunas, como medida de salubridad, por un plazo de 7 días, prorrogables si la situación epidemiológica lo hacía aconsejable, y bajo el alero del DS Nº104, de fecha 18 de marzo de 2020 y publicado en el diario oficial el mismo día, mediante el cual se decretó

Fallo

por tanto las reglas de salubridad vigentes publicadas por la autoridad sanitaria a raíz del brote de COVID-19 así como también la Resolución Exenta N° 188 de fecha 18 de marzo, publicada en el diario oficial el 19 de marzo de 2020, que obligaba a todas las personas diagnosticadas con COVID-19 a cumplir una cuarentena por un lapso de 14 días desde el diagnóstico. La medida de aislamiento sanitario antes identificada se impartió para dichas comunas, como medida de salubridad, por un plazo de 7 días, prorrogables si la situación epidemiológica lo hacía aconsejable, y bajo el alero del DS Nº104, de fecha 18 de marzo de 2020 y publicado en el diario oficial el mismo día, mediante el cual se decretó el estado de excepción constitucional de catástrofe en todo el territorio nacional, el cual fue prorrogado por D.S. Nº 269 12 de junio de 2020 y publicado en el diario oficial el 16 de junio del 2020, cuyo fundamento se encuentra a su vez, según consideran ambos decretos, en la circunstancia de propagación a nivel mundial, conocida públicamente, del virus denominado coronavirus-2 (SARS–Cov-2) el que a su vez produce la enfermedad del coronavirus (COVID-19), y que tiene a Chile desde el 05 de febrero de 2020, en estado de Alerta Sanitaria, establecido mediante el Decreto Nº4 del Ministerio de Salud. El referido DS N°104 dispone además en su artículo 4° que los jefes de la Defensa Nacional deberán tomar en consideración las medidas sanitarias dispuestas para evitar la propagación del Co

Texto Completo (Preview)

AUDIENCIA DE JUICIO ORAL SIMPLIFICADO SENTENCIA ABSOLUTORIA Fecha Quilpué, ocho de marzo de dos mil veintitrés Magistrado MARIA ALEJANDRA RADIC SOFFIA Ministerio Público CLAUDIA RUIZ JOFRE Defensor MARIANELA GATICA GATICA Hora inicio 12:04PM Hora termino 12:07PM Sala Sala 1, 2° Piso. Tribunal Juzgado de Garantía de Quilpué. Acta rgd RUC 2000615724-7 RIT 2836 - 2020 Actuaciones efectuadas: NOMBRE I

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