MP C/ PABLO HERNÁN VILLENA CÁCERES
Rol
O-4915-2020
Fecha
8 de marzo de 2023
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículos 1, 11 N°9, 12 n°15 y n°16, 15 n°1, 18, 25, 30, 50, 67, 432, 442, todos del Código Penal; artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA al imputado PABLO HERNÁN VILLENA CÁCERES, cédula nacional de identidad N°0014459068-6, domiciliado en 32 Oriente 10 ½ SUR 175, Población Carlos Trupp,Talca, a sufrir las siguientes sanciones: A) La pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE presidio menor en su grado medio, la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, ello por su responsabilidad como autor en los términos del artículo 15 n°1 del Código Penal del delito consumado de ROBO EN LUGAR NO HABITADO previsto y sancionado en el 442 en relación al 432 del Código penal por hechos acaecidos el día 03 de junio de 2020, en la comuna de Talca. B) Que se dispone que el cumplimiento de la sanción lo sea de forma efectiva, ya que no hay antecedentes para abrir debate sobre una pena sustitutiva. Código: VLGFXEHXKED Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C) Que esta pena de quinientos cuarenta y un día deberá en su caso cumplirse de forma sucesiva, sin solución de continuidad respecto de la pena de tres años y un dia que satisface en la causa 6983-2019 de este mismo tribunal, más los bonos que se determinen en la audiencia respectiva a propósito de su privación total de libertad en su domicilio según los datos ya consignados. D) Que se declara que se exime del pago de las costas al sentenciado por estimar que al aceptar este procedimiento ha evitado el desgaste innecesario de la actividad jurisdiccional y pronunciamiento sobre las medidas cautelares habrá desde que el fallo adquiera el character de ejecutoriada. RENUNCIA A LOS TÉRMINOS LEGALES El Ministerio Público y la defensa renuncian a los plazos para interponer recursos legales, quedando ejecutoriada la sentencia con esta fecha. REGÍSTRESE, NOTIFÍQ
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 11 N°9, 12 n°15 y n°16, 15 n°1, 18, 25, 30, 50, 67, 432, 442, todos del Código Penal; artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA al imputado PABLO HERNÁN VILLENA CÁCERES, cédula nacional de identidad N°0014459068-6, domiciliado en 32 Oriente 10 ½ SUR 175, Población Carlos Trupp,Talca, a sufrir las siguientes sanciones: A) La pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE presidio menor en su grado medio, la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, ello por su responsabilidad como autor en los términos del artículo 15 n°1 del Código Penal del delito consumado de ROBO EN LUGAR NO HABITADO previsto y sancionado en el 442 en relación al 432 del Código penal por hechos acaecidos el día 03 de junio de 2020, en la comuna de Talca. B) Que se dispone que el cumplimiento de la sanción lo sea de forma efectiva, ya que no hay antecedentes para abrir debate sobre una pena sustitutiva. Código: VLGFXEHXKED Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C) Que esta pena de quinientos cuarenta y un día deberá en su caso cumplirse de forma sucesiva, sin solución de continuidad respecto de la pena de tres años y un dia que satisface en la causa 6983-2019 de este mismo tribunal, más los bonos que se determinen en la audiencia respectiva a propósito de su privación total de libertad en su dom
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Individualización de Audiencia de preparación juicio oral.. Fecha Talca., ocho de marzo de dos mil veintitrés Magistrado HECTOR AMERICO CASTRO FIGUEROA Fiscal PEDRO SALGADO GONZÁLEZ POR PAULO MARCELO RODRÍGUEZ MORALES Defensor CAROLINA VILLALOBOS VASQUEZ POR CATALINA ANDREA CERECEDA VIDAL Hora inicio 10:12AM Hora termino 10:30AM Sala TERCERA SALA Audio n°5 Tribunal Juzgado de Garantía de Talca. A
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