Juzgado de Garantía de Temuco.

JAVIERA ISABEL CONCHA ORELLANA C/ KATHERINE NICOL ACUÑA ANDAUR

Rol

O-356-2020

Fecha

8 de marzo de 2023

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.433, 436 INC. 1:, 438 Y 439.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Ante este Juzgado de Garantía, se ha presentado el Ministerio Público formulando acusación verbal por el delito de ROBO CON VIOLENCIA en contra de KATHERINE NICOL ACUÑA ANDAUR, RUN . . - asistente de párvulos, con domicilio en calle Imperia 9 Sector Amanecer, Temuco, quien fue representada por el abogado defensor penal particular MAURICIO MARDONES ESPINOZA. PRIMERO: Que, la acusación deducida por el Ministerio Público se funda en los siguientes hechos: “El día 11 de julio de 2019, siendo aproximadamente a las 03:30 horas, mientras la víctima de iniciales J.I.O.C, caminaba junto a unas amigas por calle Coquimbo de la ciudad de Temuco, al llegar a calle Aconcagua, fue abordada por un hombre y la imputada KATHERINE NICOL ACUÑA ANDAUR, quienes llegaron al lugar a bordo de un automóvil marca Hyundai, P.P.U FWRD-10, descendiendo en un comienzo el hombre quien tomó a la víctima de su mochila, levantándola, cortándose las tiras de ésta, cayendo la víctima al suelo, quedándose el sujeto con la mochila, para luego golpearla en diferentes partes del cuerpo, exigiéndole que le entregara su teléfono celular, atendido a que la víctima no entregaba su teléfono, descendió del automóvil la imputada KATHERINE NICOL ACUÑA ANDAUR, procediendo la imputada Acuña Andaur a golpear a la víctima, ante lo cual ésta entregó en definitiva su teléfono celular marca LG, modelo K10 de la empresa Entel, para luego huir la imputada junto al otro sujeto con las especies sustraídas a bordo del automóvil señalado. Producto de los golpes la víctima Código: REEEXEXVXWC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl resultó con contusión en ambos brazos superficiales, contusión en ambos muslos por lateral y posterior, contusiones glúteas superficiales, abrasión contusión tobillo izquierdo sin deformidad articular, lesiones que fueron calificadas de carácter leve por el médico de turno del Cesfam Pedro de Valdivia.” Sostuvo

Fallo

por tanto se concluye que este tipo de intervención aparece eficaz para su reinserción social. Código: REEEXEXVXWC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Por estas consideraciones, y teniendo presente, además lo dispuesto en los artículos 1°, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 28, 432 y 436, Código Penal; 340, 343 y 348, 406, 407 y siguientes, 412 y 470 del Código Procesal Penal, y ley 19.970, RESUELVO: I. Que se condena a KATHERINE NICOL ACUÑA ANDAUR, RUN - ya individualizada, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y de la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena en su calidad de AUTORA del DELITO CONSUMADO de ROBO CON VIOLENCIA, perpetrado en esta jurisdicción el 11 de julio de 2019, en perjuicio de J.I.O.C. II. Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 15 bis de la Ley N°18.216, se sustituye a la sentenciada el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA por igual término que el de la pena privativa de libertad que se sustituye, quedando sometida al control del Centro de Reinserción Social de Temuco y debiendo, además, cumplir durante el período de control con el plan de intervención individual que se apruebe en su momento y con las condiciones legales de las letras a), b) y c) del artículo 17 de la citada l

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SENTENCIA DEFINITIVA Temuco, ocho de marzo de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Ante este Juzgado de Garantía, se ha presentado el Ministerio Público formulando acusación verbal por el delito de ROBO CON VIOLENCIA en contra de KATHERINE NICOL ACUÑA ANDAUR, RUN . . - asistente de párvulos, con domicilio en calle Imperia 9 Sector Amanecer, Temuco, quien fue representada por el abogado

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