Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta.

MINISTERIO PÚBLICO ANTOFAGASTA C/ KEVIN PATRICIO HERRERA ORTIZ

Rol

O-16-2023

Fecha

8 de marzo de 2023

Materia

CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos descritos constituirían, el delito consumado de conducción en estado de ebriedad causando daños sin haber obtenido licencia de conducir, atribuyéndosele al acusado, la calidad de autor de conformidad con el artículo 15 N° 1 del Código Penal. Agregó el ente persecutor que concurre la circunstancia modificatoria de responsabilidad penal establecida en el artículo Código: KRFJXEMLXWC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 12 N°16 del Código Penal y conforme a ello, solicitó que se imponga la pena de tres años de presidio menor en su grado medio, multa de 10 UTM, la cancelación de la licencia de conducir, accesorias legales, y las costas de conformidad al artículo 45 del Código Procesal Penal. TERCERO: Alegatos de apertura. La representante del Ministerio Público señaló que con la prueba que rendirá, la que especificó, podrá establecer los hechos de la acusación y a través de ellos, el delito y la participación del acusado como autor, solicitando un veredicto condenatorio. Por su parte, la defensa, indicó que no cuestionará los hechos ni la participación de su representado, ni habrá alguna tesis absolutoria, al contrario, su defendido prestará declaración reconociendo los hechos y su participación, haciendo las alegaciones respecto de la posible configuración de una atenuante en la etapa procesal correspondiente. CUARTO: Defensa material o autodefensa. Que, en la oportunidad procesal establecida en el artículo 326 del Código Procesal Penal, el acusado Herrera Ortiz, debidamente informado de los derechos que le asisten, renunció al correspondiente a guardar silencio, relatando que ese día se le pasaron los tragos e iba para su casa, cuando lo fiscalizaron. A la fiscal le expresó que fue para navidad del año 2020, estaba en una casa donde bebió en la noche, después durmió algo y se dirigía para su domicilio cuando lo fiscalizaron; no tenía Código: KRFJXEMLXWC Este documento tiene firma electrónic

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, con fecha dos de marzo del presente año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituida la sala por el juez Alfredo Lindenberg Bustos, quien presidió la audiencia, junto a los jueces Paula Ortiz Saavedra y Francisco Lanas Jopia, todos titulares de este Tribunal, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral de la causa RIT N°16-2023, RUC N° 2001294045-K, seguida por el delito consumado de conducción en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir, previsto y sancionado en los artículos 110, 196 y 209 de la Ley 18.290, en contra del acusado KEVIN PATRICIO HERRERA ORTIZ, Cédula Nacional de Identidad Nº 18.508.447-7, chileno, nacido el día 12 de noviembre de 1993, 29 años, soltero, mecánico, domiciliado en calle Andacollo Nº 4172, Antofagasta, correo electrónico kevin.herrera93@gmail.com. El Ministerio Público actuó representado por la fiscal Paulina Zepeda, en tanto que la defensa del acusado estuvo a cargo del defensor penal público licitado, Christian Plaza Matamoros, ambos con domicilios y correos electrónicos registrados y conocidos de este Tribunal. SEGUNDO: Acusación. Que, la acusación del Ministerio Público se sostuvo sobre los siguientes hechos, según relación que de los mismos consta en el auto de apertura de juicio oral de fecha seis Código: KRFJXEMLXWC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:kevin.herrera93@gmail.com 2 de enero del año en curso y que se transcriben textualmente: “El día 25 de diciembre de 2020, aproximadamente a las 13:10 hrs. el imputado ya individualizado, conducía en estado de ebriedad y sin haber obtenido licencia de conducir, el automóvil marca Mazda, modelo 3 SPORT, color negro, PPU CPLG.24 por la intersección de Avenida General Oscar Bonilla con Avenida Pantaleón Cortes de esta ciudad, siendo fiscalizado por personal de Carabineros, advirtiendo el personal aprehensor el estado de intemperancia alcohólica en que se encontraba el imputado, lo que constó, por su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar y su inestabilidad para mantenerse de pie, por lo que se le practicó el examen de intoxilyzer, el que arrojó 1.73 g/l, lo que fue ratificado por el respectivo peritaje de alcoholemia, el que arrojó que el imputado conducía con 1.70 gramos por mil de alcohol en la sangre, según consta de informe N° 02-ANT-OH-0109-2021 del Servicio Médico Legal de Antofagasta. Conducción que el imputado realizó sin haber obtenido licencia de conducir(sic).” El Ministerio Público señaló que los hechos descritos constituirían, el delito consumado de conducción en estado de ebriedad causando daños sin haber obtenido licencia de conducir, atribuyéndosele al acusado, la calidad de autor de conformidad con el artículo 15 N° 1 del Código Penal. Agregó el ente persecutor que concurre la circunstancia modificatoria de responsabilidad penal establecid

Fallo

Por estas consideraciones y, de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 1°, 12 N° 16, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 24, 25, 30, 47, 49, 50, 69, 70 del Código Penal; artículos 1°, 4°, 36, 45, 46, 47, 281, 295, 296, 297, 309, 325, 326, 328, 329, 338, 339, 340, 341, 342, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal, artículos 110, 111, 196 y 209 de la Ley 18.290, se declara: I.- Que SE CONDENA al acusado KEVIN PATRICIO HERRERA ORTIZ, ya individualizado, a la pena de OCHOCIENTOS DIECINUEVE DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, MULTA DE CINCO (5) UNIDADES Código: KRFJXEMLXWC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 18 TRIBUTARIAS MENSUALES, CANCELACIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas, como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir, cometido con fecha 25 de diciembre de 2020, en esta ciudad. II.- Que se faculta al condenado de conformidad a lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal y habiendo manifestado su consentimiento, a pagar el total de la multa impuesta de 5 UTM, por un total de 120 (ciento veinte) horas de prestación de servicios comunitarios, a razón de 8 (ocho) horas por cada 1/3 (tercio) de UTM a la que ha sido condenado, debiendo para dicho efecto, el sentenciado presentarse al Centro de Reinserción Social de Antofagasta d

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1 Antofagasta, siete de marzo de dos mil veintitrés. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, con fecha dos de marzo del presente año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituida la sala por el juez Alfredo Lindenberg Bustos, quien presidió la audiencia, junto a los jueces Paula Ortiz Saavedra y Francisco Lanas Jopia, todos titulares de

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