Juzgado de Letras y Gar.de Laja

GONZÁLEZ/

Rol

V-81-2019

Fecha

1 de julio de 2020

Materia

BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: Comparecen a folio 1, do a SONIA HERMINIA GONZ LEZ POZA, jubilada,ñ Á C dula Nacional de Identidad N 5.371.229-0, domiciliada en calle Ma il 629, Parqueé ° ñ Residencial B o B o, comuna de Hualp n, y a folio 14, don Felipe Monte Parra,í í é abogado, por la solicitante, antes individualizada, solicitando la autorizaci n de venta yó enajenaci n de derechos y acciones perteneciente a una cuota del 0,79% del inmuebleó hereditario ubicado en la comuna de Laja, que forma parte del Lote n mero 2 delú Fundo La Esperanza , ubicado en la subdelegaci n de Picul de la comuna de Laja, rol‘‘ ’’ ó de aval o fiscal 327-5, cuya cuota hereditaria pertenece al hijo y pupilo de la primera,ú Eric Magdiel Altamirano Gonz lez, C dula de Identidad N 15.178.376-7; solicitandoá é ° que dicha enajenaci n y venta se autorice mediante modalidad de venta directa,ó eximi ndose de la exigencia de que se proceda bajo modalidad de venta en p blicaé ú subasta, seg n lo consigna el art culo 394 de nuestro C digo Civil. Por las siguientesú í ó consideraciones de hecho y de derecho que exponen a continuaci n. ó Exponen que el nico hijo de do a Sonia Gonz lez, Eric Magdiel Altamiranoú ñ á Gonz lez, de actuales 36 a os de edad, naci con S ndrome Down, con grado deá ñ ó í discapacidad ps quica o mental de un 70%. Debido a esta condici n, es que a lo largo suí ó vida l no ha podido desenvolverse plenamente por s mismo, obstando a una libre yé í consciente administraci n de sus propios bienes. Por ello, y ante posibles actos maliciososó de terceras personas, es que el a o 2015 solicit al Juzgado de Letras Civil deñ ó Talcahuano la Interdicci n por causa de demencia de su hijo.ó Indican que de esta forma, producto de dicha solicitud, es que el 05 de junio del a o 2015 se declar mediante sentencia judicial la interdicci n por causa de demencia,ñ ó ó Eric Altamirano Gonz lez, quedando privado en forma definitiva de la administraci n deá ó sus bienes. En virtud de esta declaraci n de interdicci n y, en vi

Fundamentos

considerando que dichos gastos se solventan exclusivamente de su pensi n de jubilaci nó ó de la solicitante. Afirman que, aun sin perjuicio de esto ltimo, Eric tambi n requiere estar enú é constantes tratamientos m dicos dada su especial condici n. En relaci n a esto, cabeé ó ó destacar que se encuentra, al d a de hoy, en un tratamiento odontol gico en la Escuelaí ó dental de la Universidad de Concepci n, pues por el hecho de ser una persona conó s ndrome de Down, es com n que tenga constantes problemas en sus dientes. Pero,í ú adem s de los problemas relativos a su dentadura, tambi n debe estar en constanteá é tratamiento oftalmol gico, pues padece de cataratas y miop a, debiendo necesariamenteó í renovar de forma anual sus lentes. En suma, estos y otros gastos m dicos precarizan a né ú m s la situaci n econ mica en la que se encuentran como familia hoy en d a, raz n porá ó ó í ó la cual se torna indispensable poder contar, en la inmediatez y con la mayor facilidad posible, con el dinero que se obtenga de la venta del inmueble ubicado en la comuna de Laja. Que, relacionando las motivaciones econ micas de la familia y m dicas de Eric,ó é que hacen plausible solicitar la autorizaci n para enajenar la cuota de las acciones yó derechos sobre el inmueble antes citado, respecto del cual Eric es, en parte, due o, señ debe considerar la distancia geogr fica que existe entre la ubicaci n del inmueble y elá ó domicilio (Hualp n), lo que se traduce en lo infructuoso que resulta para l seguiré é conservando una propiedad que no puede gozar en lo inmediato, no aportando ning nú beneficio econ mico a su pupilo la mantenci n de dicha propiedad dentro de suó ó patrimonio. Esto refuerza la petici n, en orden a ser a n m s urgente la necesidad deó ú á proceder a la venta y enajenaci n, pues de lo contrario podr a deteriorarse o devaluarseó í dicha propiedad, incidiendo de forma negativa en el patrimonio. Agregan que esta lejan a geogr fica implica una dificultad extra a la hora de laí á administraci n y mantenci n, encareciendo a n m s su adecuada conservaci n. Incluso,ó ó ú á ó hilando m s fino, la mantenci n de dicha porci n del inmueble cuya enajenaci n seá ó ó ó solicita se torna perjudicial para el patrimonio de Eric, si se tiene en consideraci n queó las restantes porciones del fundo la Esperanza se pueden enajenar sin ning n problema,ú por lo que la conservaci n de la exclusiva porci n que le corresponde a Ericó ó perjudicar a, indudablemente, la valoraci n que se pueda hacer de l en el mercado,í ó é considerando que dicha porci n de terreno es muy nfima, no sirviendo siquiera paraó í trabajar la tierra en adecuadas condiciones o, hipot ticamente, encontrar otro compradoré dispuesto a comprar y pagar una suma de dinero similar a la que se ofrece por la inmobiliaria Germanos SPA, por una porci n de terreno tan peque a.ó ñ Sostienen que en t rminos pr cticos, la petici n relativa a que la venta se hagaé á ó mediante la modalidad de venta directa, redunda,

Fallo

por tanto, abuela de Eric Altamirano -, corresponden a Juan Antonio lvarez Lagos y Rosa Margarita Jara Urra. Este matrimonio compuestoÁ por Juan lvarez Lagos y Rosa Jara Urra bisabuelos de Eric adquirieron el inmuebleÁ – – correspondiente al Lote n mero 2 del Fundo La Esperanza , de la subdelegaci n deú ‘‘ ’’ ó Picul de la comuna de Laja, Regi n del Biob o. De este matrimonio nacieron 6 hijosó í (entre ellos la abuela paterna de Eric, do a Petronila de las Mercedes lvarez Jara). Sinñ Á embargo, adem s de los 6 hijos matrimoniales, don Juan lvarez Lagos tuvo una hijaá Á fuera del matrimonio, do a Mercedes Natividad lvarez Fern ndez. Producto de todo loñ Á á anterior, y luego de producida la muerte de ambos c nyuges (muerte de don Juanó lvarez producida el a o 1974 y la de do a Rosa Jara el a o 1993), la repartici n totalÁ ñ ñ ñ ó del inmueble que formaba parte de la herencia del matrimonio, una vez realizada la liquidaci n de la sociedad conyugal y la posesi n efectiva de ambos c nyuges, se produjoó ó ó de la siguiente forma: Un total aproximado de un 15,9% le correspondi a cada uno deó los hijos matrimoniales y un aproximado de un 3,84% para do a Mercedes lvarezñ Á Fern ndez, hija de don Juan lvarez Lagos.á Á Posteriormente, do a Petronila lvarez Jara, abuela paterna de Eric Altamirano,ñ Á tuvo 10 hijos con su c nyuge, don Jos Honorato Altamirano Mart nez, dentro de losó é í cuales est el padre de Eric, don Joel Altamirano lvarez. Producto de la muerte deá Á do a Petronila, o

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Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Laja CAUSA ROL : V-81-2019 CARATULADO : GONZ LEZ/Á Laja, uno de julio de dos mil veinte Visto: Comparecen a folio 1, do a SONIA HERMINIA GONZ LEZ POZA, jubilada,ñ Á C dula Nacional de Identidad N 5.371.229-0, domiciliada en calle Ma il 629, Parqueé ° ñ Residencial B o B o, comuna de Hualp n, y a folio 14, don Felipe Monte

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