2º Juzgado de Letras de Calama

INVERSIONES Y MINERÍA ANDALE LTDA/

Rol

V-20-2020

Fecha

2 de julio de 2020

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 11 de enero de 2020, siendo las 02:02 horas, don OSCAR MARCELINO GALVEZ DUARTE, chileno, soltero, minero, cédula de identidad N° 5.297.498-4, domiciliado en calle Porvenir Alto N° 52, Coquimbo y en representación de INVERSIONES Y MINERIA ANDALÉ LIMITADA, empresa de nacionalidad chilena, con domicilio en calle Pérez Valenzuela N° 1098, oficina 61, Providencia, Santiago, Rut 78.603.020-K, solicitó la constitución de una concesión minera de exploración, de sustancias concesibles en terrenos abiertos e incultos, de una superficie total de 300 hectáreas, a la que denominó “ESTEFANI DOS”, cuyo punto medio se sitúa en la comuna de San Pedro de Atacama, Provincia El Loa, Región de Antofagasta y tiene las siguientes coordenadas U.T.M. AL NORTE 7.451.500,00 metros; AL ESTE 586.500,00 metros. SEGUNDO: Que el referido pedimento fue inscrito con fecha 27 de ENERO de 2020, a fojas 342 bajo el Nº 273, en el registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama, correspondiente al año 2.020. TERCERO: Que con fecha 10 de febrero de 2020, el pedimento minero se publicó en el Boletín Oficial de Minería en la edición N° 42.575, CVE 1722471, Antofagasta, el cual se encuentra agregado a la carpeta electrónica. CUARTO: Que la superficie pedida en concesión es un rectángulo de 3.000 metros en sentido norte-sur, por 1.000 metros en sentido este-oeste, y las coordenadas Universales Transversales de Mercator (U.T.M.) de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión de exploración en trámite son: VERTICES NORTE (mts.) ESTE (mts.) PM 7.451.500,00 586.500,00 V1 7.453.000,00 586.000,00 V2 7.453.000,00 587.000,00 V3 7.450.000,00 587.000,00 V4 7.450.000,00 586.000,00 QUINTO: Que, mediante ordinario N° 3707, de fecha 19 de junio de 2020, el Servicio Nacional de Geología y Minería, emitió el correspondiente informe, sin observaciones, señalando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes; agregando que la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, concluyendo que ésta queda comprendida dentro del terreno pedido. SEXTO: Que no se ha incurrido en causal alguna de caducidad ni en vicios que obsten a la constitución de la concesión. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1º, 22, 34 y siguientes, 55, 57, 85, 86, 87 y 89 del Código de Minería; y 42 del Reglamento del cuerpo legal citado, resuelvo: I.- Declarar CONSTITUIDA la concesión de exploración “ESTEFANI DOS”, sobre una superficie total de 300 hectáreas, a favor de INVERSIONES Y MINERIA ANDALÉ LIMITADA, antes individualizada y APROBAR el plano. II.- Publíquese esta sentencia en extracto conforme al artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. III.- Inscríbase esta sentencia constitutiva dentro del plazo de 120 días que dispone el artículo 89 del Código de

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FOJA: 22 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-20-2020 CARATULADO : INVERSIONES Y MINERÍA ANDALE LTDA/ Calama, uno de Julio de dos mil veinte VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 11 de enero de 2020, siendo las 02:02 horas, don OSCAR MARCELINO GALVEZ DUARTE, chileno, soltero, minero, cédula de identidad N° 5.297.498-4, domiciliado en

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