Juzgado de Garantía de la Serena.

MP C/ KARINA PATRICIA ORTIZ GONZÁLEZ

Rol

O-5758-2022

Fecha

8 de marzo de 2023

Materia

POSESIÓN FUEGOS ARTIFICIALES. ART. 9 INC. FINAL LEY 21.310

Resultado

No especificado

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Hechos

vistos los antecedentes y

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía, el Ministerio Público, presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra de KARINA PATRICIA ORTIZ GONZÁLEZ, cédula de identidad N° . . - , nacida el de mayo de 0, chilena, soltera, domiciliada en Pasaje Francisco Herreros, Nº , villa El Parque, sector Las Compañías, comuna de La Serena.- SEGUNDO: Que como se indicó en la audiencia celebrada con esta fecha, con la presencia de todos los intervinientes, se dio lectura al requerimiento, el que versó sobre los siguientes hechos: “El día 0 de octubre de 0 , a las 0: 0 horas aproximadamente, en la vía pública, al exterior del hotel Diego de Almagro, ubicado en Avenida Francisco de Aguirre N° 066 , La Serena la acusada KARINA PATRICIA ORTIZ GONZÁLEZ, poseyó, manipuló y encendió, sin contar con la respectiva autorización, un fuego de artificio de cartón, el cual se encontraba apto para su uso; siendo posteriormente detenida la imputada por personal de Carabineros.”. Estos hechos fueron calificados por el Ministerio Público como constitutivos del delito consumado de tenencia ilegal de fuego de artificio, previsto y sancionado en el inciso final del artículo en relación con el artículo letra f) de la Ley de control de armas y explosivos N° . , en grado de desarrollo consumado e imputándole a la requerida participación en calidad de autor del mismo delito, solicitando la aplicación de una pena de trescientos días de presidio menor en su grado mínimo, a la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, comiso del arma incautada y costas, indicando que beneficia a la imputada la circunstancia atenuante de irreprochable conducta anterior y no le perjudican circunstancias agravantes. TERCERO: Que en la audiencia celebrada con esta fecha el Ministerio Público con el objeto de que el imputado admita su responsabilidad en los hechos del Código: WQXVXEQFQXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl P R O C E D I M I E N T O : S i m p l i f i c a d o . R U C N º : 2 2 0 0 9 9 5 8 7 4- K . R I T N º : - . D E L I T O : T e n e n c i a i l e g a l d e f u e g o s a r t i f i c i a l e s . ( L e y N ° 1 7 . 7 9 8 , a r t . 2 l e t r a f ) S E N T E N C I A D A : K A R I N A P A T R I C I A O R T I Z G O N Z Á L E Z . - R I T - P á g i n a requerimiento, viene en modificar su pretensión punitiva, solicitando se le reconozca la atenuante del artículo N° del Código Penal, y consecuentemente con ello, se le imponga al imputado la pena alternativa de multa de dos unidades tributarias mensuales, manteniendo la pena de comiso, sin costas. CUARTO: Que informada de sus derechos y advertida de las consecuencias legales de su decisión, según consta en la audiencia respectiva, la imputada ha admitido su responsabilidad en los hechos materia de la imputación de la Fiscalía y su defensa se ha conformado con la pena alternativa requerida, ha solicitado que se le otorguen parci

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo presente además lo dispuesto en los artículos , y siguientes del Código Procesal Penal, artículos , N° 6 y , Nº , Nº , , , 0, 0 del Código Penal, artículos , letra f) y de la Ley N° . , Código: WQXVXEQFQXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl P R O C E D I M I E N T O : S i m p l i f i c a d o . R U C N º : 2 2 0 0 9 9 5 8 7 4- K . R I T N º : - . D E L I T O : T e n e n c i a i l e g a l d e f u e g o s a r t i f i c i a l e s . ( L e y N ° 1 7 . 7 9 8 , a r t . 2 l e t r a f ) S E N T E N C I A D A : K A R I N A P A T R I C I A O R T I Z G O N Z Á L E Z . - R I T - P á g i n a SE DECLARA: I.- Que se condena a KARINA PATRICIA ORTIZ GONZÁLEZ, cédula de identidad Nº . . - , antes individualizada, al pago de una multa equivalente a dos unidades tributarias mensuales y al comiso de las especies incautadas, como autora del delito consumado de tenencia ilegal de fuego artificiales, previsto y sancionado en el inciso final del artículo en relación con el artículo letra f) de la Ley N° . , cometido el día 0 de octubre de 0 , en esta comuna. II.- Que la multa se le tendrá por cumplida parcialmente, en atención al día que el sentenciada permaneció privado de libertad con ocasión de esta causa, de manera que deberá pagar en definitiva una multa de una y dos tercios de una unidad tributaria mensual, El tribunal concederá a la condenada el término de tres días desde que esta sentenci

Texto Completo (Preview)

P R O C E D I M I E N T O : S i m p l i f i c a d o . R U C N º : 2 2 0 0 9 9 5 8 7 4- K . R I T N º : - . D E L I T O : T e n e n c i a i l e g a l d e f u e g o s a r t i f i c i a l e s . ( L e y N ° 1 7 . 7 9 8 , a r t . 2 l e t r a f ) S E N T E N C I A D A : K A R I N A P A T R I C I A O R T I Z G O N Z Á L E Z . - R I T - P á g i n a La Serena, ocho de marzo de dos mil veintitrés.- Oídos

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